Reforma previsional: quiénes ya no podrán cobrar la pensión por viudez, según ANSES

Redacción Cuyo News
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Desde agosto, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) modificó los requisitos para acceder a la pensión por fallecimiento. Esta decisión forma parte de la reforma previsional impulsada por el Gobierno nacional, y afecta directamente a quienes no están incluidos en el régimen contributivo.

¿A quiénes afecta la nueva medida?

Según el nuevo esquema, sólo podrán acceder a la pensión por fallecimiento los beneficiarios del régimen jubilatorio contributivo. Quienes hayan recibido la jubilación a través de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) ya no podrán acceder a esta prestación tras la muerte de su cónyuge o conviviente.

Esto significa que el beneficio queda restringido exclusivamente a quienes realizaron aportes previsionales formales. Los beneficiarios de PUAM, al no pertenecer a este régimen, quedan excluidos.

Requisitos para acceder a la pensión por fallecimiento

Para quienes sí tienen derecho (cónyuge, conviviente o hijos del fallecido), ANSES exige acreditar el vínculo legal o convivencial y presentar documentación correspondiente:

  • Cónyuge: partida de matrimonio actualizada (emitida hasta 1 año antes de la solicitud y no más de 6 meses antes del fallecimiento).
  • Conviviente: mínimo de 5 años de convivencia demostrable, o 2 años si hay hijos en común.
  • Hijos: menores de 18 años, solteros y a cargo del fallecido. En caso de discapacidad, no hay límite de edad.

También se requiere:

  • Partida de defunción del jubilado fallecido
  • DNI del solicitante
  • Formularios específicos de ANSES (PS 6.9, PS 6.12, PS 6.13, entre otros)

¿Cuánto se cobra por pensión por fallecimiento?

El monto que se percibe es un 70% del haber del jubilado fallecido. Este porcentaje se distribuye entre los beneficiarios de la siguiente manera:

  • Sin hijos: el cónyuge o conviviente cobra el 70% completo.
  • Con hijos con derecho a pensión: el cónyuge o conviviente cobra el 50%, y el 20% restante se asigna al hijo o los hijos, en partes iguales.

En caso de no haber cónyuge ni conviviente, el monto se reparte íntegramente entre los hijos que cumplan los requisitos.

Contexto político y previsional

La reforma se enmarca en un escenario de alta tensión entre el Poder Ejecutivo y sectores de la oposición. Recientemente, el presidente Javier Milei vetó el aumento para jubilados aprobado en el Congreso, generando un nuevo frente de conflicto en medio de la crisis social y económica.

La ANSES, por su parte, avanza con cambios que apuntan a reducir el gasto previsional, aunque no exentos de críticas por el posible impacto sobre sectores vulnerables.

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