A partir de enero de 2026, el Gobierno implementaría (es proyecto) una serie de reformas fiscales con impacto directo en el Impuesto a las Ganancias, impuestos internos y regímenes de promoción de inversiones, según confirmaron desde el Ministerio de Economía.
Reducción del Impuesto a las Ganancias para sociedades
Se reduciría la carga impositiva para sociedades en dos tramos:
- Del 30% al 27% para el primer tramo
- Del 35% al 31,5% para el tramo superior
Según informó el ministro Luis Caputo, la medida busca mejorar la competitividad tributaria del país. El anuncio ya había sido anticipado a representantes de empresas británicas hace dos semanas.
Exenciones impositivas clave
Desde 2026, quedarían exentos del Impuesto a las Ganancias los siguientes casos:
- Alquileres de inmuebles destinados a casa-habitación
- Venta de inmuebles (casas, departamentos, lotes) por parte de personas humanas
- Compraventa de activos financieros: bonos, acciones, fondos comunes, Cedear, etc. (excepto criptomonedas)
Eliminación de impuestos internos
Se eliminaria el tributo sobre una amplia gama de productos y servicios, incluyendo:
- Cigarrillos
- Bebidas alcohólicas y energizantes
- Perfumes
- Productos electrónicos, automotores, motos, embarcaciones y aeronaves
- Telefonía celular, seguros y servicios de comunicación audiovisual
- Entradas a espectáculos cinematográficos y videogramas grabados
- Alquiler de vivienda sin unidades locadas
Beneficios sectoriales y ajuste por inflación
También se otorgaria la exención del IVA a la energía eléctrica utilizada en sistemas de riego del sector agroindustrial.
Otra novedad importante es que a partir de 2025 se permitirá a las empresas ajustar por inflación las pérdidas fiscales acumuladas, evitando así que la inflación licue los quebrantos arrastrados a ejercicios futuros. Esta medida beneficiará particularmente a empresas nuevas o grandes inversoras.
Nuevo Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI)
Se crearía el RIMI, destinado a empresas nacionales y extranjeras sin antecedentes penales ni deudas fiscales. Los montos mínimos de inversión, expresados en dólares, son:
- Micro: US$ 150.000
- Pequeñas: US$ 600.000
- Medianas tramo 1: US$ 3,5 millones
- Medianas tramo 2: US$ 9 millones
- Grandes: US$ 30 millones
Los beneficios incluirían
- Amortización acelerada en Ganancias: permite deducir inversiones productivas en plazos más cortos
- Devolución anticipada de IVA: a partir de tres períodos fiscales
- Reemplazo de activos sin perder beneficios fiscales
El régimen excluye inversiones en activos financieros, bienes de cambio y portafolios. Se consideran válidas aquellas destinadas a bienes muebles nuevos amortizables, obras, o infraestructura productiva dentro del territorio argentino.
Desde 2026 se reducirian las alícuotas del Impuesto a las Ganancias para sociedades: el tramo del 30% bajará al 27% y el del 35% al 31,5%. También se eximirá de Ganancias a alquileres con destino habitacional y a la venta de inmuebles por personas físicas. Habrá beneficios para inversiones productivas, una nueva política de ajuste por inflación para pérdidas fiscales y se eliminarán impuestos internos sobre una amplia gama de productos y servicios.
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A partir de enero de 2026, el Gobierno implementaría (es proyecto) una serie de reformas fiscales con impacto directo en el Impuesto a las Ganancias, impuestos internos y regímenes de promoción de inversiones, según confirmaron desde el Ministerio de Economía.
Reducción del Impuesto a las Ganancias para sociedades
Se reduciría la carga impositiva para sociedades en dos tramos:
- Del 30% al 27% para el primer tramo
- Del 35% al 31,5% para el tramo superior
Según informó el ministro Luis Caputo, la medida busca mejorar la competitividad tributaria del país. El anuncio ya había sido anticipado a representantes de empresas británicas hace dos semanas.
Exenciones impositivas clave
Desde 2026, quedarían exentos del Impuesto a las Ganancias los siguientes casos:
- Alquileres de inmuebles destinados a casa-habitación
- Venta de inmuebles (casas, departamentos, lotes) por parte de personas humanas
- Compraventa de activos financieros: bonos, acciones, fondos comunes, Cedear, etc. (excepto criptomonedas)
Eliminación de impuestos internos
Se eliminaria el tributo sobre una amplia gama de productos y servicios, incluyendo:
- Cigarrillos
- Bebidas alcohólicas y energizantes
- Perfumes
- Productos electrónicos, automotores, motos, embarcaciones y aeronaves
- Telefonía celular, seguros y servicios de comunicación audiovisual
- Entradas a espectáculos cinematográficos y videogramas grabados
- Alquiler de vivienda sin unidades locadas
Beneficios sectoriales y ajuste por inflación
También se otorgaria la exención del IVA a la energía eléctrica utilizada en sistemas de riego del sector agroindustrial.
Otra novedad importante es que a partir de 2025 se permitirá a las empresas ajustar por inflación las pérdidas fiscales acumuladas, evitando así que la inflación licue los quebrantos arrastrados a ejercicios futuros. Esta medida beneficiará particularmente a empresas nuevas o grandes inversoras.
Nuevo Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI)
Se crearía el RIMI, destinado a empresas nacionales y extranjeras sin antecedentes penales ni deudas fiscales. Los montos mínimos de inversión, expresados en dólares, son:
- Micro: US$ 150.000
- Pequeñas: US$ 600.000
- Medianas tramo 1: US$ 3,5 millones
- Medianas tramo 2: US$ 9 millones
- Grandes: US$ 30 millones
Los beneficios incluirían
- Amortización acelerada en Ganancias: permite deducir inversiones productivas en plazos más cortos
- Devolución anticipada de IVA: a partir de tres períodos fiscales
- Reemplazo de activos sin perder beneficios fiscales
El régimen excluye inversiones en activos financieros, bienes de cambio y portafolios. Se consideran válidas aquellas destinadas a bienes muebles nuevos amortizables, obras, o infraestructura productiva dentro del territorio argentino.