el impuesto inmobiliario 2026 ya está disponible para el pago
La Dirección General de Rentas ha anunciado la disponibilidad de las boletas correspondientes al Impuesto Inmobiliario del ejercicio fiscal 2026. Los contribuyentes tienen la posibilidad de consultar y abonar dicho tributo de manera completamente online, a través del sitio web oficial de Rentas. Para acceder a esta gestión, es imprescindible contar con la Clave de Ciudadano Digital (CiDi), una herramienta que centraliza múltiples trámites con la administración pública.
La entidad recaudadora ha dispuesto distintas modalidades de pago, permitiendo a los contribuyentes optar por la cancelación anual, semestral o mensual del gravamen. Esta flexibilidad se complementa con una serie de beneficios y descuentos aplicables por cumplimiento y por la utilización de herramientas digitales, los cuales buscan incentivar el pago en tiempo y forma.
beneficios por buen cumplimiento y pagos anticipados
La política de descuentos de la Dirección General de Rentas busca reconocer la conducta fiscal de los ciudadanos. Los beneficios por «Buen Contribuyente» ya se encuentran reflejados directamente en las boletas emitidas, facilitando la visualización del monto final a abonar. En detalle, se han establecido las siguientes bonificaciones:
- un 15% de descuento se aplicará a aquellos contribuyentes que mantengan al día sus obligaciones con el Impuesto Inmobiliario hasta el 31 de diciembre de 2025.
- otro 15% de reducción se otorgará a quienes decidan efectuar el pago anual completo antes de la fecha de vencimiento establecida.
- para la opción de pago semestral, se contempla un 5% de descuento si la cancelación se realiza en término, conforme a lo estipulado por la DGR.
- adicionalmente, un 10% de descuento se aplicará a los pagos efectuados mediante débito automático o descuento directo de haberes, bajo el sistema vigente.
- finalmente, se bonificará con un 10% extra a aquellos que realicen sus pagos en término a través de los medios electrónicos habilitados en la plataforma web oficial.
calendario de vencimientos para el 2026
Para asegurar una planificación adecuada, la Dirección General de Rentas ha informado las fechas límite para cada modalidad de pago del Impuesto Inmobiliario 2026:
- el pago único anual tendrá como vencimiento el 10 de febrero de 2026.
- la primera cuota semestral deberá abonarse a más tardar el 11 de febrero de 2026.
- la primera cuota mensual tendrá su fecha límite el 20 de febrero de 2026.
Aquellos contribuyentes que requieran asistencia personalizada o prefieran realizar sus trámites de manera presencial pueden dirigirse a las oficinas de la Dirección General de Rentas, ubicadas en la Planta Baja del Centro Cívico. El horario de atención al público es de lunes a viernes, desde las 7:15 hasta las 14:45 horas.
La Dirección General de Rentas ha habilitado la consulta y el pago del Impuesto Inmobiliario correspondiente al ejercicio 2026. Los contribuyentes pueden acceder a sus boletas de forma online mediante la plataforma oficial, utilizando la Clave de Ciudadano Digital (CiDi). Se ofrecen modalidades de pago anual, semestral o mensual, con diversos incentivos que incluyen descuentos significativos por cumplimiento en término, adhesión al débito automático y la utilización de medios electrónicos. Los beneficios por buen contribuyente ya se encuentran aplicados en las boletas.
Resumen generado automáticamente por inteligencia artificial
Contenido humorístico generado por inteligencia artificial
el impuesto inmobiliario 2026 ya está disponible para el pago
La Dirección General de Rentas ha anunciado la disponibilidad de las boletas correspondientes al Impuesto Inmobiliario del ejercicio fiscal 2026. Los contribuyentes tienen la posibilidad de consultar y abonar dicho tributo de manera completamente online, a través del sitio web oficial de Rentas. Para acceder a esta gestión, es imprescindible contar con la Clave de Ciudadano Digital (CiDi), una herramienta que centraliza múltiples trámites con la administración pública.
La entidad recaudadora ha dispuesto distintas modalidades de pago, permitiendo a los contribuyentes optar por la cancelación anual, semestral o mensual del gravamen. Esta flexibilidad se complementa con una serie de beneficios y descuentos aplicables por cumplimiento y por la utilización de herramientas digitales, los cuales buscan incentivar el pago en tiempo y forma.
beneficios por buen cumplimiento y pagos anticipados
La política de descuentos de la Dirección General de Rentas busca reconocer la conducta fiscal de los ciudadanos. Los beneficios por «Buen Contribuyente» ya se encuentran reflejados directamente en las boletas emitidas, facilitando la visualización del monto final a abonar. En detalle, se han establecido las siguientes bonificaciones:
- un 15% de descuento se aplicará a aquellos contribuyentes que mantengan al día sus obligaciones con el Impuesto Inmobiliario hasta el 31 de diciembre de 2025.
- otro 15% de reducción se otorgará a quienes decidan efectuar el pago anual completo antes de la fecha de vencimiento establecida.
- para la opción de pago semestral, se contempla un 5% de descuento si la cancelación se realiza en término, conforme a lo estipulado por la DGR.
- adicionalmente, un 10% de descuento se aplicará a los pagos efectuados mediante débito automático o descuento directo de haberes, bajo el sistema vigente.
- finalmente, se bonificará con un 10% extra a aquellos que realicen sus pagos en término a través de los medios electrónicos habilitados en la plataforma web oficial.
calendario de vencimientos para el 2026
Para asegurar una planificación adecuada, la Dirección General de Rentas ha informado las fechas límite para cada modalidad de pago del Impuesto Inmobiliario 2026:
- el pago único anual tendrá como vencimiento el 10 de febrero de 2026.
- la primera cuota semestral deberá abonarse a más tardar el 11 de febrero de 2026.
- la primera cuota mensual tendrá su fecha límite el 20 de febrero de 2026.
Aquellos contribuyentes que requieran asistencia personalizada o prefieran realizar sus trámites de manera presencial pueden dirigirse a las oficinas de la Dirección General de Rentas, ubicadas en la Planta Baja del Centro Cívico. El horario de atención al público es de lunes a viernes, desde las 7:15 hasta las 14:45 horas.