
<div class="semiton-wrapper" data-texto="Ante la inminente realidad de una infracción de tránsito, el Ministerio de Gobierno, en un acto de sorprendente transparencia burocrática, ha decidido iluminarnos con el ABC para gestionar el asunto. Por si alguien dudaba, el juzgado al que hay que ir no es el de tu barrio, sino el que misteriosamente aparece en el ticket.
Además, la proeza de presentarse: ni antes de 48 horas (porque la burocracia necesita su tiempo), ni después de cinco días hábiles (porque el sistema no espera a nadie). Si la multa la recibió tu cuñado que usó tu auto, el problema es de tu cuñado; la responsabilidad, un concepto que nos persigue. ¿No te presentás? ¡Felicitaciones! Acabás de calificar para un pedido de captura, premio a la rebeldía. Y ni hablar de los documentos: DNI, tarjeta verde, seguro y RTO. Como si la vida no fuera lo suficientemente complicada. ¿Pago online? Jaja, qué ingenuos. En efectivo o débito, pero siempre de manera presencial. Así funciona, muchachos, la ley 24.449 no perdona."></div> Guía para enfrentar una multa de tránsito: el camino de la burocracia vehicular
El Ministerio de Gobierno, a través de la Secretaría de Gobierno, Justicia y DDHH, ha puesto a disposición de los ciudadanos una serie de respuestas a las preguntas más frecuentes sobre el procedimiento a seguir tras recibir una infracción de tránsito. Esta iniciativa busca disipar dudas y brindar claridad sobre un trámite que, para muchos, suele ser motivo de confusión y preocupación.
El juzgado: dónde y cuándo presentarse
Una de las primeras incógnitas que surge al recibir una multa es el lugar al que se debe acudir. Según la información oficial, el juzgado competente para resolver la situación se encuentra detallado de manera específica en el margen derecho de las boletas o en la parte inferior de los tickets de infracción. Es de suma importancia dirigirse al organismo indicado para iniciar la regularización.
Respecto a los plazos, la reglamentación establece que el infractor debe presentarse ante el juzgado correspondiente después de transcurridas las primeras 48 horas desde la emisión de la multa y dentro de un período máximo de 5 días hábiles. Esta ventana de tiempo, a menudo consignada en letra pequeña en el reverso del documento, es crucial para evitar complicaciones futuras.
Responsabilidad, documentación y métodos de pago
Un punto clave que subraya la secretaría es la persona responsable de presentarse ante el juzgado. Se enfatiza que debe ser la persona a la que se le labró el acta de infracción, y no necesariamente el titular del vehículo. Esto se debe a que la responsabilidad directa recae sobre el conductor al momento de cometer la falta.
La inobservancia de los plazos establecidos conlleva la declaración de rebeldía, una situación que puede tener consecuencias legales más severas, incluyendo la posibilidad de un pedido de captura del infractor. Para la presentación, la documentación requerida puede variar, pero generalmente incluye DNI, tarjeta verde del vehículo, seguro automotor vigente y la Revisión Técnica Obligatoria (RTO).
En cuanto a los métodos de pago, se informó que las multas pueden abonarse en efectivo o con tarjeta de débito, en las terminales de cobro habilitadas como San Juan Servicios y Pluspagos. Se aclara que, por el momento, no es posible realizar el pago de manera online. Este procedimiento se enmarca dentro de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, que regula las normas de circulación y las sanciones por su incumplimiento.
Para cualquier consulta adicional, se recomienda contactar directamente con los juzgados de Faltas, cuyos datos de contacto son:
- 1° Juzgado de Faltas:
Email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Teléfono: 4306746 - 2° Juzgado de Faltas:
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Teléfonos: 4305650 – 4305651 - 3° Juzgado de Faltas:
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Teléfono: 4305640
El Ministerio de Gobierno, a través de la Secretaría de Gobierno, Justicia y DDHH, ha publicado una guía exhaustiva que detalla los pasos a seguir frente a una infracción de tránsito. El documento aborda desde el lugar y los plazos de presentación ante los juzgados de faltas, hasta la documentación necesaria y los métodos de pago aceptados, con el objetivo de clarificar el proceso para los ciudadanos y evitar sanciones mayores.
