AEPD frena el reconocimiento facial en exámenes: ¿Qué universidades están afectadas?

Redacción Cuyo News
6 min
Cortito y conciso:

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) dictaminó que las universidades no están autorizadas a utilizar tecnología de reconocimiento facial para prevenir el fraude en exámenes online. La AEPD considera que los datos biométricos son sensibles y su uso requiere una normativa específica. La resolución surge de una denuncia contra la Universitat Internacional Valenciana (UIV) por implementar un sistema de monitoreo que utilizaba reconocimiento facial e inteligencia artificial para verificar la identidad de los estudiantes durante los exámenes, algo que la AEPD considera una violación a la protección de datos personales.

La polémica vigilancia en exámenes universitarios: ¿hasta dónde puede llegar el control digital?

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha puesto el grito en el cielo con respecto al uso de tecnologías de reconocimiento facial en la evaluación online, y vaya que ha generado controversia. En una resolución que sacude los cimientos de la educación virtual, la AEPD sentencia que, por ahora, las universidades no tienen carta blanca para implementar estos sistemas de control biométrico. ¿Será que la tecnología se está pasando de rosca o estamos exagerando el riesgo?

La cuestión central radica en la naturaleza de los datos biométricos. La AEPD los considera «datos de categoría especial» y, por ende, su tratamiento debe ser excepcional, justificado por un riesgo real de manipulación. Aquí es donde se abre el debate: ¿es el fraude en exámenes online una amenaza tan grave como para justificar la recolección de datos faciales?

La resolución de la AEPD no cierra la puerta definitivamente, pero exige una normativa clara. Se necesitará definir «en qué casos, condiciones y bajo qué garantías puede realizarse este tratamiento biométrico». Es decir, si las universidades quieren jugar a ser Gran Hermano, primero tendrán que conseguir el permiso de las autoridades y establecer reglas claras.

## El caso que encendió la polémica

La chispa que desató este incendio fue una denuncia contra la Universitat Internacional Valenciana (UIV). La universidad había implementado un sistema de monitoreo que obligaba a los estudiantes a usar reconocimiento facial y doble cámara durante los exámenes. El objetivo, según la UIV, era evitar fraudes y suplantaciones. Pero para la AEPD, el remedio era peor que la enfermedad.

«Este sistema implicaba, obligatoriamente y sin alternativas válidas para el alumnado, el uso de tecnologías biométricas de reconocimiento facial y doble cámara (monitorización 360) con la finalidad declarada de evitar fraudes y suplantaciones en evaluaciones académicas online. El software utilizaba un sistema de reconocimiento facial mediante inteligencia artificial (IA) por el que se capturaban y analizaban imágenes en tiempo real para verificar de forma continuada la identidad de los estudiantes durante los exámenes», señala la Agencia, y vaya que suena a película de ciencia ficción distópica.

El sistema de la UIV no solo verificaba la identidad del estudiante, sino que también monitoreaba su escritorio y el entorno circundante. ¿Exceso de celo o medida necesaria? La UIV se defendió argumentando que los datos eran «seudonimizados y suprimidos rápidamente», pero reconoció que el tratamiento suponía un «riesgo muy alto de impacto para los derechos y libertades de las personas afectadas». ¿Será que la universidad se dio cuenta de que se había pasado de la raya?

## ¿Una moda pandémica?

La vigilancia por reconocimiento facial en exámenes se popularizó durante la pandemia. Universidades de todo el mundo, especialmente en Estados Unidos y Asia, vieron en esta tecnología una solución para continuar con el curso académico. España no fue la excepción. Pero, ¿es esta una solución legítima o una respuesta exagerada a un problema real?

Ya en 2021, la AEPD había advertido que «no resulta justificada» la necesidad de tratar datos personales por estos medios. La Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) también se sumó a la ola de escepticismo y descartó el uso de estas tecnologías. ¿Será que el sentido común está prevaleciendo sobre el miedo al fraude?

## ¿Qué futuro le espera al reconocimiento facial en la educación?

La resolución de la AEPD deja más preguntas que respuestas. ¿Es posible encontrar un equilibrio entre la seguridad y la privacidad en la evaluación online? ¿Qué tipo de normativa sería necesaria para permitir el uso de reconocimiento facial sin violar los derechos de los estudiantes?

Lo que está claro es que el debate está abierto. Y como siempre, la tecnología nos plantea dilemas éticos y legales que debemos resolver. ¿Estamos dispuestos a sacrificar nuestra privacidad en nombre de la seguridad? ¿O podemos encontrar soluciones más creativas y menos invasivas para garantizar la integridad de los exámenes online? El tiempo dirá.

Compartir

🔺 Tendencia

🔺 Tendencia