Revés judicial: Cristina K. no recupera sus bienes

Redacción Cuyo News
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Días después de la condena confirmada por corrupción contra Cristina Kirchner, el Tribunal Oral Federal 5 (TOF 5) que debe realizar el juicio del caso Hotesur-Los Sauces donde la ex vicepresidenta y su hijo, están acusados por lavado de dinero, rechazó levantar los embargos y la inhibición general de bienes de la familia Kirchner. Se ordenó, además, una tasación de los bienes familiares y se prorrogó la veeduría del ARCA sobre los hoteles y la inmobiliaria.

El 13 de febrero, el fiscal general Diego Velasco fue el primero en oponer al pedido de Carlos Beraldi para que los embargos trabados en las causas Hotesur y Los Sauces sean reemplazados con los dólares de Florencia Kirchner, dos departamentos de Puerto Madero y sus respectivas cocheras.

El representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo en aquella ocasión, que si hay una condena, el decomiso sería por una cifra superior y que los bienes ofrecidos tienen vinculación con las maniobras de blanqueo.

Mientras el juez Jorge Gorini -responsable de ejecutar la condena del caso Vialidad- lo que incluye un decomiso de $ 86.085.463.548,25, dio intervención al Cuerpo de Peritos Tasadores de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para actualizar el monto fijado en la sentencia por corrupción, otro debate se abre sobre la fortuna de la familia Kirchner.

Como resultado de la sentencia condenatoria de Vialidad que quedó firme tras el fallo de la Corte, Gorini también pidió que los peritos contables del máximo tribunal procedan con la tasación de los bienes que serán ejecutados para cumplir con el decomiso.

A esa situación se suma el rechazo del Tribunal Oral Federal 5 (TOF 5) integrado por los jueces José Michilini, Nicolás Toselli y la jueza Adriana Palliotti, de suplantar los embargos trabados como también, la negativa de levantar la inhibición general de bienes que rige en el marco del a causa Hotesur – Los Sauces.

El abogado de Cristina, Máximo y Florencia Kirchner había solicitado que los embargos ordenados en la causa que investigó a las empresas familiares por lavado de dinero, sean reemplazados y así poder recuperar el manejo de las compañías y de los bienes que fueron producto de la sucesión del ex presidente.

El planteo de la defensa indicaba que los embargos trabados en ambos expedientes y que ascienden a 2.239.295.812,2 pesos podrían ser sustituidos por un conjunto de propiedades que ponen a disposición y que, según una tasación ordenada por la defensa, logran cubrir el monto cautelado.

El primer rechazo a esa medida provino por parte del Gobierno, a través de la Unidad de Información Financiera (UIF) que interviene como querellante en ambos expedientes pendiente. Después vino la determinación del fiscal Velasco.

Bajo el mismo criterio, se pronunció el TOF 5 que en una resolución de 80 páginas a la que accedió Clarín, indicaron: «O hacer lugar a lo solicitado por los Dres. Beraldi y Llernovoy de que se dé por satisfecho el embargo de sus defendidos».

Asimismo, se decidió «mantener los embargos decretados respecto de las sumas dinerarias depositadas en la caja de ahorro en dólares del Banco Galicia y las cajas de seguridad de dicha entidad bancaria n° 5783-9-9 y 5783-3-5 (U$S 1.032.144,91 y $53.280,24 en cajas de ahorros y U$S 4.664.000 en caja de seguridad», que corresponden a los dólares de Florencia Kirchner.

Por otro lado, se resolvió trabar el embargo respecto de la totalidad de los bienes inmuebles y rodados a nombre de Cristina Fernández, Máximo Kirchner, Florencia Kirchner y/o del “Condominio Máximo Carlos Kirchner y Florencia Kirchner”, “Hotesur SA” y “Los Sauces SA”.

Se ordenó una tasación de las 25 propiedades, las tres compañías familiares y los vehículos que son parte del acervo patrimonial de la familia Kirchner.

