El Gobierno de Javier Milei profundizó la apertura comercial para las compras minoristas realizadas en el exterior y dispuso que los envíos postales de hasta US$400 quedarán exentos del pago de derechos de importación y de la tasa de estadística. En paralelo, eliminó los topes de valor para las exportaciones efectuadas por esa misma vía.
La medida fue establecida mediante el Decreto 604/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial, y entró en vigencia desde el día de su publicación. El nuevo esquema equipara el tratamiento tributario de las compras ingresadas mediante el operador postal oficial con el régimen que ya se aplicaba a los envíos gestionados por empresas de courier privado.
Cómo funcionará el nuevo régimen puerta a puerta
Hasta ahora, los envíos realizados por la vía postal tradicional contaban con una franquicia considerablemente menor. La exención alcanzaba únicamente a operaciones de hasta US$50, con un máximo de doce envíos por año.
Además, existía una alícuota unificada del 50% para determinadas importaciones postales. Esa disposición fue derogada por el nuevo decreto.
Con la modificación, los consumidores podrán recibir hasta cinco compras anuales con un valor FOB máximo de US$400 cada una, sin pagar derechos de importación ni tasa de estadística. El valor FOB corresponde al precio de la mercadería antes de incorporar los costos de transporte y seguro.
De esta manera, el régimen puerta a puerta permitirá realizar compras por hasta US$2.000 anuales sin abonar esos tributos, frente a los US$600 que contemplaba el esquema anterior.
La exención, sin embargo, no implica que las operaciones queden liberadas de todos los impuestos que eventualmente pudieran corresponder. El decreto menciona específicamente los derechos de importación y la tasa de estadística.
Cuando una compra supere el límite de US$400 o el consumidor exceda el cupo de cinco operaciones anuales, el excedente quedará alcanzado por los tributos previstos en el régimen general de importación.
El Ejecutivo justificó la modificación en la existencia de tratamientos diferentes según las mercaderías ingresaran mediante el correo oficial o a través de prestadores privados. Según lo establecido en el decreto, esa multiplicidad normativa generaba incertidumbre entre los consumidores, quienes no podían determinar anticipadamente qué carga tributaria se aplicaría a cada operación.
Exportaciones postales sin límite de valor
El decreto también habilitó las exportaciones comerciales realizadas por vía postal sin límites de valor. El objetivo declarado es facilitar las ventas al exterior de pequeños productores, comerciantes y empresas que no suelen efectuar operaciones tradicionales de comercio exterior o trabajan con volúmenes reducidos.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberá dictar las normas operativas necesarias para implementar el nuevo sistema.
Ayuda familiar y obsequios personales
El Gobierno mantuvo un régimen diferenciado para los envíos al exterior destinados a ayuda familiar u obsequios personales. Estas operaciones estarán exentas de los tributos a la exportación, con excepción de las tasas correspondientes a servicios, siempre que no superen un valor acumulado de US$5.000 mensuales por remitente.
El Gobierno nacional amplió desde este viernes la franquicia para compras minoristas realizadas mediante el correo oficial. Los consumidores podrán recibir hasta cinco envíos anuales de hasta US$400 cada uno sin pagar derechos de importación ni tasa de estadística. El Decreto 604/2026 también eliminó los límites de valor para exportaciones comerciales por vía postal.
Resumen generado automáticamente por inteligencia artificial
El Gobierno decidió que comprar en el exterior por correo deje de ser una disciplina olímpica reservada a quienes dominaban el noble arte de interpretar formularios, franquicias y tributos con la concentración de un neurocirujano. Desde ahora, los envíos postales de hasta US$400 estarán exentos de derechos de importación y tasa de estadística, una noticia que seguramente fue recibida con emoción por esa parte de la población que conoce de memoria el precio internacional de una funda para celular, pero no recuerda dónde guardó la garantía del electrodoméstico nacional.
El nuevo régimen establece hasta cinco compras anuales, porque incluso la libertad comercial necesita una planilla donde anotar cuántas veces alguien cayó en la tentación de pedir algo que cruzará medio planeta para terminar esperando en una sucursal postal. El límite total libre de esos tributos pasa así de US$600 a US$2.000 por año, una transformación que convierte al carrito virtual en una suerte de pequeña cancillería privada, con consumidores negociando consigo mismos si realmente necesitan otro dispositivo capaz de medir el sueño que perderán esperando el paquete.
La modificación también busca terminar con la diferencia entre el correo oficial y los couriers privados, dos caminos que hasta ahora podían llevar al mismo producto, pero no necesariamente al mismo tratamiento tributario. Era una especie de multiverso aduanero: la mercadería era idéntica, el comprador también, pero los impuestos cambiaban según quién tocara el timbre. El decreto promete simplificar ese escenario, aunque conserva una tradición administrativa profundamente argentina: ARCA todavía deberá redactar las normas operativas para que la simplificación quede debidamente explicada en varios artículos, incisos y disposiciones.
En materia de exportaciones, el Ejecutivo quitó los topes de valor para los envíos comerciales por vía postal. La intención es facilitar las ventas de pequeños productores, comerciantes y empresas con operaciones reducidas, que ahora podrán mirar al mercado internacional sin que el límite postal les cierre la ventanilla. La globalización, finalmente, llega en una caja de cartón, protegida con cinta adhesiva y acompañada por un código de seguimiento que será consultado con una frecuencia incompatible con cualquier concepto razonable de estabilidad emocional.
