El Gobierno reglamentó el traslado de feriados que caen en fin de semana

Redacción Cuyo News
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El Poder Ejecutivo nacional oficializó mediante el Decreto 614/2025 la reglamentación para el traslado de feriados nacionales trasladables que coincidan con días sábado o domingo, con el objeto de completar una laguna en la Ley Nº 27.399 sobre feriados y fines de semana largos.

La ley diferenciaba entre feriados inamovibles y trasladables, ofreciendo reglas de traslado para cuando coincidieran con martes, miércoles, jueves o viernes. No obstante, quedaba sin regulación expresa el escenario en que los feriados trasladables cayeran en fin de semana. El decreto aclara que, en esos casos, no corresponde tratarlos como inamovibles, ya que ello alteraría la intención del legislador.

Potestad de la Autoridad de Aplicación

Para asegurar la vigencia del carácter trasladable, la Autoridad de Aplicación queda facultada a disponer el traslado de los feriados que coincidan con sábado o domingo, en la forma y plazos que estime convenientes para respetar la finalidad original de la norma.

Fundamento jurídico

El decreto invoca precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para sostener que la interpretación de la ley debe atender al contexto y a los fines que persigue, sin quedar limitada por imperfecciones técnicas de la instrumentación legal. Además, se fundamenta en las facultades constitucionales del Presidente previstas en el artículo 99, incisos 1 y 2 de la Constitución Nacional.

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