Revés para Daniel Pérez Gadín en la Ruta del Dinero K

Redacción Cuyo News
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La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, con la composición de los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo, desestimó este miércoles una solicitud de libertad asistida presentada por la defensa de Daniel Pérez Gadín, en el contexto de la causa conocida como la Ruta del Dinero K.

Previamente, el tribunal oral había rechazado la petición de libertad asistida formulada por la defensa de Pérez Gadín. Esta decisión fue impugnada ante la Cámara de Casación, donde la Sala IV, con el voto mayoritario de los jueces Borinsky y Carbajo, declaró la inadmisibilidad del recurso presentado y, consecuentemente, convalidó la denegación original.

Consideraciones del tribunal

La argumentación de los magistrados Borinsky y Carbajo se centró en que el arresto domiciliario de Pérez Gadín en esta causa había finalizado, habiéndose dispuesto su libertad ambulatoria bajo una serie de condiciones específicas.

En virtud de esta situación, el tribunal consideró que la defensa del acusado no había logrado demostrar que el cumplimiento de las obligaciones impuestas en el marco de su libertad ambulatoria pudiera “resultar equiparable a experimentar una situación de encierro privativo de la libertad”.

De esta manera, Borinsky y Carbajo concluyeron que el impugnante no había rebatido de manera efectiva los fundamentos del tribunal de juicio, que había determinado que, al encontrarse dispuesto un régimen de libertad ambulatoria para esta causa, el pedido de libertad asistida resultaba improcedente. Los jueces señalaron que la defensa se había limitado a expresar su desacuerdo con lo resuelto, sin lograr demostrar la arbitrariedad de la decisión.

La causa y la condena

El expediente judicial en cuestión investigó la introducción fraudulenta en el circuito económico de fondos de origen ilegítimo, pertenecientes a Lázaro Báez. El objetivo de estas operaciones era disimular la procedencia de los activos y reincorporarlos al sistema financiero formal con una aparente licitud.

Daniel Pérez Gadín fue condenado en esta causa a una pena de cuatro años de prisión, al pago de una multa equivalente a tres veces el monto de las operaciones, accesorias legales y costas procesales. Se le consideró penalmente responsable del delito de lavado de activos, cometido en dos oportunidades en concurrencia material, en calidad de coautor, por su participación en la adquisición de dos propiedades inmobiliarias en la República Oriental del Uruguay: «El Entrevero» y un terreno en «El Faro de José Ignacio». Es importante destacar que esta sentencia aún no ha adquirido firmeza.

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