Tareas comunitarias y multas millonarias: así funcionará la ley anti-bullying en Mendoza

Redacción Cuyo News
4 min

Ingresó formalmente a la Legislatura de Mendoza el proyecto de ley impulsado por el ministro de Educación, Tadeo García Zalazar, que propone modificar el Código de Contravenciones para incorporar sanciones a los padres de niños que ejerzan acoso escolar físico o psicológico.

La iniciativa había sido anticipada por el propio ministro a comienzos de septiembre, luego del caso en La Paz en el que una alumna ingresó a la escuela con un arma y efectuó disparos, presuntamente como reacción a una situación de bullying sostenida.

Responsabilidad parental y nuevas sanciones

El proyecto incorpora la figura de «responsabilidad parental por acoso escolar» y contempla sanciones que pueden ir desde 5 a 50 días de trabajo comunitario. Asimismo, según la gravedad del caso, el juez contravencional podrá imponer una multa de 500 a 5.000 Unidades Fiscales, que en la actualidad equivale a montos que van desde $210.000 hasta $2.100.000.

No obstante, la sanción no será automática. El texto prevé una etapa previa a la intervención judicial. En primer lugar, las autoridades escolares deberán aplicar un protocolo de actuación determinado, con la participación de un equipo interdisciplinario.

Solo si, luego de esta instancia, los padres no adoptan medidas de supervisión, educación o contención para detener el acoso, o no cumplen con los compromisos asumidos, se habilitará la intervención del juez para aplicar la sanción correspondiente.

Cómo se cumplirán las tareas comunitarias

De acuerdo al artículo 22 del Código de Contravenciones de Mendoza, la sanción de trabajo comunitario se cumplirá mediante servicios, tareas especiales o funciones sin remuneración en instituciones de bien público o entidades municipales o provinciales, preferentemente dentro de la misma jurisdicción donde reside la persona sancionada.

Una vez determinada la sanción, el juez deberá comunicar a la institución designada los datos del infractor y las horas de trabajo asignadas. Por su parte, la entidad deberá llevar un registro de días y horarios cumplidos, así como de la conducta del sancionado.

Finalizado el período, en un plazo de cinco días, la institución deberá elevar un informe al juez para que se dé por cumplida la sanción.

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