Endurecen requisitos y expulsión: reforma migratoria oficial

Redacción Cuyo News
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El gobierno nacional oficializó este jueves, a través del Boletín Oficial, la esperada reforma migratoria, un paquete de modificaciones a normativas preexistentes que endurecen los requisitos de ingreso, permanencia y acceso a determinados servicios para extranjeros en el país. El decreto, número 366/2025, introduce cambios sustanciales a la Ley de Migraciones N° 25.871, sancionada en 2003, y también toca puntos de la Ley de Educación Superior y la Ley de Ciudadanía.

Entre los puntos más salientes de la reforma se encuentran el endurecimiento de los requisitos para tramitar la ciudadanía argentina, mecanismos que facilitan la expulsión de inmigrantes que hayan ingresado de forma irregular o posean condenaspenales, y variantes significativas en el acceso a los sistemas de salud y educación pública para aquellos que no ostenten residencia permanente.

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Reforma migratoria: cambios, requisitos y a quiénes afecta

Según el cuerpo del decreto, la normativa migratoria de 2003 «no se ajusta a las necesidades y al estado actual de la situación», argumentando que la ley vigente «fomenta la inmigración a punto tal que reconoce numerosos derechos a quienes hubieren ingresado o permanecido de forma irregular en el territorio nacional, e iguala, en supuestos específicos, sus derechos con los de quienes habitan legalmente el país».

El Ejecutivo remarca que, si bien la ley anterior diferencia entre categorías de residencia, esta distinción «no tienen relevancia en lo que refiere al acceso a la salud y a la educación, entre otros derechos». Por ello, considera «necesario reformar la referida Ley N° 25.871 de forma urgente a fin de poder establecer un marco jurídico adecuado que permita proteger los derechos de los ciudadanos argentinos y de aquellos inmigrantes que ingresen en el territorio argentino legalmente, asegurando la regularidad migratoria y la seguridad pública».

Un párrafo clave del decreto subraya que «la modificación propiciada contribuirá a desalentar el ‘turismo de natalidad’, una de las formas de abuso a la ley migratoria más recurrente de los últimos años, el cual se realiza con el único fin de que el hijo sea nacional argentino y, en consecuencia, permita a los padres acceder a una residencia permanente y, eventualmente, a una ciudadanía que los habilite a obtener el pasaporte argentino». No obstante, se aclara que el «mayor rigor que se propicia en ningún caso irá en contra del principio de reunificación familiar», salvaguardando los derechos de los menores.

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Acceso a salud y educación

Una de las modificaciones más relevantes se presenta en el artículo 8° de la Ley de Migraciones. Si bien se mantiene la excepción para casos de emergencia médica y el acceso irrestricto para residentes permanentes, se establece que, fuera de esas situaciones, los establecimientos de salud estatales «solo se brindará tratamiento médico o atención sanitaria habitual contra la presentación de un seguro de salud o la previa cancelación del servicio”.

En el ámbito educativo, el Título II del decreto introduce cambios a la Ley de Educación Superior y a la Ley de Educación Nacional, indicando que «las instituciones de educación superior de gestión estatal podrán establecer retribuciones por los servicios de educación para» los extranjeros no residentes, aunque se especifica que esto no impedirá que puedan acceder a becas.

Causas de impedimento y nuevos requisitos

El decreto redefine las categorías migratorias, admitiendo «residentes permanentes», «residentes temporarios» o «residentes transitorios». La «residencia precaria», otorgada por 90 días, podrá ser revocada si se desnaturalizan los motivos de su concesión.

Además, se establecen de manera más rigurosa las causas que pueden impedir el ingreso y la permanencia de extranjeros en el país. Entre ellas se mencionan la presentación de documentación falsa, la omisión de informar antecedentes penales o requerimientos judiciales, haber articulado un hecho simulado o en fraude a la ley para obtener un beneficio migratorio, o la falta de exhibición de una oferta de trabajo efectiva cuando el motivo de ingreso sea laboral.

Asimismo, los extranjeros que soliciten admisión deberán presentar una declaración jurada «en la que manifiesten el propósito de su ingreso, que cuentan con un seguro de salud para atender sus necesidades médicas y las demás condiciones que establezca la reglamentación».

Finalmente, el Título III crea la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión, en el ámbito del Ministerio de Economía, con el objetivo de diseñar y gestionar programas que «tiendan a lograr la radicación de capitales extranjeros en el país, y, en general, alentar la inversión directa extranjera”.

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