Vialidad judicial: el caso CFK llega a la Corte Suprema

Redacción Cuyo News
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La decisión del Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, solicitando que Cristina Kirchner reciba una condena a doce años de prisión por el delito de asociación ilícita en carácter de jefa, allana el camino para que la Corte Suprema de Justicia comience a analizar el caso Vialidad y defina, así, si confirma o no la sentencia acusatoria contra la ex vice que implica la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos. Al menos tres escenarios se abren ahora.

Desde febrero en el máximo tribunal se encuentran diez recursos de queja presentados por todos los acusados en este expediente, con los que buscan revertir el criterio de la Sala IV de la Cámara de Casación, que confirmó la sentencia condenatoria por el delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado. La pena asciende a seis años de prisión.

La sentencia que apelaron ante la Corte todos los acusados, confirma con “grado de certeza, mediante la tramitación de 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, tuvo lugar una extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional”.

Cristina Kirchner fue la primera vicepresidenta en ejercicio en recibir una condena por corrupción. Se la acusó de no haber procurado el resguardo de los intereses del Estado: lo utilizó para beneficio personal, remarcaron los jueces.

La imputación en su contra refiere a una “maquinaria de corrupción”, que contó “un rol central” atribuido a la ex presidenta y se la acusó de mantener «lazos espurios» con el contratista beneficiado con quien mantenía «sendos negocios privados».

Los hechos juzgados refieren a la tramitación de 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en la provincia de Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, “en cuyo marco tuvo lugar una notable maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional”.

Durante los gobiernos kirchneristas las obras viales licitadas en esa provincia “fueron sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas al imputado Lázaro Antonio Báez, grupo cuya conformación y crecimiento económico exponencial se vio directamente asociado con la asignación de obra pública vial en el ámbito de esa jurisdicción”.

La construcción del cuadro acusatorio es lo que busca la ex vice, y los demás condenados, revertir con los recursos interpuestos ante la Corte Suprema de Justicia.

Los ministros del máximo tribunal Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, no podían comenzar a analizar en primer término si abren o no las quejas, es decir, si comienzan a estudiar los reclamos, ya que había un recurso extraordinario que estaba en manos del Procurador General de la Nación.

Se necesitaba el expediente consolidado, esto es, con la totalidad de los planteos presentados ante la Oficina Judicial Penal, para comenzar a trabajar al respecto.

La respuesta de Eduardo Casal avalando el criterio del fiscal general, Mario Villar, habilita a que los ministros de la Corte se pronuncien sobre este expediente.

En su carácter de jefe de los fiscales, sostuvo el planteo de que insiste en que la ex vicepresidenta sea condenada, además del delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado, por la acusación de asociación ilícita en carácter de jefa, lo que duplica su pena llevándola a doce años de prisión, junto con las multas económicas y la inhabilitación de por vida para el ejercicio de cargos públicos.

Ahora, será el turno de la Corte Suprema. El dictamen del Procurador General, se sumará a los nueve recursos de queja correspondientes a los imputados en este caso, entre ellos Cristina Kirchner, Lázaro Báez, José López y Nelson Periotti.

La oficina penal fue la responsable de recepcionar todos los escritos de diez páginas cada uno. Acto seguido se realizó un informe para elevar a los tres ministros, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. En el mismo se detallaron formalidades respecto a las quejas formuladas, el común denominador es que -a excepción del planteo del Ministerio Público Fiscal-, todos referían a la arbitrariedad de la Sala IV de la Casación a la hora de rechazar las apelaciones a la confirmación de la sentencia acusatoria.

Al observar este aspecto puntual, se resolvió que el único recurso que sería remitido a la Procuración General de la Nación encabezada por Eduardo Casal, es la del fiscal general. El resto de los planteos permanecen en la Corte.

Los caminos que se abren

Al menos hay tres posibles. En primer lugar, la Corte tiene la potestad para resolver no abrir los recursos, a través del artículo 280, niega el estudio de los reclamos. De esa manera convalida el criterio establecido por la instancia anterior, esto es: la Sala IV de Casación que entendió que no había sustento para apelar la confirmación de la condena.

En ese caso, la consecuencia inmediata es que la sentencia queda firme. Fue éste el procedimiento aplicado, por ejemplo, en el caso Ciccone.

Otra de las posibilidades es que los cortesanos acepten abrir los recursos de queja. En tal caso deberán pedir a Comodoro Py el envío del expediente completo. Sin embargo, el resultado final puede ser el mismo: un rechazo a los recursos analizados. Con lo cual, también la sentencia condenatoria sería de efectivo cumplimiento.

Implica esa decisión, para la ex vicepresidenta, una eventual prisión domiciliaria por seis años, junto a la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. A eso debe sumarse los decomisos aplicados en función del perjuicio ocasionado que se estipuló en 85.000 millones de pesos, cifra que el Tribunal pidió actualizar en caso de que se dé firmeza al fallo.

En la vereda opuesta a este criterio, se encuentra lo que las defensas aguardan: que con la apertura de la queja y su posterior estudio, se anule la determinación de la Casación respecto al doble conforme otorgado a la condena por hechos de corrupción.

Pero hay una tercera posibilidad: una instancia “combinada” como algunos especialistas indicaron. La Corte puede abrir los recursos de queja, rechazar todos menos el del Ministerio Público Fiscal. Acto seguido, se puede solicitar a la Cámara de Casación que estudie el reclamo del fiscal Villar que exige duplicar la pena de Cristina.

Sucede que en tal caso, se inicia otro recorrido judicial que demandará mucho tiempo. Una nueva sala del máximo tribunal penal deberá tomar el caso, ya que la interviniente (la número IV) ya fijó posición al respecto.

La Corte mantiene una máxima y es que nunca, aún con las notorias diferencias internas, resuelve en contra de su propia jurisprudencia.

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