La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) abrió una nueva convocatoria de su Plan de Retiros de Voluntad Recíproca (RVR), destinado a trabajadores de planta permanente que cumplan con una serie de requisitos establecidos por el organismo.

La inscripción ya se encuentra habilitada y los interesados podrán presentar su solicitud hasta las 23:59 del 30 de septiembre de 2026.

Quiénes pueden acceder al retiro voluntario de ANSES

La segunda etapa del programa fue formalizada mediante la Resolución 261/2026 y está destinada exclusivamente al personal de planta permanente de ANSES comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 305/98 “E”.

Para solicitar la adhesión, los trabajadores deberán haber ingresado al organismo antes del 1° de enero de 2024.

Además, deberán cumplir con alguna de las siguientes condiciones: tener entre 60 y 64 años, o tener entre 65 y 69 años y contar con menos de 30 años de aportes previsionales.

La incorporación al régimen no será automática. ANSES analizará individualmente cada solicitud y podrá aprobarla o rechazarla.

La Dirección General de Recursos Humanos será la encargada de verificar el cumplimiento de las condiciones antes de que el expediente avance por las distintas áreas del organismo.

En el caso de los trabajadores que tengan un mandato sindical vigente o sean candidatos a delegados gremiales, deberán renunciar previamente al cargo y a la tutela sindical para poder ingresar al régimen.

Cuánto se puede cobrar por el retiro

El incentivo económico consiste en una gratificación extraordinaria por única vez.

Para determinar el monto, ANSES tomará como referencia la remuneración bruta mensual que el empleado percibía en mayo de 2026 y aplicará el 90% por cada año de antigüedad dentro del organismo.

También se tendrá en cuenta la fracción de antigüedad cuando esta supere los tres meses.

De esta manera, el cálculo no se realizará sobre el salario vigente al momento de la desvinculación, sino sobre la remuneración correspondiente a mayo de 2026.

Para esta segunda convocatoria, el límite máximo de la gratificación será equivalente al 90% de 19 haberes brutos. El techo es inferior al establecido durante la primera edición del programa.

Cómo se tramita y cuándo se paga

El procedimiento comienza con la presentación de la solicitud ante la Dirección General de Recursos Humanos.

Posteriormente, el pedido será evaluado por las Subdirecciones Ejecutivas y Secretarías correspondientes. Una vez aprobada la adhesión, deberá formalizarse el acuerdo de desvinculación entre el trabajador y ANSES.

La Resolución 261/2026 establece que ese acuerdo deberá instrumentarse ante la autoridad administrativa del trabajo y posteriormente ser ratificado y homologado ante el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO).

La modalidad de pago dependerá del monto final de la gratificación. Si la suma no supera los $80.000.000, será abonada en una única cuota.

Cuando el importe supere ese monto, el pago se efectuará en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Superar los $80 millones no implica una reducción del beneficio, sino únicamente un cambio en la modalidad de acreditación. La fecha exacta dependerá de la finalización del trámite administrativo y de la formalización de la desvinculación.

Quiénes no pueden acceder al régimen

El plan establece distintas exclusiones. No podrán adherirse quienes se encuentren procesados o condenados por delitos contra la Administración Pública, ni quienes tengan procedimientos disciplinarios en curso que puedan derivar en una sanción de despido.

Tampoco podrán incorporarse quienes ya hayan iniciado su trámite jubilatorio o presentado su renuncia.

En el caso de trabajadores que mantengan reclamos administrativos o judiciales de carácter laboral o salarial, existen restricciones para la adhesión. Sin embargo, podrán desistir de esas acciones para continuar con el procedimiento de ingreso al régimen.