Boleta Única Papel: cómo será el nuevo sistema de votación en octubre 2025

Redacción Cuyo News
4 min

La Boleta Única de Papel (BUP) es el mecanismo establecido por la Ley 27.781, sancionada el 1 de octubre de 2024, que reemplazará el sistema de boletas partidarias en las elecciones nacionales legislativas de octubre de 2025.

¿Qué cargos se elegirán con la BUP?

Cada elector votará:

  • Diputados Nacionales: en todo el país.
  • Senadores Nacionales: en Capital Federal y en las provincias de Chaco, Entre Ríos, Neuquén, Río Negro, Salta, Santiago del Estero y Tierra del Fuego.

Pasos para votar con la BUP

  1. Marcá una sola opción por categoría (cada cargo) dentro de un recuadro.
  2. Plegá la boleta según las indicaciones (para garantizar el secreto del voto).
  3. Introducí la boleta plegada en la urna.

¿Qué tipos de votos existen con la BUP?

Según el Código Electoral, los tipos de votos y sus definiciones son las siguientes:

  • Voto afirmativo o positivo: es el emitido con boleta oficializada donde se marca al menos una opción por categoría. Se cuenta como válido.
  • Voto nulo: se considera nulo si:
    • Se utiliza una boleta no oficializada.
    • Se marcan dos o más opciones para el mismo cargo (afecta esa categoría solo).
    • La boleta está dañada al punto de que no se puede identificar la marca.
    • Contiene inscripciones o imágenes no autorizadas que impiden identificar la elección.
    • Se depositan objetos extraños junto con la boleta.
  • Voto recurrido: aquel cuya validez es cuestionada por un fiscal. Su definición final se resuelve en el escrutinio definitivo.
  • Voto de identidad impugnada: si hay dudas sobre la identidad del elector, el voto queda pendiente de verificación.
  • Voto en blanco: se da cuando el elector no marca ninguna opción en una o más categorías. También se considera en blanco si la boleta oficializada carece del cuerpo de una categoría específica.

Regulación y diseño de la BUP

La ley establece y regula varios aspectos del diseño y su implementación:

  • Debe contener todas las categorías y agrupaciones políticas, organizadas horizontal y verticalmente.
  • El orden de las agrupaciones se determina por sorteo en audiencias públicas.
  • La impresión estará a cargo del Estado, con una cantidad equivalente al padrón electoral más un 5% extra para contingencias.
  • Se establecerá en tiempo y forma la campaña de difusión para explicar su uso a la ciudadanía.
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