La Justicia condenó a una aerolínea a indemnizar a cuatro pasajeras que permanecieron varadas durante 56 horas en la provincia de Jujuy luego de la cancelación de un vuelo ocurrida en 2022.

El fallo determinó que la empresa deberá pagar un total de $1.720.000 más intereses, luego de considerar que no acreditó que las condiciones climáticas invocadas hubieran representado un hecho inevitable que justificara el incumplimiento.

La demanda contra la compañía aérea y una empresa que prestaba servicios en tierra comenzó en junio de 2024. Las pasajeras reclamaron por los gastos que debieron afrontar durante la espera y por las consecuencias derivadas de permanecer fuera de destino durante más de dos días.

La Justicia rechazó la explicación vinculada con el clima

Durante el proceso, la aerolínea sostuvo que la cancelación y las demoras estuvieron relacionadas con condiciones climáticas.

Sin embargo, la sentencia consideró que la compañía no logró probar que esas circunstancias hubieran constituido un hecho inevitable que permitiera justificar el incumplimiento de sus obligaciones frente a las pasajeras.

El caso fue analizado por el Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal N.° 10, que evaluó tanto los gastos materiales reclamados como el daño moral generado por la prolongada demora.

$120.000 por gastos y $1,6 millones por daño moral

En concepto de gastos materiales, el tribunal otorgó un total de $120.000, distribuidos en $30.000 para cada una de las cuatro pasajeras.

Aunque los comprobantes incorporados al expediente no resultaban legibles, el juzgado entendió que permanecer durante 56 horas fuera del destino previsto permitía presumir que las mujeres debieron afrontar desembolsos vinculados con alojamiento, alimentación y traslados.

La sentencia también reconoció $1.600.000 por daño moral, lo que representa una compensación de $400.000 para cada pasajera.

Para el tribunal, la pérdida de tiempo, la incertidumbre generada durante la espera y la modificación de los planes del viaje excedieron las molestias habituales derivadas de un incumplimiento contractual.

Cuánto deberá pagar la aerolínea

La condena quedó establecida finalmente en $1.720.000, monto al que deberán sumarse los intereses correspondientes desde la instancia de mediación y hasta el momento en que se concrete el pago.

La aerolínea tendrá que abonar la suma dentro de los diez días posteriores a que la sentencia quede firme.

De esta manera, el fallo responsabilizó a la compañía por las consecuencias de una cancelación que dejó a las cuatro pasajeras varadas durante 56 horas en Jujuy y por no haber acreditado una circunstancia inevitable que justificara el incumplimiento.