La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, el uso, la comercialización, la distribución y la publicidad de la lavandina de la marca \*\*656 Profesional en todo el territorio argentino\*\*. La medida alcanza a todos los lotes del producto y también comprende su venta a través de plataformas digitales.\
\La decisión quedó formalizada mediante la \*\*Disposición 6539/2026\*\*, publicada en el Boletín Oficial, luego de que el organismo detectara que el producto no contaba con registro sanitario y que no había podido identificar al establecimiento responsable de su fabricación.\
\La lavandina se comercializaba bajo la denominación “AGUA LAVANDINA. 656 Profesional. CONCENTRADA AL 60%”. La prohibición se mantendrá vigente hasta que el producto obtenga los registros sanitarios correspondientes.\
\Por qué la ANMAT prohibió la lavandina 656 Profesional\
\La investigación se inició a partir de una consulta realizada por un particular ante el Servicio de Domisanitarios de la ANMAT, en la que manifestó dudas sobre la legitimidad del producto.\
\A partir de esa presentación, el organismo realizó distintas verificaciones y constató que \*\*la lavandina no estaba inscripta en sus registros oficiales\*\*. Además, los inspectores no lograron identificar un establecimiento responsable de su elaboración.\
\Como parte de las actuaciones, la ANMAT envió una notificación postal a la dirección de la firma que figuraba en redes sociales, pero no obtuvo respuesta. También solicitó información a la autoridad sanitaria de la provincia de Buenos Aires, que confirmó que no existían antecedentes de registro del producto en esa jurisdicción.\
\Frente a estas irregularidades, el organismo dispuso una \*\*prohibición preventiva\*\*, debido a que se desconocen las condiciones en las que se fabrica la lavandina. La falta de registros impide acreditar que el producto haya sido elaborado y fiscalizado de acuerdo con la normativa sanitaria vigente.\
\Qué producto está alcanzado por la medida\
\La Disposición 6539/2026 establece la prohibición para todos los lotes de la siguiente lavandina:\
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- \Producto:\ agua lavandina.\ \
- \Marca:\ 656 Profesional.\ \
- \Denominación:\ “AGUA LAVANDINA. 656 Profesional. CONCENTRADA AL 60%”.\ \
- \Alcance:\ todos los lotes.\ \
- \Actividades prohibidas:\ elaboración, uso, comercialización, distribución y publicidad.\ \
- \Canales alcanzados:\ locales físicos y plataformas de venta electrónica.\ \
- \Vigencia:\ hasta que el producto obtenga los registros sanitarios correspondientes.\ \
La ANMAT también dio intervención a su Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria para investigar los enlaces utilizados para promocionar y vender la lavandina.\
\Qué deben tener en cuenta los consumidores\
\La disposición no informa que se hayan registrado intoxicaciones ni otros daños a la salud asociados con el uso de este producto. La decisión responde a la \*\*falta de documentación sanitaria y a la imposibilidad de verificar las condiciones de fabricación\*\*, por lo que tiene carácter preventivo.\
\En ese contexto, quienes tengan en sus hogares la lavandina 656 Profesional deben \*\*evitar utilizarla mientras permanezca vigente la prohibición\*\*. La medida alcanza a todos los lotes, sin distinción.\
\La intervención busca proteger a los consumidores ante la imposibilidad de comprobar el origen y las condiciones de elaboración del producto, hasta que se regularice su situación sanitaria.\
\La ANMAT prohibió en todo el país la elaboración, el uso, la comercialización, la distribución y la publicidad de la lavandina 656 Profesional, incluida la presentación “AGUA LAVANDINA. 656 Profesional. CONCENTRADA AL 60%”. La medida alcanza a todos los lotes y fue dispuesta tras detectar que el producto carecía de registro sanitario y que no se pudo identificar al establecimiento responsable de su fabricación.\
\Una lavandina sin registro sanitario, sin fabricante identificado y con condiciones de elaboración imposibles de verificar llegó al mercado. La ANMAT tuvo que intervenir para prohibir todos los lotes de 656 Profesional en el país, porque hasta para blanquear una remera hace falta saber qué hay adentro de la botella.\
\La investigación comenzó con la consulta de un particular que dudó de la legitimidad del producto. Después llegaron las verificaciones: no figuraba en los registros oficiales, la dirección de la firma publicada en redes sociales no respondió a la notificación postal y la autoridad sanitaria bonaerense confirmó que tampoco tenía antecedentes de inscripción.\
\En cualquier comercio formal, la trazabilidad debería ser tan básica como el precio en la góndola. Pero acá faltaba una pieza central: no se pudo establecer quién fabricaba la lavandina ni bajo qué condiciones, una combinación que convierte la limpieza doméstica en una incógnita bastante poco recomendable.\
\La prohibición también alcanza a las plataformas de venta electrónica y seguirá vigente hasta que el producto obtenga los registros correspondientes. Es decir, no alcanza con una etiqueta convincente, una publicación en internet y una promesa de concentración: la regulación sanitaria no funciona con el mismo sistema que una compra por catálogo.\
\La ANMAT no informó intoxicaciones ni daños a la salud vinculados con el producto. La medida es preventiva y responde a la falta de documentación sanitaria y a la imposibilidad de comprobar cómo fue elaborado; porque una cosa es no saber quién dejó la botella en el lavadero y otra, bastante más seria, no saber quién la fabricó.\
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