La ficha oficial de Extraña Jurisdicción define la gestión como la inscripción en los libros del Registro Civil de partidas de nacimiento, reconocimiento o defunción de otra jurisdicción. Para iniciarla, pide el original y una copia del DNI de quien solicita.

Qué legalización y traducción exige la partida

Como regla general, la partida extranjera debe contar con Apostilla de La Haya o con legalización ante el Consulado Argentino en el país emisor. La ficha oficial admite ambas alternativas para presentar la documentación.

Las partidas italianas posteriores al 23 de octubre de 1989 no requieren legalización. En cambio, las chilenas posteriores al 10 de noviembre de 2004 deben ser emitidas por el Consulado de Chile en Argentina y tener la intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Cuando el documento está en otro idioma, la ficha exige traducirlo al castellano con un traductor público de San Juan. La firma debe legalizarse ante el Colegio de Traductores Públicos de la provincia.

Si no existe un traductor público para ese idioma, la guía prevé una certificación de esa inexistencia y una traducción por intérprete bajo declaración jurada. La firma del intérprete debe certificarse ante escribano.

Qué pasa con los matrimonios y dónde se presenta

Los matrimonios celebrados fuera del país y sus sentencias disolutorias pueden transcribirse con una orden previa de un juez competente, según la ficha oficial.

La atención es presencial, sin turno, de lunes a viernes de 7:30 a 14. La ficha específica ubica la oficina en Santa Fe 54 Oeste, segundo piso.

El sitio institucional del Registro Civil publica otro domicilio: Santa Fe 58 Oeste. Como las páginas oficiales discrepan, confirmá dónde presentarte antes de trasladarte al 0264 4936836.

Cuánto cuesta y cuánto demora la transcripción

La Ley Impositiva de San Juan para 2026 fija una tasa de 10 Unidades Tributarias por la inscripción de partidas de extraña jurisdicción.

La guía oficial indica que la transcripción se retira en un plazo de 10 días después de presentar la solicitud con la documentación.