La Cámara de Comercios Unidos confirmó que el viernes 15 de agosto, pese a ser día no laborable con fines turísticos, el comercio en San Juan abrirá con normalidad. En estas fechas, el empleador decide si la actividad se detiene o continúa; si se trabaja, el pago es el habitual.
Domingo 17 de agosto: feriado nacional y pago doble
El domingo 17 de agosto es feriado nacional por el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín y coincide con el Día del Niño. En esta jornada, quienes presten tareas deben cobrar el doble, conforme a la legislación vigente para los feriados nacionales.
Qué dice la Ley 27.399 sobre estos días
La Ley 27.399 autoriza al Poder Ejecutivo a establecer hasta tres días no laborables al año con fines turísticos, preferentemente lunes o viernes, para fomentar los fines de semana largos. En 2025, el viernes 15 de agosto fue designado como uno de esos días. Además, la norma aclara que los feriados nacionales trasladables solo se modifican si caen martes, miércoles, jueves o viernes; si caen en sábado o domingo, como en este caso, no se trasladan.
Claves para el sector comercial
• Viernes 15 (no laborable): apertura normal del comercio; el empleador define si se trabaja. Remuneración habitual si hay actividad.
• Domingo 17 (feriado nacional): apertura a criterio del empleador; pago doble para quienes trabajen.
En San Juan, el viernes 15 de agosto será día no laborable pero el comercio abrirá con normalidad: cada empleador definirá si se trabaja y, de hacerlo, el pago será el habitual. El domingo 17 de agosto, feriado nacional por el Paso a la Inmortalidad de San Martín y Día del Niño, quienes presten tareas deberán cobrar doble. La medida se enmarca en la Ley 27.399, que habilita fijar hasta tres días no laborables turísticos al año y aclara que los feriados trasladables no se mueven si caen sábado o domingo.
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La Cámara de Comercios Unidos confirmó que el viernes 15 de agosto, pese a ser día no laborable con fines turísticos, el comercio en San Juan abrirá con normalidad. En estas fechas, el empleador decide si la actividad se detiene o continúa; si se trabaja, el pago es el habitual.
Domingo 17 de agosto: feriado nacional y pago doble
El domingo 17 de agosto es feriado nacional por el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín y coincide con el Día del Niño. En esta jornada, quienes presten tareas deben cobrar el doble, conforme a la legislación vigente para los feriados nacionales.
Qué dice la Ley 27.399 sobre estos días
La Ley 27.399 autoriza al Poder Ejecutivo a establecer hasta tres días no laborables al año con fines turísticos, preferentemente lunes o viernes, para fomentar los fines de semana largos. En 2025, el viernes 15 de agosto fue designado como uno de esos días. Además, la norma aclara que los feriados nacionales trasladables solo se modifican si caen martes, miércoles, jueves o viernes; si caen en sábado o domingo, como en este caso, no se trasladan.
Claves para el sector comercial
• Viernes 15 (no laborable): apertura normal del comercio; el empleador define si se trabaja. Remuneración habitual si hay actividad.
• Domingo 17 (feriado nacional): apertura a criterio del empleador; pago doble para quienes trabajen.