Trabajo adolescente protegido: ¿Cuáles son tus derechos?

Redacción Cuyo News
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trabajo adolescente protegido: derechos, restricciones y obligaciones en san juan

El Ministerio de Gobierno, a través de la Subsecretaría de Trabajo, intensifica la supervisión del cumplimiento de la Ley N.º 26.390, que regula el trabajo adolescente protegido en San Juan. Esta normativa garantiza que la experiencia laboral de los jóvenes no comprometa su bienestar ni interfiera con su derecho a la educación.

La Ley N.º 26.390 establece que los adolescentes de entre 16 y 17 años pueden acceder al empleo siempre y cuando cuenten con la autorización expresa de sus padres, madres, tutores o responsables legales, salvo en casos de emancipación.

¿cuáles son los derechos de los adolescentes trabajadores?

El trabajo adolescente protegido garantiza una serie de derechos fundamentales para los jóvenes:

  • Vacaciones: 15 días por año.
  • Descanso: 2 horas al mediodía si trabajan jornada partida.
  • Remuneración igualitaria: Mismo salario que un adulto por igual tarea.
  • Registro laboral: Formalización de la relación laboral.
  • Continuidad educativa: Obligatoriedad de cursar estudios (Ley 26.206).
  • Protección sindical y legal: Afiliación a sindicatos, cobertura de ART y posibilidad de realizar reclamos administrativos o judiciales.

¿qué actividades están prohibidas?

Para proteger la salud física y emocional de los adolescentes, existen restricciones específicas:

  • Prohibición de tareas penosas, peligrosas o insalubres (Decreto N.º 1.117/16).
  • Límite de 6 horas diarias o 36 semanales en zonas urbanas, y 32 horas semanales en zonas rurales (salvo autorización especial).
  • Prohibición de horas extra.
  • Restricción del trabajo nocturno: de 20:00 a 6:00 hs en zonas urbanas, y de 20:00 a 5:00 hs en zonas rurales.

obligaciones del empleador

Para contratar a un adolescente en el marco del trabajo protegido, los empleadores deben:

  • Gestionar la Clave de Alta Temprana (CAT) antes de la incorporación.
  • Registrar al adolescente en la obra social correspondiente.
  • Contar con una póliza de seguro o ART vigente.

¿Cómo se gestiona la autorización?

El trámite se realiza ante la Subsecretaría de Trabajo, pudiendo ser iniciado por el empleador (con autorización firmada por los padres o tutores) o directamente por los adultos responsables del adolescente.

Documentación necesaria:

  • Nota del empleador con detalle de tareas, horario, lugar y condiciones laborales.
  • Formulario firmado por el menor y sus padres o tutores.
  • Fotocopias de DNI (menor y padres o tutor).
  • Partida de nacimiento actualizada.
  • Certificado de escolaridad (original o libreta).
  • Certificado médico original.
  • Póliza de Seguro o ART.
  • En caso de tutela, la resolución judicial correspondiente.
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