El fiscal Diego Luciani y su par, Sergio Mola, rechazaron este martes el pedido de prisión domiciliaria de Cristina Kirchner, elevando la pulseada ante el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) que definirá finalmente el destino de la ex mandataria, tras la confirmación de su condena en el caso Vialidad por parte de la Corte Suprema.
Los fiscales, en un dictamen al que tuvo acceso Clarín, desestimaron los argumentos de la defensa centrados en la edad de la ex vicepresidenta y su condición de ex Jefa de Estado. Contrariamente, solicitaron que el cumplimiento de la pena sea en una dependencia del Servicio Penitenciario Federal, sentando una posición firme ante el tribunal presidido por Jorge Gorini.
«Conceder la prisión domiciliaria es una potestad, no algo obligatorio. Es una excepción al cumplimiento de la pena privativa de libertad. Su concesión no debe ser admitida automáticamente por la mera circunstancia de que la persona condenada esté incluida en alguno de los supuestos que enumera la ley», señalaron Luciani y Mola, enfatizando que la edad (72 años) no es, por sí sola, un salvoconducto para el beneficio, tal como había argumentado el abogado defensor, Carlos Beraldi.
El dictamen fiscal se conoció a menos de 24 horas de vencer el plazo de cinco días otorgado por el TOF 2 tras la notificación de la sentencia firme. Este paso era crucial para que el tribunal tuviera la postura del Ministerio Público Fiscal antes de resolver sobre la modalidad de ejecución de la pena dispuesta en el caso Vialidad.
La defensa de la ex presidenta había solicitado formalmente el arresto domiciliario tras el fallo de la Corte, argumentando, además de la edad y su rol institucional, el intento de homicidio que sufrió en septiembre de 2022, como razón de seguridad que impediría su alojamiento en una cárcel común.
Sin embargo, Luciani y Mola consideraron que la procedencia del reclamo «deben decidirse sobre la base de un examen de razonabilidad en función de las circunstancias del caso concreto», y que en este caso particular, no hay «sustento jurídico suficiente» ni «razones humanitarias que justifiquen conceder una medida excepcional como lo es la prisión domiciliaria».
La privación de la libertad en un establecimiento carcelario, añadieron los fiscales, «no supone, por sí misma, un menoscabo de la vida o la integridad de Fernández».
Sobre la seguridad y la tobillera
El abogado Carlos Beraldi había incluso solicitado que, en caso de concederse el arresto domiciliario, se evite la aplicación de una tobillera electrónica, bajo el argumento de que los arrestos domiciliarios no pueden ser supervisados por fuerzas federales y que la ex presidenta ya cuenta con custodia permanente. Se planteó la posibilidad de que esa misma custodia se mantuviera en el domicilio.
Ante el argumento relativo al intento de homicidio y la necesidad de seguridad, los fiscales fueron contundentes. «Los presupuestos legales y de hecho no permiten inferir que la ejecución de la pena privativa de libertad deba realizarse en la modalidad de prisión domiciliaria», afirmaron.
Se apoyaron en un informe del Ministerio de Seguridad que «expone las alternativas adecuadas para garantizar la seguridad de Cristina Kirchner ‘durante el cumplimiento de la pena y para satisfacer sus necesidades'». Según dicho informe, «tanto la División Custodia de la Policía Federal Argentina como el Servicio Penitenciario Federal dependen jerárquica y directamente del Ministerio de Seguridad», asegurando así que «será preservada» la seguridad de la ex vicepresidenta.
Respecto al pedido de no usar tobillera electrónica, la respuesta fue aún más tajante: «El argumento de la defensa acerca de que la colocación del dispositivo electrónico implica la “dilapidación de los escasos recursos con los que cuenta el Estado” es fútil e incoherente. Estos dispositivos se crearon para ahorrar recursos a las distintas Administraciones».
Falta de sustento del pedido
Otro punto central en el dictamen fiscal es la recurrente postura del Ministerio Público que siempre «ha dictaminado que la pena privativa de libertad en la modalidad de prisión domiciliaria es una potestad de los jueces podrán a criterio del juez competente, cumplir la pena de reclusión o prisión en detención domiciliaria».