Contenido humorístico generado por inteligencia artificial
El Gobierno de Javier Milei profundizó la apertura comercial para las compras minoristas realizadas en el exterior y dispuso que los envíos postales de hasta US$400 quedarán exentos del pago de derechos de importación y de la tasa de estadística. En paralelo, eliminó los topes de valor para las exportaciones efectuadas por esa misma vía.
La medida fue establecida mediante el Decreto 604/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial, y entró en vigencia desde el día de su publicación. El nuevo esquema equipara el tratamiento tributario de las compras ingresadas mediante el operador postal oficial con el régimen que ya se aplicaba a los envíos gestionados por empresas de courier privado.
Cómo funcionará el nuevo régimen puerta a puerta
Hasta ahora, los envíos realizados por la vía postal tradicional contaban con una franquicia considerablemente menor. La exención alcanzaba únicamente a operaciones de hasta US$50, con un máximo de doce envíos por año.
Además, existía una alícuota unificada del 50% para determinadas importaciones postales. Esa disposición fue derogada por el nuevo decreto.
Con la modificación, los consumidores podrán recibir hasta cinco compras anuales con un valor FOB máximo de US$400 cada una, sin pagar derechos de importación ni tasa de estadística. El valor FOB corresponde al precio de la mercadería antes de incorporar los costos de transporte y seguro.
De esta manera, el régimen puerta a puerta permitirá realizar compras por hasta US$2.000 anuales sin abonar esos tributos, frente a los US$600 que contemplaba el esquema anterior.
La exención, sin embargo, no implica que las operaciones queden liberadas de todos los impuestos que eventualmente pudieran corresponder. El decreto menciona específicamente los derechos de importación y la tasa de estadística.
Cuando una compra supere el límite de US$400 o el consumidor exceda el cupo de cinco operaciones anuales, el excedente quedará alcanzado por los tributos previstos en el régimen general de importación.
El Ejecutivo justificó la modificación en la existencia de tratamientos diferentes según las mercaderías ingresaran mediante el correo oficial o a través de prestadores privados. Según lo establecido en el decreto, esa multiplicidad normativa generaba incertidumbre entre los consumidores, quienes no podían determinar anticipadamente qué carga tributaria se aplicaría a cada operación.
Exportaciones postales sin límite de valor
El decreto también habilitó las exportaciones comerciales realizadas por vía postal sin límites de valor. El objetivo declarado es facilitar las ventas al exterior de pequeños productores, comerciantes y empresas que no suelen efectuar operaciones tradicionales de comercio exterior o trabajan con volúmenes reducidos.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberá dictar las normas operativas necesarias para implementar el nuevo sistema.
Ayuda familiar y obsequios personales
El Gobierno mantuvo un régimen diferenciado para los envíos al exterior destinados a ayuda familiar u obsequios personales. Estas operaciones estarán exentas de los tributos a la exportación, con excepción de las tasas correspondientes a servicios, siempre que no superen un valor acumulado de US$5.000 mensuales por remitente.
El Gobierno nacional amplió desde este viernes la franquicia para compras minoristas realizadas mediante el correo oficial. Los consumidores podrán recibir hasta cinco envíos anuales de hasta US$400 cada uno sin pagar derechos de importación ni tasa de estadística. El Decreto 604/2026 también eliminó los límites de valor para exportaciones comerciales por vía postal.
El Gobierno decidió que comprar en el exterior por correo deje de ser una disciplina olímpica reservada a quienes dominaban el noble arte de interpretar formularios, franquicias y tributos con la concentración de un neurocirujano. Desde ahora, los envíos postales de hasta US$400 estarán exentos de derechos de importación y tasa de estadística, una noticia que seguramente fue recibida con emoción por esa parte de la población que conoce de memoria el precio internacional de una funda para celular, pero no recuerda dónde guardó la garantía del electrodoméstico nacional.
El nuevo régimen establece hasta cinco compras anuales, porque incluso la libertad comercial necesita una planilla donde anotar cuántas veces alguien cayó en la tentación de pedir algo que cruzará medio planeta para terminar esperando en una sucursal postal. El límite total libre de esos tributos pasa así de US$600 a US$2.000 por año, una transformación que convierte al carrito virtual en una suerte de pequeña cancillería privada, con consumidores negociando consigo mismos si realmente necesitan otro dispositivo capaz de medir el sueño que perderán esperando el paquete.
La modificación también busca terminar con la diferencia entre el correo oficial y los couriers privados, dos caminos que hasta ahora podían llevar al mismo producto, pero no necesariamente al mismo tratamiento tributario. Era una especie de multiverso aduanero: la mercadería era idéntica, el comprador también, pero los impuestos cambiaban según quién tocara el timbre. El decreto promete simplificar ese escenario, aunque conserva una tradición administrativa profundamente argentina: ARCA todavía deberá redactar las normas operativas para que la simplificación quede debidamente explicada en varios artículos, incisos y disposiciones.
En materia de exportaciones, el Ejecutivo quitó los topes de valor para los envíos comerciales por vía postal. La intención es facilitar las ventas de pequeños productores, comerciantes y empresas con operaciones reducidas, que ahora podrán mirar al mercado internacional sin que el límite postal les cierre la ventanilla. La globalización, finalmente, llega en una caja de cartón, protegida con cinta adhesiva y acompañada por un código de seguimiento que será consultado con una frecuencia incompatible con cualquier concepto razonable de estabilidad emocional.