Con la llegada de la temporada estival, el flujo de viajeros hacia el exterior , las principales terminales aéreas del país ha registrado un incremento significativo. En este marco, la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) emitió una serie de advertencias y recordatorios sobre las normativas vigentes para el traslado de dinero en efectivo. Bajo la Resolución General ARCA 5659/2025, se establecen límites estrictos para evitar sanciones que pueden derivar en multas económicas o procesos penales.
Límites permitidos para mayores y menores de edad
La normativa vigente estipula que cualquier persona mayor de 16 años puede salir de Argentina o ingresar al territorio con un máximo de 10.000 dólares o su equivalente en otras monedas sin necesidad de realizar una declaración especial. En caso de que la suma supere este monto, el dinero debe canalizarse obligatoriamente a través de entidades financieras o cambiarias autorizadas. Si el transporte se realiza en pesos argentinos y el valor supera el equivalente a los diez mil dólares, es imperativo completar el formulario OM 2250-B antes de trasponer la frontera.
Para los menores de 16 años no emancipados, el régimen es más restrictivo: el monto máximo permitido se reduce al 50% de lo establecido para los adultos, fijándose en 5.000 dólares o su equivalente. Para el ingreso al país, la metodología de cálculo se basa en el tipo de cambio comprador del Banco Nación correspondiente al día hábil anterior a la entrada, y la declaración debe efectuarse mediante el formulario OM 2249, disponible en el micrositio oficial de ARCA.
Sanciones por falta de declaración y contrabando
Desde la PROCELAC advirtieron que omitir estos pasos puede acarrear graves consecuencias legales. Las autoridades distinguen dos escenarios principales:
- Ocultamiento o disimulación: Si el dinero se encuentra escondido en la vestimenta o en el equipaje con el fin de evadir el control, la conducta se tipifica como contrabando. En estos supuestos, el Código Penal prevé penas de 2 a 8 años de prisión, además del decomiso total de las divisas.
- Infracción al régimen de equipaje: Si no existe ocultamiento pero se omite la declaración obligatoria del excedente, se aplica una multa que oscila entre una y tres veces el monto no declarado, junto con el decomiso de la suma que supere el límite legal.
Asimismo, si las autoridades sospechan que los fondos poseen un origen ilícito, se iniciarán investigaciones por el delito de lavado de activos, tipificado en el artículo 303 del Código Penal. Las autoridades recomiendan a los turistas completar los formularios de manera online para evitar demoras innecesarias y garantizar que el tránsito fronterizo se ajuste estrictamente a derecho, evitando así lo que la PROCELAC califica como potenciales «dolores de cabeza» en los controles aduaneros.
<p>Con el inicio de la temporada de verano 2025/2026, las autoridades recordaron la vigencia de los límites para el traslado de divisas en fronteras. Según la normativa de ARCA y PROCELAC, el tope permitido para ingresar o egresar del país sin declarar es de 10.000 dólares para mayores de 16 años. Superar este monto sin la debida declaración puede derivar en multas severas o causas penales por contrabando.</p>
Resumen generado automáticamente por inteligencia artificial
Llegó diciembre y con él se activa el deporte nacional por excelencia: el éxodo masivo hacia las playas de Brasil o las tiendas de Chile, intentando ignorar que el peso argentino tiene la estabilidad emocional de un adolescente en plena crisis existencial. En este contexto de valijas a punto de explotar y protector solar vencido, la PROCELAC y la flamante ARCA —esa entidad que reemplazó a la AFIP para que el trauma del contribuyente tenga un nombre más breve— decidieron publicar una guía para que el ciudadano promedio no termine sus vacaciones protagonizando un episodio de «Presos en el extranjero». Resulta que el concepto de «la plata es mía y hago lo que quiero» colisiona de frente con el Código Aduanero, una lectura que la mayoría de los turistas prefiere ignorar en favor de las promociones de cuotas sin interés.
El límite de los 10.000 dólares parece una cifra razonable para cualquier mortal, pero para el ahorrista argentino que desconfía de los bancos desde antes de que se inventara el cajero automático, es un desafío a la creatividad. La normativa es taxativa: si usted intenta cruzar la frontera con fardos de billetes ocultos en el dobladillo del pantalón o disimulados dentro de un envase de yerba, la Aduana dejará de verlo como un turista simpático para tratarlo como un contrabandista profesional. En ese momento, la fantasía de la caipirinha en la arena se desvanece más rápido que un plazo fijo, siendo reemplazada por una posible condena de hasta ocho años de prisión. Porque, seamos sinceros, no hay nada que arruine más el bronceado que un procesamiento por lavado de activos mientras intentas explicar que esos dólares «estaban ahí» desde la época del uno a uno.
La situación se vuelve aún más bizarra para los menores de 16 años, a quienes el Estado les reconoce una capacidad financiera del 50%. Es decir, si su hijo tiene 15 años y planea llevarse sus ahorros del ratón Pérez, el límite es de 5.000 dólares. Pasarse de esa cifra sin completar los formularios digitales correspondientes es la forma más rápida de convertir un viaje familiar en un interrogatorio federal. Al final, la recomendación de las autoridades es simple: declare lo que tiene o use los canales bancarios. Porque en el complejo ecosistema de la frontera argentina, la «viveza criolla» suele terminar pagando multas que multiplican por tres el monto no declarado, transformando lo que iba a ser un viaje de placer en una donación forzosa al Estado nacional que ningún formulario OM 2250-B podrá consolar.
