Los salarios de comida rápida alcanzados por la rama Servicios Rápidos tienen en octubre básicos mensuales de entre $997.033 y $1.863.345. Los importes corresponden a las categorías difundidas por la Federación de Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Pizzeros, Heladeros y Alfajoreros.

La escala salarial oficial establece también una asignación no remunerativa del 7,40%, calculada sobre los básicos de julio. La liquidación individual depende de la jornada, los adicionales y los descuentos correspondientes.

Los importes mensuales por categoría

El mayor básico corresponde a maestros pasteleros, maestros heladeros, cocineros y maestros pizzeros. El menor está previsto para aprendices menores de 18 años.

Los siguientes valores presentan, en ese orden, el básico mensual y la asignación no remunerativa de octubre:

  • Maestro pastelero, maestro heladero, cocinero y maestro pizzero: $1.863.345 más $137.888.
  • Encargado: $1.661.538 más $122.954.
  • Líder B: $1.619.864 más $119.870.
  • Dependiente de salón: $1.589.043 más $117.589.
  • Maestro facturero, oficial pastelero y rotisero fiambrero: $1.498.412 más $110.882.
  • Líder A: $1.394.271 más $103.176.
  • Oficial de mantenimiento, líder de mantenimiento, minutero y parrillero: $1.311.043 más $97.017.
  • Cajero y postrero: $1.294.387 más $95.785.
  • Sandwichero, empleado administrativo y dependiente de mostrador: $1.246.146 más $92.215.
  • Ayudante de mantenimiento y empanadero: $1.245.100 más $92.137.
  • Empleado B: $1.223.928 más $90.571.
  • Ayudante pastelero, dependiente de helados, cafetero y auxiliar administrativo: $1.195.522 más $88.469.
  • Empleado A: $1.175.318 más $86.974.
  • Sereno, lavacopas y peón de limpieza, carga y descarga: $1.163.517 más $86.100.
  • Empleado principiante: $1.108.417 más $82.023.
  • Aprendiz menor de 18 años: $997.033 más $73.780.

Para quienes cobran por hora, la categoría principiante tiene un valor de $5.836,28 más $431,88 no remunerativos. En encargados, los valores son $8.746,71 y $647,26, respectivamente.

Asistencia, antigüedad y otros adicionales

El premio por concurrencia efectiva equivale al 14% de la remuneración nominal bruta mensual. Corresponde cuando se completan los días y las jornadas asignadas; para este beneficio, el convenio considera justificadas las ausencias por licencia anual ordinaria.

La antigüedad se calcula a razón del 1% del básico de la categoría por cada año de servicio. El pago comienza en el mes en que se cumplen dos años en la empresa. El acuerdo salarial también dispone computar la asignación no remunerativa para los conceptos convencionales calculados sobre el básico, conservando su carácter no remunerativo.

Las horas trabajadas entre las 21 y las 6 tienen un adicional de $685,60 más $50,73 no remunerativos por hora, según la planilla de octubre.

En Río Negro y Neuquén, el suplemento por zona fría es de $134.690,57 mensuales más $9.967,10 no remunerativos. Para personal jornalizado o con una jornada mensual inferior a la máxima legal, corresponde un valor horario de $708,34 más $52,42.

En Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur, el adicional por zona fría equivale al 40% del básico de la categoría.

El acuerdo prevé incorporar la asignación a los básicos en noviembre. Para ese mes, el básico de empleado principiante será de $1.190.440 y el de encargado llegará a $1.784.492.