Resumen generado automáticamente por inteligencia artificial

<div class="semiton-wrapper" data-texto="Ante la inminente realidad de una infracción de tránsito, el Ministerio de Gobierno, en un acto de sorprendente transparencia burocrática, ha decidido iluminarnos con el ABC para gestionar el asunto. Por si alguien dudaba, el juzgado al que hay que ir no es el de tu barrio, sino el que misteriosamente aparece en el ticket.
Además, la proeza de presentarse: ni antes de 48 horas (porque la burocracia necesita su tiempo), ni después de cinco días hábiles (porque el sistema no espera a nadie). Si la multa la recibió tu cuñado que usó tu auto, el problema es de tu cuñado; la responsabilidad, un concepto que nos persigue. ¿No te presentás? ¡Felicitaciones! Acabás de calificar para un pedido de captura, premio a la rebeldía. Y ni hablar de los documentos: DNI, tarjeta verde, seguro y RTO. Como si la vida no fuera lo suficientemente complicada. ¿Pago online? Jaja, qué ingenuos. En efectivo o débito, pero siempre de manera presencial. Así funciona, muchachos, la ley 24.449 no perdona."></div> Guía para enfrentar una multa de tránsito: el camino de la burocracia vehicular
El Ministerio de Gobierno, a través de la Secretaría de Gobierno, Justicia y DDHH, ha puesto a disposición de los ciudadanos una serie de respuestas a las preguntas más frecuentes sobre el procedimiento a seguir tras recibir una infracción de tránsito. Esta iniciativa busca disipar dudas y brindar claridad sobre un trámite que, para muchos, suele ser motivo de confusión y preocupación.
El juzgado: dónde y cuándo presentarse
Una de las primeras incógnitas que surge al recibir una multa es el lugar al que se debe acudir. Según la información oficial, el juzgado competente para resolver la situación se encuentra detallado de manera específica en el margen derecho de las boletas o en la parte inferior de los tickets de infracción. Es de suma importancia dirigirse al organismo indicado para iniciar la regularización.
Respecto a los plazos, la reglamentación establece que el infractor debe presentarse ante el juzgado correspondiente después de transcurridas las primeras 48 horas desde la emisión de la multa y dentro de un período máximo de 5 días hábiles. Esta ventana de tiempo, a menudo consignada en letra pequeña en el reverso del documento, es crucial para evitar complicaciones futuras.
Responsabilidad, documentación y métodos de pago
Un punto clave que subraya la secretaría es la persona responsable de presentarse ante el juzgado. Se enfatiza que debe ser la persona a la que se le labró el acta de infracción, y no necesariamente el titular del vehículo. Esto se debe a que la responsabilidad directa recae sobre el conductor al momento de cometer la falta.
La inobservancia de los plazos establecidos conlleva la declaración de rebeldía, una situación que puede tener consecuencias legales más severas, incluyendo la posibilidad de un pedido de captura del infractor. Para la presentación, la documentación requerida puede variar, pero generalmente incluye DNI, tarjeta verde del vehículo, seguro automotor vigente y la Revisión Técnica Obligatoria (RTO).
En cuanto a los métodos de pago, se informó que las multas pueden abonarse en efectivo o con tarjeta de débito, en las terminales de cobro habilitadas como San Juan Servicios y Pluspagos. Se aclara que, por el momento, no es posible realizar el pago de manera online. Este procedimiento se enmarca dentro de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, que regula las normas de circulación y las sanciones por su incumplimiento.
Para cualquier consulta adicional, se recomienda contactar directamente con los juzgados de Faltas, cuyos datos de contacto son:
- 1° Juzgado de Faltas:
Email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Teléfono: 4306746 - 2° Juzgado de Faltas:
Email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Teléfonos: 4305650 – 4305651 - 3° Juzgado de Faltas:
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Teléfono: 4305640