Topes de extracción en cajeros y billeteras virtuales: cuánto podés sacar y transferir en marzo de 2026

Redacción Cuyo News
6 min

En el marco de la adecuación financiera de marzo 2026, las entidades bancarias del país han oficializado los nuevos límites de extracción diaria en cajeros automáticos. Estos montos, que dependen del historial crediticio y el segmento de cada usuario, buscan agilizar las operaciones en efectivo ante el contexto inflacionario. A continuación, se detallan los topes informados por las principales instituciones:

Límites de extracción por entidad bancaria

La capacidad de retiro varía sustancialmente entre los bancos públicos y privados. En el caso del Banco Nación, el tope básico es de $150.000, aunque puede elevarse a $500.000 mediante gestiones en homebanking. Por su parte, el Banco Provincia permite hasta $400.000, cifra que también admite ampliación vía canales digitales.

En el sector privado, el Banco Santander permite retiros de hasta $1.000.000, mientras que el BBVA establece un límite de $2.100.000 sujeto al perfil del cliente. El Banco Ciudad ofrece un máximo de $800.000 con posibilidad de extenderse a $1.200.000, y el Banco Galicia permite hasta $2.400.000 en terminales propias.

Nuevas disposiciones de ARCA para billeteras virtuales

En sintonía con las nuevas medidas económicas del Gobierno nacional, bajo el denominado “Plan de Reparación Histórica de los Ahorros” y la “Ley de Inocencia Fiscal”, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha modificado los umbrales de reporte obligatorio para las plataformas digitales.

De acuerdo con la nueva normativa, las billeteras virtuales deberán informar movimientos cuando el monto total sujeto a información supere los $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas. Este cambio representa un salto significativo respecto al límite anterior de $1.000.000. En el caso de los plazos fijos, el tope de información se elevó a $100.000.000 para individuos.

Documentación para la justificación de fondos

A pesar de la flexibilización de los topes, el organismo fiscal mantiene la potestad de solicitar una justificación de fondos en caso de operaciones que excedan los parámetros establecidos o presenten irregularidades. Los contribuyentes deberán contar con el respaldo de:

  • Recibos de sueldo o comprobantes de haberes previsionales.
  • Declaraciones juradas de impuestos (Ganancias, Bienes Personales).
  • Facturación de autónomos o monotributistas.
  • Contratos de compraventa de bienes registrables.
  • Certificados de ingresos validados por profesionales contables.
Compartir
🔺 Tendencia