La Sala II de la Cámara Federal porteña mantuvo firmes los sobreseimientos de Javier Iguacel, Guillermo Dietrich, Bernardo Saravia Frías y Ricardo José Stoddart en la denominada causa Peajes, en la que se investigaron presuntas irregularidades relacionadas con la concesión de Autopistas del Sol.
Los jueces Eduardo Farah y Roberto Boico declararon abstracta la apelación que las defensas de los exfuncionarios del gobierno de Mauricio Macri habían presentado contra sus procesamientos y embargos, luego de que el juzgado de instrucción declarara prescripta la acción penal.
Los sobreseimientos habían sido dictados pocos días antes del comienzo de la feria judicial, cuando las defensas ya habían apelado los procesamientos por presunto abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público.
Cómo comenzó la causa Peajes
El expediente se inició en 2019 a partir de una denuncia presentada por los diputados nacionales Leopoldo Moreau, Carlos Castagneto, Adrián Grana y Rodolfo Tailhade, quienes cuestionaron la renegociación de las concesiones correspondientes al Acceso Norte y al Acceso Oeste.
Los denunciantes sostuvieron que la extensión de los contratos de peaje con Autopistas del Sol S.A. y Grupo Concesionario del Oeste, sin realizar una nueva licitación pública, habría favorecido a la familia del expresidente Mauricio Macri, que había tenido participación accionaria en esas compañías.
Durante la gestión de Cambiemos, Guillermo Dietrich se desempeñó como ministro de Transporte; Javier Iguacel estuvo al frente de Vialidad Nacional; Bernardo Saravia Frías ocupó el cargo de procurador del Tesoro de la Nación; y Ricardo Stoddart fue director de Asuntos Jurídicos de la Dirección Nacional de Vialidad.
La prescripción que cerró el expediente
El Juzgado Federal N° 6, subrogado por Daniel Rafecas, declaró extinguida por prescripción la acción penal respecto de los imputados y ordenó sus sobreseimientos, al considerar que había transcurrido el plazo máximo previsto desde el llamado a indagatoria hasta el momento de resolver.
Las indagatorias habían sido ordenadas el 30 de junio de 2020. Después de concretarse, se dictaron procesamientos sin prisión preventiva contra los acusados.
En septiembre de ese año, la Sala II de la Cámara Federal anuló esas resoluciones y, en marzo de 2021, Casación dejó firme esa decisión.
Posteriormente, en julio de 2021, la jueza María Eugenia Capuchetti, que se encontraba interinamente al frente del juzgado, dictó la falta de mérito de los imputados. Esa resolución fue confirmada por la Corte Suprema en junio de 2026.
Mientras todavía se aguardaba el pronunciamiento del máximo tribunal, el 22 de diciembre de 2025, y luego de incorporar nuevas medidas de prueba, el juzgado volvió a procesar sin prisión preventiva a Iguacel, Dietrich, Saravia Frías y Stoddart.
Tras la resolución de la Corte Suprema en junio, las defensas presentaron una excepción de falta de acción por prescripción. Ni la Fiscalía ni la querella formularon oposición al planteo.
El argumento de Rafecas
Al resolver la situación, Rafecas destacó que existía coincidencia entre las partes respecto de la prescripción de la causa y sostuvo que, sin una controversia sobre ese punto, no había fundamentos para mantener abierto el proceso penal.
El magistrado señaló que “no se verifica en autos respecto del peticionante, la subsistencia de una pretensión punitiva concretamente sostenida por alguno de los sujetos legitimados para impulsar la persecución penal que justifique mantener abierto el proceso”.
A partir de esa decisión, los sobreseimientos quedaron vigentes y la Cámara Federal consideró abstractas las apelaciones que se encontraban pendientes contra los procesamientos y embargos dictados previamente.
La Sala II de la Cámara Federal porteña mantuvo firmes los sobreseimientos de Javier Iguacel, Guillermo Dietrich, Bernardo Saravia Frías y Ricardo José Stoddart en la causa Peajes. El expediente investigaba presuntas irregularidades en la renegociación de concesiones de Autopistas del Sol y Grupo Concesionario del Oeste durante el gobierno de Mauricio Macri. La acción penal fue declarada prescripta.
La causa Peajes llegó a una estación conocida del sistema judicial argentino: después de años de resoluciones, apelaciones, anulaciones, faltas de mérito, nuevos procesamientos y visitas a tribunales superiores, el expediente terminó frenando frente a una barrera mucho menos sofisticada que una cabina de autopista: la prescripción. La Cámara Federal confirmó así que Javier Iguacel, Guillermo Dietrich, Bernardo Saravia Frías y Ricardo José Stoddart conservarán sus sobreseimientos.
El recorrido procesal tuvo más desvíos que un acceso en hora pico. Hubo indagatorias en 2020, procesamientos, una anulación de la Cámara, intervención de Casación, falta de mérito en 2021, una decisión de la Corte Suprema cinco años después y, mientras tanto, otro procesamiento en diciembre de 2025. Para cuando las defensas plantearon que el tiempo previsto por la ley se había agotado, ninguna de las partes acusadoras se opuso.
La investigación buscaba determinar si la renegociación de las concesiones del Acceso Norte y el Acceso Oeste había beneficiado indebidamente a empresas vinculadas históricamente con la familia Macri. El expediente pasó años intentando definir responsabilidades y finalmente consiguió una respuesta jurídica de esas que no suelen entrar en los discursos de campaña: no hubo juicio sobre el fondo porque el reloj procesal llegó antes.
El juez Daniel Rafecas dejó asentado que ya no existía una pretensión punitiva sostenida por quienes podían impulsar la persecución penal. Traducido al idioma de quienes solamente querían saber cómo terminaba la historia: fiscalía y querella no discutieron la prescripción, el proceso se cerró y la Cámara consideró que las apelaciones pendientes habían perdido objeto.
Así, una causa nacida alrededor de concesiones viales terminó ofreciendo una metáfora irresistible: después de recorrer juzgados, cámaras y tribunales durante siete años, el expediente encontró finalmente una salida. No fue por el carril rápido, pero tampoco necesitó TelePASE.