El titular del Juzgado Federal de Paraná, Daniel Alonso, desestimó una presentación de habeas corpus preventivo que buscaba frenar la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 941/2025. Esta normativa, dictada por el Poder Ejecutivo a fines de diciembre, introduce reformas estructurales en el sistema de inteligencia argentino, otorgando a la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) competencias operativas que han generado un intenso debate en el arco jurídico y político.
El fallo del juez Alonso
La acción judicial había sido impulsada por los abogados Rubén Alberto Pagliotto, Raymundo Arturo Kisser y Armando Rafael Aquino Britos. No obstante, el magistrado sostuvo en su resolución que de los elementos presentados “no se infiere ni siquiera de manera indiciaria la existencia de limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria, ni un atentado a la libertad decidido y en próxima vía de ejecución”.
Para Alonso, los supuestos necesarios para la procedencia de un habeas corpus preventivo no se encuentran configurados en esta instancia. Cabe destacar que este DNU ha acumulado numerosos amparos en su contra desde su firma el pasado 31 de diciembre, pero la mayoría han quedado supeditados a la actividad limitada de la feria judicial de enero, donde solo se tramitan cuestiones calificadas como de urgencia extrema.
Puntos críticos del DNU 941/2025
La reforma impulsada por la administración de Javier Milei centraliza las funciones de inteligencia y modifica las atribuciones de los agentes de la SIDE. Los puntos que despiertan mayor preocupación entre los constitucionalistas incluyen:
- Facultad de detención: El decreto habilita a los agentes de inteligencia a aprehender personas en el marco de sus actividades, permitiendo la detención sin orden judicial previa en casos de flagrancia.
- Carácter encubierto: La norma establece que todas las operaciones del sistema tienen carácter reservado, lo que dificulta el control externo y la rendición de cuentas sobre el uso de estas nuevas facultades en territorio nacional.
- Centralización del poder: La SIDE se consolida como el órgano rector de agencias como la Agencia Nacional de Contrainteligencia y la Agencia Federal de Ciberinteligencia, bajo una conducción política directa.
- Acceso a información: El organismo podrá requerir datos sensibles a otras dependencias del Estado nacional, provincial y de la Ciudad de Buenos Aires.
Apelación y críticas de la oposición
A pesar del rechazo inicial, los abogados demandantes confirmaron que apelarán la decisión. En declaraciones vertidas a medios nacionales, señalaron que “el hecho mismo que el DNU habilite la detención por agentes de inteligencia sin orden judicial, en sí mismo, es un peligro concreto, real y potencial”.
Los críticos del decreto argumentan que la medida otorga facultades cuasi policiales mediante un mecanismo excepcional (DNU), eludiendo el debate parlamentario necesario para regular materias que afectan garantías constitucionales básicas como el debido proceso y la libertad de movimiento.
<p>El juez federal de Paraná, Daniel Alonso, rechazó un habeas corpus preventivo contra el DNU 941/2025, que otorga facultades extraordinarias a la SIDE, incluyendo detenciones sin orden judicial. El magistrado consideró que no existe una amenaza actual a la libertad ambulatoria. Los abogados demandantes apelarán la medida, calificando la normativa de inconstitucional y violatoria de las garantías democráticas básicas.</p>
Resumen generado automáticamente por inteligencia artificial
En un giro que sorprende a absolutamente nadie que conozca cómo funciona la feria judicial de enero, el juez Daniel Alonso decidió que el nuevo DNU de inteligencia es, básicamente, inofensivo hasta que alguien termine en un sótano sin señal de celular. Los abogados de la UCR intentaron frenar el «superpoder» de la SIDE con un habeas corpus preventivo, pero el magistrado aplicó la infalible doctrina de «si todavía no te detuvieron, de qué te quejás». Según el fallo, no hay pruebas indiciarias de que el hecho de que un agente encubierto te pueda llevar puesto en la calle sin orden judicial sea una amenaza a la libertad. Es, si se quiere, un optimismo jurídico digno de ser estudiado en las mejores universidades del mundo, o al menos en un curso intensivo de relajación espiritual.
Mientras tanto, la SIDE se prepara para estrenar sus nuevas funciones que incluyen el poder de detener gente en flagrancia, algo que antes hacían los policías identificados pero que ahora podrá hacer un señor con anteojos oscuros que, según el decreto, tiene carácter «encubierto». Es la democratización del suspenso: cualquiera puede ser un agente y cualquier esquina puede ser el escenario de una aprehensión exprés sin la molestia de pasar por un juzgado. Los críticos dicen que esto es «repugnantemente inconstitucional», pero en el despacho de Alonso parece que el DNU 941/2025 se lee como una sugerencia amistosa para mejorar la coordinación estatal. Si usted planeaba caminar por la vereda este verano, quédese tranquilo: hasta que no le pongan las esposas, su libertad ambulatoria goza de una salud envidiable según la justicia entrerriana.
Lo más pintoresco es que la SIDE ahora es el «órgano rector», una especie de Gran Hermano con presupuesto reservado que puede pedirle datos hasta al portero de tu edificio si se le antoja. El decreto firmado el 31 de diciembre —porque no hay nada más festivo que reformar el espionaje entre el pan dulce y la sidra— centraliza todo bajo una conducción política directa. Así que ya saben, si ven a alguien anotando cosas en una libretita mientras ustedes compran facturas, no es un poeta buscando inspiración, es probablemente el sistema de inteligencia nacional velando por su seguridad con facultades cuasi policiales que el Congreso todavía no tuvo el gusto de debatir. Por ahora, el «modo fantasma» no es solo para los portaaviones de Trump; en Argentina, el control externo de la inteligencia también acaba de desaparecer del radar.
