La Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento del diputado nacional Juan Grabois por su participación en la ocupación del ex Instituto Nacional Juan Domingo Perón, ocurrida el 7 de junio de 2025. La decisión fue adoptada por los jueces Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola, quienes ratificaron lo resuelto en primera instancia por el juez federal Sebastián Ramos.

El tribunal también mantuvo el embargo de $5 millones sobre los bienes de Grabois y confirmó el procesamiento de Valentín Peralta, alcanzado por las mismas imputaciones y por un embargo de $1 millón. La investigación se inició a partir de la ocupación del inmueble ubicado en el barrio porteño de Recoleta, donde funcionaba el Instituto hasta su cierre mediante el Decreto 346/25.

Las pruebas consideradas por la Cámara

De acuerdo con la reconstrucción incorporada al expediente, testimonios policiales y registros audiovisuales ubicaron a Grabois al frente del grupo que ingresó al edificio estatal sin autorización. Los magistrados también tuvieron en cuenta que el dirigente había difundido el día anterior, mediante sus redes sociales, una convocatoria para concurrir al Instituto y al bar “Un Café con Perón”.

Según los camaristas, Grabois permaneció dentro del inmueble pese a las órdenes de desalojo impartidas por las autoridades. Frente al requerimiento policial para abandonar el lugar, habría indicado a los manifestantes que se dirigieran hacia el patio mientras él permanecía en el edificio invocando su condición de abogado. La Cámara entendió que esa secuencia se encontraba respaldada por las pruebas reunidas en la causa.

La defensa del diputado, encabezada por los abogados Nicolás Rechanik y Yamil Castro Bianchi, cuestionó el procesamiento. Los letrados argumentaron que la resolución vinculaba la responsabilidad penal de Grabois con su condición de dirigente político, abogado y funcionario público.

Los jueces rechazaron ese planteo y afirmaron que la imputación se encuentra relacionada con los hechos investigados y no con su actividad política.

En ese sentido, la Cámara sostuvo que «el disvalor de la acción de Grabois no se funda en su condición de funcionario público o abogado, sino en los hechos que se le imputan, consistentes en haber ingresado irregularmente y con un grupo organizado de personas que ocasionó daños a un inmueble del Estado, permaneciendo allí en contra de las órdenes de autoridades competentes».

Llorens, Bertuzzi y Yadarola consideraron, además, que esas circunstancias pueden adquirir relevancia al momento de analizar la conducta atribuida, debido al conocimiento que supone el ejercicio de esas funciones.

La calificación legal podría volver a discutirse

Aunque la Cámara mantuvo la calificación adoptada por el juez Ramos, dejó abierta la posibilidad de que sea revisada durante el avance del expediente. El fiscal Carlos Rívolo había contemplado otras figuras penales, entre ellas usurpación, daño y atentado contra la autoridad, mientras que en el caso de Peralta también había planteado una imputación por lesiones.

El tribunal consideró adecuados los montos fijados para los embargos. A su vez, dejó en manos del juez Ramos la resolución de un planteo presentado por la defensa de Peralta para que el expediente pase a la justicia ordinaria. La querella en la causa está a cargo del Ministerio de Capital Humano.

Rechazaron la intervención del CELS

La Cámara también rechazó la participación del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) como amicus curiae, es decir, amigo del tribunal. Los magistrados entendieron que su intervención no estaba suficientemente justificada y que las características del expediente no presentaban una complejidad que hiciera necesaria su incorporación.

Con la resolución conocida este jueves 1 de octubre, quedó así confirmado en segunda instancia el procesamiento de Grabois y Peralta, mientras la causa continuará bajo la intervención del juzgado federal a cargo de Sebastián Ramos.