Contenido humorístico generado por inteligencia artificial
Con la llegada de la temporada estival, el flujo de viajeros hacia el exterior , las principales terminales aéreas del país ha registrado un incremento significativo. En este marco, la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) emitió una serie de advertencias y recordatorios sobre las normativas vigentes para el traslado de dinero en efectivo. Bajo la Resolución General ARCA 5659/2025, se establecen límites estrictos para evitar sanciones que pueden derivar en multas económicas o procesos penales.
Límites permitidos para mayores y menores de edad
La normativa vigente estipula que cualquier persona mayor de 16 años puede salir de Argentina o ingresar al territorio con un máximo de 10.000 dólares o su equivalente en otras monedas sin necesidad de realizar una declaración especial. En caso de que la suma supere este monto, el dinero debe canalizarse obligatoriamente a través de entidades financieras o cambiarias autorizadas. Si el transporte se realiza en pesos argentinos y el valor supera el equivalente a los diez mil dólares, es imperativo completar el formulario OM 2250-B antes de trasponer la frontera.
Para los menores de 16 años no emancipados, el régimen es más restrictivo: el monto máximo permitido se reduce al 50% de lo establecido para los adultos, fijándose en 5.000 dólares o su equivalente. Para el ingreso al país, la metodología de cálculo se basa en el tipo de cambio comprador del Banco Nación correspondiente al día hábil anterior a la entrada, y la declaración debe efectuarse mediante el formulario OM 2249, disponible en el micrositio oficial de ARCA.
Sanciones por falta de declaración y contrabando
Desde la PROCELAC advirtieron que omitir estos pasos puede acarrear graves consecuencias legales. Las autoridades distinguen dos escenarios principales:
- Ocultamiento o disimulación: Si el dinero se encuentra escondido en la vestimenta o en el equipaje con el fin de evadir el control, la conducta se tipifica como contrabando. En estos supuestos, el Código Penal prevé penas de 2 a 8 años de prisión, además del decomiso total de las divisas.
- Infracción al régimen de equipaje: Si no existe ocultamiento pero se omite la declaración obligatoria del excedente, se aplica una multa que oscila entre una y tres veces el monto no declarado, junto con el decomiso de la suma que supere el límite legal.
Asimismo, si las autoridades sospechan que los fondos poseen un origen ilícito, se iniciarán investigaciones por el delito de lavado de activos, tipificado en el artículo 303 del Código Penal. Las autoridades recomiendan a los turistas completar los formularios de manera online para evitar demoras innecesarias y garantizar que el tránsito fronterizo se ajuste estrictamente a derecho, evitando así lo que la PROCELAC califica como potenciales «dolores de cabeza» en los controles aduaneros.
Llegó diciembre y con él se activa el deporte nacional por excelencia: el éxodo masivo hacia las playas de Brasil o las tiendas de Chile, intentando ignorar que el peso argentino tiene la estabilidad emocional de un adolescente en plena crisis existencial. En este contexto de valijas a punto de explotar y protector solar vencido, la PROCELAC y la flamante ARCA —esa entidad que reemplazó a la AFIP para que el trauma del contribuyente tenga un nombre más breve— decidieron publicar una guía para que el ciudadano promedio no termine sus vacaciones protagonizando un episodio de «Presos en el extranjero». Resulta que el concepto de «la plata es mía y hago lo que quiero» colisiona de frente con el Código Aduanero, una lectura que la mayoría de los turistas prefiere ignorar en favor de las promociones de cuotas sin interés.
El límite de los 10.000 dólares parece una cifra razonable para cualquier mortal, pero para el ahorrista argentino que desconfía de los bancos desde antes de que se inventara el cajero automático, es un desafío a la creatividad. La normativa es taxativa: si usted intenta cruzar la frontera con fardos de billetes ocultos en el dobladillo del pantalón o disimulados dentro de un envase de yerba, la Aduana dejará de verlo como un turista simpático para tratarlo como un contrabandista profesional. En ese momento, la fantasía de la caipirinha en la arena se desvanece más rápido que un plazo fijo, siendo reemplazada por una posible condena de hasta ocho años de prisión. Porque, seamos sinceros, no hay nada que arruine más el bronceado que un procesamiento por lavado de activos mientras intentas explicar que esos dólares «estaban ahí» desde la época del uno a uno.
La situación se vuelve aún más bizarra para los menores de 16 años, a quienes el Estado les reconoce una capacidad financiera del 50%. Es decir, si su hijo tiene 15 años y planea llevarse sus ahorros del ratón Pérez, el límite es de 5.000 dólares. Pasarse de esa cifra sin completar los formularios digitales correspondientes es la forma más rápida de convertir un viaje familiar en un interrogatorio federal. Al final, la recomendación de las autoridades es simple: declare lo que tiene o use los canales bancarios. Porque en el complejo ecosistema de la frontera argentina, la «viveza criolla» suele terminar pagando multas que multiplican por tres el monto no declarado, transformando lo que iba a ser un viaje de placer en una donación forzosa al Estado nacional que ningún formulario OM 2250-B podrá consolar.