En un revés judicial que podría marcar un precedente en la relación entre el poder ejecutivo y la prensa, los fiscales federales Ramiro González y Paloma Ochoa dictaminaron la “falta de acción pública” respecto a las querellas iniciadas por el presidente Javier Milei contra los periodistas Carlos Pagni y Ari Lijalad. Las denuncias, presentadas bajo la figura de «calumnias e injurias», no encontraron eco en el Ministerio Público Fiscal.
El fiscal González, al analizar el caso de Carlos Pagni, columnista de La Nación, consideró que las expresiones del periodista no constituyen un delito de acción pública que justifique una investigación por parte de la fiscalía. A pesar de las afirmaciones del Presidente, quien sostuvo que Pagni comparó su ascenso al poder con el de Adolf Hitler, la fiscalía optó por un “criterio restrictivo”, entendiendo que dichas manifestaciones “podrían encontrarse amparadas bajo la libertad de expresión”, un pilar fundamental de la Constitución.
Según la postura fiscal, los delitos de «calumnias e injurias» son de acción privada, lo que significa que la responsabilidad de su persecución recae directamente sobre la parte agraviada a través del ejercicio de la querella, sin la intervención obligatoria de la fiscalía. González enfatizó que el análisis de las expresiones periodísticas no puede aislarse de su contexto, especialmente en editoriales de índole política, donde la “valoración jurídica” demanda una “especial prudencia”.
Libertad de expresión como garantía constitucional
El dictamen del fiscal subrayó la importancia de la libertad de expresión como un “derecho perfecto y natural” y una “garantía constitucional fundamental”. Este derecho no solo abarca la libertad de pensamiento y opinión, sino también la capacidad de “buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras”.
En el caso de Ari Lijalad, periodista de El Destape, la fiscal Paloma Ochoa llegó a una conclusión similar. Determinó que las expresiones cuestionadas, referidas a “temas de interés público”, se encuentran protegidas por el ejercicio de la libertad de expresión, la libertad de prensa y el “rol propio de la labor periodística”.
Con estos dictámenes, los fiscales González y Ochoa, de alguna manera, le pusieron un freno a la estrategia judicial del Presidente contra determinados medios y comunicadores. Ahora, la decisión final recae sobre el juez federal Daniel Rafecas, quien deberá determinar si archiva las denuncias o permite que la causa continúe únicamente bajo el impulso de la querella particular.
Las denuncias presidenciales
Es importante recordar que el Presidente presentó las denuncias contra Pagni y Lijalad el pasado 9 de mayo. En esa misma jornada, también acusó a la periodista Viviana Canosa, de Canal 13, alegando que sus afirmaciones habían dañado su “honor y reputación”.
La denuncia contra Pagni se centró en la interpretación presidencial de que el periodista habría insinuado una comparación entre su llegada al poder y las acciones de Adolf Hitler. Sin embargo, el propio periodista de La Nación ha desmentido tales afirmaciones. El Presidente, en su presentación judicial, sostuvo que Pagni realizó un “recorrido histórico sobre el régimen nazi con la clara intención de inducir al lector a una comparación insidiosa entre el dictador Adolf Hitler y mi persona”.
Respecto a Canosa, la querella presidencial se fundamenta en que la periodista lo habría calificado de “déspota” y “autoritario”, comparándolo con “líderes dictatoriales”.
En el caso de Lijalad, la denuncia se originó por una nota publicada en El Destape titulada «Milei, entre el odio a la información y el discurso nazi». En ese artículo, Lijalad afirmó que el Presidente utiliza “el mismo discurso que utilizaban los nazis para justificar el asesinato de millones de judíos”.
El recorrido judicial
La denuncia contra Pagni fue sorteada y recayó en los tribunales federales de Comodoro Py, quedando a cargo del juez Rafecas. La denuncia contra Lijalad también llegó a este fuero, específicamente al Juzgado Federal N°6, que actualmente se encuentra vacante y subrogado por el mismo juez Rafecas. Por su parte, la denuncia contra Viviana Canosa se tramita ante el juez federal Sebastián Ramos, cuya fiscalía aún no ha emitido su dictamen.