La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció que actualizará las escalas del Monotributo y del Impuesto a las Ganancias a partir de julio, tras conocerse el índice de inflación acumulado del primer semestre del año, que fue del 15,56 %. Estos cambios impactan en los límites de facturación, las cuotas mensuales y los mínimos no imponibles.
Los contribuyentes del régimen simplificado verán incrementados sus topes de facturación anual, que pasarán de $82,3 millones a $95,1 millones para la categoría K. En el caso de la categoría A, el nuevo tope será de aproximadamente $9 millones anuales. También se actualizarán las cuotas mensuales que, por ejemplo, en la categoría A pasarán de $32.221 a cerca de $37.238.
La recategorización semestral obligatoria está habilitada desde el 15 de julio y permanecerá abierta hasta el 5 de agosto. Los monotributistas deberán revisar su nivel de facturación y situación fiscal para definir si permanecen en su categoría o deben pasar a otra.
Impuesto a las Ganancias: sube el mínimo no imponible
En el caso del Impuesto a las Ganancias, el nuevo mínimo no imponible mensual será de $2.640.703 para trabajadores solteros sin hijos, y de aproximadamente $3.466.800 para contribuyentes casados con dos hijos. Estos valores aplican para la liquidación de haberes de julio, con impacto efectivo en los pagos de agosto.
También se ajustan las deducciones generales como gastos por alquiler, educación, personal de casas particulares y otros conceptos contemplados por la normativa vigente. Las alícuotas del impuesto se mantienen sin cambios, entre el 5 % y el 35 %, según el tramo de ingresos.
Claves para no quedar afuera del régimen
Desde ARCA recordaron que quienes no recategoricen dentro del plazo estipulado podrán ser recategorizados de oficio y enfrentar sanciones, especialmente si se detectan inconsistencias entre sus ingresos declarados y sus consumos o movimientos bancarios.
Las nuevas escalas buscan reflejar la evolución de la inflación y evitar que los contribuyentes queden fuera del régimen por aumentos nominales en su facturación. La medida responde a las leyes fiscales aprobadas en 2024, que establecen actualizaciones semestrales automáticas.