Voto postal: argentinos en el exterior podrán votar más fácil.

Redacción Cuyo News
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El Semitón

Adiós a las colas en el consulado: argentinos en el exterior podrán votar por correo

El Gobierno Nacional, a través del Decreto 239/2025, implementó una nueva reglamentación que permitirá a los ciudadanos argentinos residentes en el exterior votar por correo postal en las elecciones nacionales. Esta medida, publicada en el Boletín Oficial, modifica la Ley 24.007 y deroga el anterior Decreto 1138/93.

La decisión se fundamenta en la dificultad que representa para muchos argentinos residentes en el exterior la necesidad de trasladarse hasta las sedes consulares para ejercer su derecho al voto. Las distancias, a menudo considerables, limitaban la participación de una parte significativa del electorado en el exterior. Con la implementación del voto por correo, el Ejecutivo busca garantizar una participación «más eficaz» en los procesos electorales.

¿Cómo funciona el voto por correo?

El procedimiento para votar por correo es simple. Los ciudadanos argentinos que residen en el exterior y deseen utilizar esta modalidad deberán inscribirse en un registro digital habilitado por la Cámara Nacional Electoral. La inscripción estará abierta desde 150 hasta 120 días corridos antes de los comicios. Es importante destacar que, al optar por el voto postal, el elector será dado de baja automáticamente del padrón general de voto presencial.

Una vez inscriptos, los electores recibirán en su domicilio un sobre con la boleta única de papel oficial, un sobre de resguardo del voto, un instructivo y un formulario de Declaración Jurada de Identidad para completar. El sobre con el voto deberá ser enviado por correo o depositado personalmente en los buzones habilitados en las representaciones diplomáticas o consulares, a más tardar el último día hábil local anterior a la elección.

El derecho al voto en el exterior

La nueva reglamentación reitera que los argentinos residentes en el exterior tienen derecho a votar en todas las instancias de las elecciones nacionales, en igualdad de condiciones con los ciudadanos residentes en el país. Sin embargo, a diferencia de estos últimos, para los residentes en el exterior el voto es optativo y no obligatorio. La Cámara Nacional Electoral será la encargada del control, fiscalización y actualización del padrón de electores residentes en el exterior.

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