Con el patrimonio embargado y una total prohibición de modificar cualquier estado actual de situación de las compañías investigadas por lavado de dinero, el TOF 5 también prorrogó por seis meses al designación de veedores informantes (funcionarios de la AFIP) respecto a Hotesur S.A., Los Sauces S.A., el “Condominio Máximo Carlos Kirchner y Florencia Kirchner” y “Hotel Los Sauces Casa Patagónica”.

La defensa había señalado que Cristina, Máximo y Florencia Kirchner no pueden disponer de sus bienes, mientras que, además, los hijos de la ex vicepresidenta “ni siquiera pueden utilizar libremente los frutos obtenidos a partir de la administración de su patrimonio. Esa peculiar situación no se condice con el estado de inocencia de sus asistidos, quienes en los hechos padecerían -a su criterio- de una suerte de pena pecuniaria anticipada”.

Los jueces Michilini y Toselli en un voto conjunto indicaron, al rechazar sustituir los embargos, que el 16 de diciembre de 2024 la Corte Suprema de Justicia ordenó la realización del juicio oral y público. Deberán comparecer por el delito de lavado de activos de origen delictivo, con excepción del delito de asociación ilícita en concurso real atribuido además en el requerimiento de “Los Sauces”.

En función de ese cuadro probatorio que conduce a Cristina Kirchner y al diputado nacional a comparecer ante un Tribunal de juicio, los magistrados consideraron que ante una eventual condena, las multas serán equivalentes a la suma de dos a diez veces el monto de la operación ilícita.

La familia Kirchner había sugerido levantar los embargos y suplirlos con: USD 4.664.000, depositados en cajas de seguridad a nombre de Florencia Kirchner, secuestrados en el marco de la causa “Hotesur”, USD 1.032.144,91, depositados en cuenta bancaria a nombre de la hija de la ex vice.

También pusieron a disposición de la justicia: la Unidad funcional 440 (dúplex 8 y 9) y cinco cocheras relacionadas del edificio Madero Center, sito en Juana Manso 555, perteneciente a Los Sauces S.A., a los que se les atribuyó un valor de U$D 2.442.000.

La conclusión del TOF 5 fue que esos bienes, que además integran las operaciones de lavado de activos, “resultan insuficientes para asegurar el adecuado cumplimiento de todas las responsabilidades pecuniarias que eventualmente podrían imponerse en una futura sentencia”.

En ese sentido se recordó que fueron asegurados “por haber sido sindicados por las acusaciones como vinculados con el delito imputado, es decir, que podrían ser eventualmente encuadrados como supuestos de decomiso”.

Por otra parte, los bienes de titularidad de Florencia Kirchner, pese a su sobreseimiento firme, “también podrían eventualmente ser alcanzados por el decomiso si se determinase que fueron el producto o provecho del delito del cual se haya beneficiado a título personal”, sostiene la resolución judicial.

Por su lado, la jueza Pallioti explicó que frente a los delitos investigados en Hotesur – Los Sauces “gran parte de las medidas cautelares dispuestas por los jueces de grado sobre los bienes de las personas implicadas, estuvieron dirigidas al recupero de activos frente al eventual caso de que, como resultado del juicio oral y público, pudiese recaer una sentencia de condena y a la evitación de maniobras pudieran generar un menoscabo en la preservación de dichos activos”.

Asimismo, señaló la magistrada: “No es posible pasar por alto que estamos frente a una imputación que conlleva a la desestabilización del orden socioeconómico, que, por ello, y así lo ha demostrado la experiencia tanto nacional como internacional, no resulta controlable a través de los mecanismos jurídicos tradicionales”.

En virtud de lo expuesto, “habiendo brindado las razones de hecho y de derecho por las cuales considero que los bienes ofrecidos para cubrir los montos de los embargos oportunamente dispuestos con relación a los imputados no pueden ser afectados a tales efectos, habré de rechazar el pedido de levantamiento de los embargos y las inhibiciones generales de bienes”.

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