La Cámara de Diputados de San Juan tratará este lunes 14, a las 10 horas, en una sesión especial, el proyecto de ley complementaria y transitoria enviado por la Corte de Justicia para adaptar el procedimiento provincial al nuevo Régimen Penal Juvenil. La iniciativa incorpora herramientas destinadas a tramitar causas en las que intervienen adolescentes y, en determinados casos, resolverlas sin llegar a una instancia de juicio.
Según establece el proyecto, la conciliación, la reparación integral del perjuicio y la suspensión del juicio a prueba podrán ser solicitadas por el fiscal de Niñez y Adolescencia, la defensa o dispuestas de oficio. Estas alternativas podrán plantearse incluso hasta la audiencia de debate.
Conciliación y reparación integral
La conciliación podrá aplicarse en delitos patrimoniales sin grave violencia y en delitos culposos, siempre que no existan lesiones gravísimas o resultado de muerte. El proyecto establece exclusiones para los casos con penas máximas superiores a seis años y para delitos contra la vida, la integridad sexual, los poderes públicos y el orden constitucional.
El adolescente y la víctima podrán alcanzar un acuerdo, que deberá ser presentado ante el juez Penal de Niñez y Adolescencia para su homologación. Si el acuerdo se cumple, se extinguirá la acción penal. En caso de incumplimiento, el magistrado podrá continuar con el proceso u ordenar otra medida.
La propuesta también contempla la reparación integral del perjuicio. Para resolver, el juez deberá considerar la propuesta, la opinión de las partes y la forma en que deberá cumplirse la obligación asumida por el adolescente.
Una vez cumplida la reparación, deberá dictarse el sobreseimiento. Mientras tanto, quedarán suspendidos los plazos de duración del proceso.
Suspensión del proceso a prueba
La suspensión del proceso a prueba podrá solicitarse desde la indagatoria y hasta la audiencia de debate, salvo que una modificación de la calificación durante el juicio habilite su aplicación.
Después de la audiencia, el juez tendrá un plazo de cinco días para resolver. Si concede el beneficio, deberá establecer el período de suspensión, las reglas de conducta y la reparación simbólica correspondiente.
El cumplimiento será controlado por el Equipo Técnico y quien ejerza las funciones de Supervisor, quienes deberán informar al juez sobre el desarrollo de las medidas establecidas.
Qué establece el juicio abreviado
El proyecto determina que el juicio abreviado será procedente en todo delito de acción pública, siempre que exista acuerdo entre el fiscal, el adolescente, su defensor y el Asesor Penal de Niñez y Adolescencia respecto del hecho, la participación, la calificación legal y la pena solicitada.
El trámite podrá presentarse desde la indagatoria y hasta el debate. Si el juez admite el procedimiento, deberá fijar una audiencia dentro de un plazo no mayor a 60 días, en la que las partes deberán ratificar el acuerdo.
Luego de esa audiencia, la lectura de la sentencia deberá realizarse dentro de los cinco días. El juez no podrá imponer una pena superior a la solicitada por el fiscal, aunque conservará la posibilidad de absolver al adolescente.
Si el magistrado rechaza el juicio abreviado, las admisiones efectuadas en el marco del acuerdo no podrán utilizarse en contra del adolescente durante el debate.
Una herramienta transitoria para el nuevo régimen
El proyecto tendrá carácter transitorio y funcionará como complemento de la LP 754-O hasta que San Juan adecue su legislación procesal a la Ley Nacional 27.801.
La Corte de Justicia sostiene que la LP 754-O responde a un modelo mixto inquisitivo y que, hasta contar con un sistema acusatorio adversarial, resulta necesaria una norma complementaria que permita aplicar el Régimen Penal Juvenil vigente desde el 5 de septiembre.
De esta manera, la propuesta que llegará al recinto no constituye todavía el nuevo sistema procesal penal juvenil de San Juan. Se trata de una herramienta transitoria para implementar el nuevo régimen y habilitar mecanismos alternativos y procedimientos abreviados mientras la provincia avanza en la adecuación de su legislación.
La Cámara de Diputados de San Juan tratará este lunes 14 un proyecto de ley complementaria y transitoria impulsado por la Corte de Justicia para adaptar el procedimiento provincial al nuevo Régimen Penal Juvenil. La iniciativa incorpora conciliación, reparación integral, suspensión del juicio a prueba y juicio abreviado para determinadas causas protagonizadas por adolescentes.
Conciliación, reparación, suspensión del juicio y juicio abreviado: el proyecto de Régimen Penal Juvenil llega a Diputados con un menú de salidas procesales que busca evitar que cada causa termine necesariamente en un juicio. La Justicia, por una vez, intenta resolver el expediente antes de que el expediente envejezca esperando una audiencia.
La propuesta permite que, en determinados delitos, la víctima y el adolescente puedan alcanzar un acuerdo, reparar el perjuicio o suspender el proceso bajo reglas de conducta. También habilita el juicio abreviado cuando fiscalía, defensa, adolescente y asesoría coinciden sobre los hechos, la participación, la calificación y la pena solicitada: una suerte de trámite exprés, pero con juez, garantías y bastante menos glamour que una serie judicial.
La conciliación no será una salida universal. Quedan afuera delitos contra la vida, la integridad sexual y los poderes públicos y el orden constitucional, además de casos con penas máximas superiores a seis años. Tampoco podrá aplicarse en delitos patrimoniales con grave violencia ni en delitos culposos con lesiones gravísimas o muerte.
La reparación integral sigue una lógica similar: el adolescente deberá cumplir una obligación acordada y, si lo hace, corresponderá el sobreseimiento. Mientras tanto, el proceso queda en pausa, como quien pone el expediente en modo avión esperando que alguien cumpla con lo pactado.
El juicio abreviado, en cambio, puede utilizarse en todo delito de acción pública si existe acuerdo entre las partes previstas por el proyecto. El juez no podrá imponer una pena superior a la solicitada por el fiscal, aunque sí podrá absolver al adolescente; y si rechaza el acuerdo, las admisiones realizadas no podrán utilizarse en su contra durante el debate.
Todo esto tiene una aclaración importante: San Juan todavía no estaría creando su nuevo sistema procesal penal juvenil. El proyecto es transitorio y busca adaptar el procedimiento actual a la Ley Nacional 27.801 mientras la provincia avanza hacia una legislación procesal compatible con el nuevo régimen.
La revolución procesal, por ahora, viene con carácter transitorio y fecha de vencimiento.