El Ministerio de Familia y Desarrollo Humano de San Juan informó que la suspensión de la Pensión No Contributiva por Invalidez (PNCIL) es un proceso gestionado exclusivamente por organismos nacionales como la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y PAMI. En este contexto, no interviene ningún organismo provincial.
¿Qué hacer si se suspendió la pensión?
Ante la suspensión, la persona titular o su representante legal puede presentar una nota simple para solicitar la rehabilitación de la pensión. Este trámite se puede realizar de manera presencial, por correo postal o por correo electrónico.
Canales habilitados para presentar la solicitud:
- Presencial: En la oficina de ANSES más cercana al domicilio (con turno previo) o en ANDIS (Santa Fe, entre Entre Ríos y Sarmiento – San Juan).
- Correo postal: Agencia Nacional de Discapacidad, Av. Hipólito Yrigoyen 1439 – C1089AAA – CABA.
- Correo electrónico: [email protected]
Importante: Si la persona titular trabaja, la suspensión no podrá ser reevaluada, según lo establece el Decreto 432/97.
¿Cómo debe ser la nota para solicitar la rehabilitación?
No es necesario utilizar un formulario específico. La nota debe incluir:
- Firma del titular y/o representante de apoyo.
- Solicitud de rehabilitación de la PNCIL.
- DNI del titular y documentación respaldatoria (médica, baja de otra prestación si corresponde, etc.).
- Datos personales actualizados: domicilio, código postal, teléfono y correo electrónico.
No es necesario presentar Certificado Médico Oficial (CMO) ni Certificado Único de Discapacidad (CUD).
El Ministerio de Familia y Desarrollo Humano informó que, ante la suspensión de la Pensión No Contributiva por Invalidez (PNCIL), los trámites de auditoría y rehabilitación son competencia exclusiva de organismos nacionales como ANDIS y PAMI. No intervienen entidades provinciales. Además, si la persona titular de la pensión se encuentra trabajando, la suspensión no podrá ser revertida, según lo establece el Decreto 432/97.
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El Ministerio de Familia y Desarrollo Humano de San Juan informó que la suspensión de la Pensión No Contributiva por Invalidez (PNCIL) es un proceso gestionado exclusivamente por organismos nacionales como la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y PAMI. En este contexto, no interviene ningún organismo provincial.
¿Qué hacer si se suspendió la pensión?
Ante la suspensión, la persona titular o su representante legal puede presentar una nota simple para solicitar la rehabilitación de la pensión. Este trámite se puede realizar de manera presencial, por correo postal o por correo electrónico.
Canales habilitados para presentar la solicitud:
- Presencial: En la oficina de ANSES más cercana al domicilio (con turno previo) o en ANDIS (Santa Fe, entre Entre Ríos y Sarmiento – San Juan).
- Correo postal: Agencia Nacional de Discapacidad, Av. Hipólito Yrigoyen 1439 – C1089AAA – CABA.
- Correo electrónico: [email protected]
Importante: Si la persona titular trabaja, la suspensión no podrá ser reevaluada, según lo establece el Decreto 432/97.
¿Cómo debe ser la nota para solicitar la rehabilitación?
No es necesario utilizar un formulario específico. La nota debe incluir:
- Firma del titular y/o representante de apoyo.
- Solicitud de rehabilitación de la PNCIL.
- DNI del titular y documentación respaldatoria (médica, baja de otra prestación si corresponde, etc.).
- Datos personales actualizados: domicilio, código postal, teléfono y correo electrónico.
No es necesario presentar Certificado Médico Oficial (CMO) ni Certificado Único de Discapacidad (CUD).