Contenido humorístico generado por inteligencia artificial
El titular del Juzgado Federal de Paraná, Daniel Alonso, desestimó una presentación de habeas corpus preventivo que buscaba frenar la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 941/2025. Esta normativa, dictada por el Poder Ejecutivo a fines de diciembre, introduce reformas estructurales en el sistema de inteligencia argentino, otorgando a la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) competencias operativas que han generado un intenso debate en el arco jurídico y político.
El fallo del juez Alonso
La acción judicial había sido impulsada por los abogados Rubén Alberto Pagliotto, Raymundo Arturo Kisser y Armando Rafael Aquino Britos. No obstante, el magistrado sostuvo en su resolución que de los elementos presentados “no se infiere ni siquiera de manera indiciaria la existencia de limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria, ni un atentado a la libertad decidido y en próxima vía de ejecución”.
Para Alonso, los supuestos necesarios para la procedencia de un habeas corpus preventivo no se encuentran configurados en esta instancia. Cabe destacar que este DNU ha acumulado numerosos amparos en su contra desde su firma el pasado 31 de diciembre, pero la mayoría han quedado supeditados a la actividad limitada de la feria judicial de enero, donde solo se tramitan cuestiones calificadas como de urgencia extrema.
Puntos críticos del DNU 941/2025
La reforma impulsada por la administración de Javier Milei centraliza las funciones de inteligencia y modifica las atribuciones de los agentes de la SIDE. Los puntos que despiertan mayor preocupación entre los constitucionalistas incluyen:
- Facultad de detención: El decreto habilita a los agentes de inteligencia a aprehender personas en el marco de sus actividades, permitiendo la detención sin orden judicial previa en casos de flagrancia.
- Carácter encubierto: La norma establece que todas las operaciones del sistema tienen carácter reservado, lo que dificulta el control externo y la rendición de cuentas sobre el uso de estas nuevas facultades en territorio nacional.
- Centralización del poder: La SIDE se consolida como el órgano rector de agencias como la Agencia Nacional de Contrainteligencia y la Agencia Federal de Ciberinteligencia, bajo una conducción política directa.
- Acceso a información: El organismo podrá requerir datos sensibles a otras dependencias del Estado nacional, provincial y de la Ciudad de Buenos Aires.
Apelación y críticas de la oposición
A pesar del rechazo inicial, los abogados demandantes confirmaron que apelarán la decisión. En declaraciones vertidas a medios nacionales, señalaron que “el hecho mismo que el DNU habilite la detención por agentes de inteligencia sin orden judicial, en sí mismo, es un peligro concreto, real y potencial”.
Los críticos del decreto argumentan que la medida otorga facultades cuasi policiales mediante un mecanismo excepcional (DNU), eludiendo el debate parlamentario necesario para regular materias que afectan garantías constitucionales básicas como el debido proceso y la libertad de movimiento.
En un giro que sorprende a absolutamente nadie que conozca cómo funciona la feria judicial de enero, el juez Daniel Alonso decidió que el nuevo DNU de inteligencia es, básicamente, inofensivo hasta que alguien termine en un sótano sin señal de celular. Los abogados de la UCR intentaron frenar el «superpoder» de la SIDE con un habeas corpus preventivo, pero el magistrado aplicó la infalible doctrina de «si todavía no te detuvieron, de qué te quejás». Según el fallo, no hay pruebas indiciarias de que el hecho de que un agente encubierto te pueda llevar puesto en la calle sin orden judicial sea una amenaza a la libertad. Es, si se quiere, un optimismo jurídico digno de ser estudiado en las mejores universidades del mundo, o al menos en un curso intensivo de relajación espiritual.
Mientras tanto, la SIDE se prepara para estrenar sus nuevas funciones que incluyen el poder de detener gente en flagrancia, algo que antes hacían los policías identificados pero que ahora podrá hacer un señor con anteojos oscuros que, según el decreto, tiene carácter «encubierto». Es la democratización del suspenso: cualquiera puede ser un agente y cualquier esquina puede ser el escenario de una aprehensión exprés sin la molestia de pasar por un juzgado. Los críticos dicen que esto es «repugnantemente inconstitucional», pero en el despacho de Alonso parece que el DNU 941/2025 se lee como una sugerencia amistosa para mejorar la coordinación estatal. Si usted planeaba caminar por la vereda este verano, quédese tranquilo: hasta que no le pongan las esposas, su libertad ambulatoria goza de una salud envidiable según la justicia entrerriana.
Lo más pintoresco es que la SIDE ahora es el «órgano rector», una especie de Gran Hermano con presupuesto reservado que puede pedirle datos hasta al portero de tu edificio si se le antoja. El decreto firmado el 31 de diciembre —porque no hay nada más festivo que reformar el espionaje entre el pan dulce y la sidra— centraliza todo bajo una conducción política directa. Así que ya saben, si ven a alguien anotando cosas en una libretita mientras ustedes compran facturas, no es un poeta buscando inspiración, es probablemente el sistema de inteligencia nacional velando por su seguridad con facultades cuasi policiales que el Congreso todavía no tuvo el gusto de debatir. Por ahora, el «modo fantasma» no es solo para los portaaviones de Trump; en Argentina, el control externo de la inteligencia también acaba de desaparecer del radar.