Guía de la reforma inmobiliaria: quiénes pagan y quiénes quedan exentos de impuestos.

Redacción Cuyo News
6 min

Reforma laboral: cómo repercute en alquileres y venta de inmuebles

La implementación de la nueva reforma laboral y fiscal en Argentina ha generado un fuerte impacto en el mercado de real estate. Según se desprende del texto publicado en el Boletín Oficial, el artículo 192 introduce modificaciones clave que benefician directamente a las personas humanas que operan con inmuebles, buscando aliviar la carga tributaria y reactivar un sector estratégico.

Exención en la compraventa de inmuebles

Hasta la entrada en vigencia de esta reforma, las operaciones de compraventa de inmuebles adquiridos a partir de 2018 estaban sujetas al impuesto cedular, el cual gravaba con una alícuota del 15% la ganancia obtenida entre la compra y la venta. Con los nuevos cambios, quedan exentas del Impuesto a las Ganancias las personas humanas que realicen estas operaciones de manera ocasional.

No obstante, la ley mantiene el rigor para los «habitualistas»: aquellos que compran y venden inmuebles de forma regular seguirán tributando bajo el régimen general, con alícuotas progresivas que oscilan entre el 5% y el 35%.

Alivio para los alquileres de vivienda

Otro de los pilares de la reforma es el incentivo a la oferta de viviendas en alquiler. A partir de ahora, los ingresos provenientes del alquiler de inmuebles destinados a vivienda quedan exentos del Impuesto a las Ganancias para personas humanas. Esta medida apunta a reducir el costo fiscal de los propietarios, incentivando que más unidades vuelvan al mercado formal de alquileres, el cual ha sufrido una escasez histórica en los últimos años.

Ámbito de aplicación y exclusiones

El Artículo 2 del texto oficial delimita con precisión quiénes quedan fuera de las disposiciones de esta ley, estableciendo regímenes específicos para diversas actividades. Las disposiciones no serán aplicables a:

  • Administración Pública: Dependientes nacionales, provinciales o municipales (salvo acto expreso).
  • Casas Particulares: Personal regido por la Ley N° 26.844.
  • Trabajo Agrario: Sujeto al Régimen Nacional de Trabajo Agrario de forma prioritaria.
  • Contrataciones civiles: Obras, servicios, fletes y transporte regulados por el Código Civil y Comercial.
  • Independientes: Trabajadores y colaboradores en el marco de la Ley de Bases (Art. 97).
  • Plataformas tecnológicas: Prestadores independientes con regulación específica.

Esta segmentación busca que la naturaleza de cada actividad sea respetada, mientras que el incentivo inmobiliario del artículo 192 se enfoca primordialmente en dinamizar la inversión privada y el acceso a la vivienda a través de la desregulación impositiva.

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