Luciani y Mola señalaron que la defensa centró su pedido únicamente en la edad de Cristina Kirchner, a pesar de que un informe técnico indica que «la propia ex Presidenta señaló encontrarse en buen estado de salud».
Ante el planteo del fiscal Luciani, el presidente del TOF 2, Jorge Gorini, solicitará la opinión de la defensa sobre el criterio del Ministerio Público. Mientras tanto, Cristina Kirchner informó que se presentará en Comodoro Py el miércoles por la mañana, cuando se hará efectiva su detención.
¿Y si el Tribunal concede la domiciliaria?
A pesar de que la opinión del Ministerio Público Fiscal no es vinculante, en un tramo del dictamen Luciani y Mola se cubrieron las espaldas e indicaron que, en caso de concederse el régimen de detención domiciliaria, el mismo «debe asegurar las condiciones de seguridad, integridad y dignidad».
Por ello, indicaron que deben establecerse «pautas serias y concretas para garantizar el control efectivo del cumplimiento de la pena y de la seguridad de Fernández».
Los fiscales plantearon dudas respecto a las condiciones del departamento de San José 1111 para el cumplimiento de una eventual morigeración de la pena.
Entienden que debe discutirse si dicho domicilio ofrece las condiciones de seguridad suficientes, «teniendo en cuenta la ubicación del edificio, el emplazamiento de la unidad funcional en el edificio y la gran concentración de personas alrededor de este».
Ante ese posible escenario, los fiscales solicitaron que se cumpla la exigencia legal de «colocarle a Fernández el dispositivo electrónico de control para asegurar el cumplimiento correcto, regular y riguroso de la pena impuesta».
Para fundamentar este aspecto, citaron la normativa vigente que versa que al «implementar la concesión de la prisión domiciliaria se exigirá un dispositivo electrónico de control, el cual sólo podrá ser dispensado por decisión judicial, previo informe favorable de los órganos de control y del equipo interdisciplinario del juzgado de ejecución”.
Junto con ello, entienden Luciani y Mola que el personal de custodia que suplantaría el control mediante el dispositivo electrónico, «no puede sumársele la responsabilidad de controlar la correcta ejecución de la pena privativa de libertad. No es personal penitenciario o especializado en la materia». La Dirección de Asistencia a Personas bajo Vigilancia Electrónica (DAPVE) es el organismo encargado de colocar el dispositivo electrónico de control.
Las sospechas sobre el departamento
No pasó desapercibido para los fiscales el hecho de que el departamento donde Cristina Kirchner solicita cumplir su eventual arresto, es propiedad de Los Sauces SA, la inmobiliaria familiar investigada por lavado de dinero.
El 6 de mayo de 2015 se realizó un depósito en efectivo en la cuenta que Los Sauces tiene en el Banco Nación con sede en Río Gallegos, por 4 millones de pesos. El mismo día «egresó la suma de 3.959.000 pesos», señala la causa penal Hotesur – Los Sauces.
Según consta en la causa y en el informe pericial, este importe se utilizó para la compra de CEDINES (bonos soberanos emitidos para favorecer operaciones inmobiliarias en dólares) que finalmente, se usaron para la compra de la propiedad de la calle San José y Humberto Primo, donde vive ahora la ex vice.
La casa fue vendida por el director de cine y funcionario K Jorge Coscia, y según la escritura pública la operación se hizo por 370.000 dólares pagados con los CEDINES. La UIF indicó que se «desconoce cuál es el origen o actividad que generó dicho dinero». Y que la extracción se realizó «sin el comprobante que respalde la operación».
Cuando en 2019 se valuó el departamento de la calle Humberto Primo y San José, el precio fijado fue de 37.769.600 pesos. Ahora, la justicia federal pidió una nueva tasación sobre los bienes de la ex presidenta para avanzar en el decomiso de 85.000 millones de pesos ordenados en el caso Vialidad.
Producto de las investigaciones por lavado de dinero, la propiedad en la que pide cumplir el arresto domiciliario se encuentra embargada, y también el Tribunal que debe llevar adelante el juicio de Hotesur – Los Sauces, ha solicitado una tasación de todos los bienes.