Milei nombró jueces por decreto, ¿innovación o atropello? El Senado, en su clásico papel de espectador, aún no se pronunció. Una ONG, veloz como Usain Bolt con insomnio, ya presentó un amparo. ¿Será que Milei quiso evitar el «toma y daca» del Senado o simplemente le dio fiaca esperar?
La CEPIS, cual David contra Goliat (pero con menos onda bíblica), alega inconstitucionalidad y pide frenar la jura. El decreto, una oda a la crítica al Senado, acusa a los legisladores de «demora estratégica» con fines políticos. ¿Habrá rosca política detrás de todo esto? La justicia, como siempre, tendrá la última palabra o, al menos, la próxima en este culebrón.
ONG busca frenar la jura de jueces designados por decreto
Tras la designación por decreto de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla para la Corte Suprema por parte del presidente Javier Milei, la Asociación Civil Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) presentó un amparo ante la Justicia. La ONG solicita la suspensión de la jura de ambos candidatos, argumentando la inconstitucionalidad del Decreto 137/2025 que oficializa las designaciones.
El pedido de la CEPIS: nulidad e inconstitucionalidad
La CEPIS no solo busca frenar la jura, sino que también pide la nulidad y declaración de inconstitucionalidad del decreto presidencial. Solicitan una medida cautelar interina que impida el cumplimiento del decreto hasta que se resuelva la cuestión de fondo sobre su legalidad. La ONG argumenta que el Poder Ejecutivo se arrogó facultades legislativas, vulnerando el principio de no concentración de poder y la independencia judicial. «El dictado del decreto 137/2025, demuestran la vulneración de principio de no concentración de poder, carece de la debida fundamentación y resulta desproporcionada la relación de la situación alegada con el daño institucional que genera”, señala el escrito presentado.
La justificación del Gobierno: inacción del Senado
El decreto publicado en el Boletín Oficial critica duramente al Senado por no haberse pronunciado sobre los pliegos de los candidatos propuestos. El Gobierno acusa a la Cámara Alta de demorar su decisión por «consideraciones motivadas por la conveniencia política» y de poner en peligro el funcionamiento de la Corte Suprema. «Esa dilación […] implica un incumplimiento de los deberes constitucionales del Senado, obvia lo establecido por medio del artículo 16 de la Constitución y subordina la correcta administración de justicia a intereses partidarios, en perjuicio de la totalidad de la ciudadanía», afirma el texto del decreto. El Ejecutivo considera que el silencio del Senado es «injustificable» y que la situación actual de la Corte Suprema implica «el riesgo inminente de una parálisis del ejercicio de su función jurisdiccional».