El Decreto 1253/2026 reemplazó la reglamentación anterior y entró en vigor con su publicación en el Boletín Oficial. La norma precisa el acceso sin topes y la reducción del 25% en ciertas multas formales. Para Ganancias 2025, el vencimiento de presentación está fijado para el viernes 30 de octubre.
Quiénes pueden optar por el régimen simplificado
La Ley 27.826, aprobada como parte del marco de Inocencia Fiscal II, eliminó los topes de ingresos y patrimonio como requisitos de acceso. Pueden optar las personas humanas y las sucesiones indivisas residentes fiscales en el país.
En general, deben haber mantenido la residencia durante todo el período declarado. Para el período fiscal 2025, no se exige haber sido residente durante el año completo.
Los Grandes Contribuyentes Nacionales y ciertos funcionarios también pueden usar la modalidad, pero solo para presentar y pagar. No acceden a las presunciones ni a los demás beneficios previstos para quienes cumplen los requisitos del régimen.
ARCA precarga la declaración con información de sus sistemas y la que aportan responsables o terceros. El contribuyente puede modificarla, confirmarla y presentarla. Para calcular el impuesto, el decreto dispone considerar los ingresos brutos del período y las deducciones computables.
Qué efectos tiene y cuándo puede impugnar ARCA
Presentar y pagar en término produce efecto liberatorio para Ganancias del período fiscal base. También habilita una presunción de exactitud para declaraciones de Ganancias e IVA de períodos no prescriptos, con las excepciones legales.
El mismo efecto se obtiene si, antes del vencimiento, se adhiere a un plan de facilidades de ARCA para cancelar el saldo. Si no se presenta o no se paga en término, esos efectos no se producen.
Para impugnar por discrepancia significativa, el decreto contempla, entre otros casos, un aumento del impuesto determinado o una reducción del quebranto de al menos 15%. La diferencia debe superar un piso equivalente al 5% del monto previsto para evasión simple. También puede configurarse si el ajuste excede ese monto.
Si la diferencia deriva de facturas o documentos apócrifos, o de retenciones, percepciones, pagos a cuenta o anticipos computados indebidamente, puede configurarse por cualquier importe. El contribuyente puede rectificar dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación de una liquidación administrativa o una determinación de oficio. Si cancela o regulariza el saldo con intereses, esa diferencia no se cuenta para configurar discrepancia significativa.
Qué multas pueden bajar un 25%
La reducción general del 25% comprende multas formales previstas en los artículos 38 y 39 de la Ley 11.683 y en los artículos incorporados inmediatamente después de cada uno de ellos. Alcanza a MiPyMEs, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro, siempre que no sean Grandes Contribuyentes Nacionales.
El encuadre se evalúa al momento de la infracción y la reducción opera de pleno derecho. La regla se limita a las multas formales incluidas en esos artículos.
Qué infracciones pueden recibir una reducción del 50%
La reducción especial del 50% cubre determinadas infracciones formales cometidas antes de que entrara en vigor la Ley 27.826, por obligaciones vencidas desde que rige la Ley 27.799. Se aplica a los mismos grupos, con exclusión de los Grandes Contribuyentes Nacionales.
La multa debe no estar firme o, si ya quedó firme, no haber sido pagada. Además, la obligación omitida debe cumplirse antes o al mismo tiempo. Si la sanción está discutida, acogerse implica allanarse por la parte no reducida y renunciar a acciones y derechos.
El decreto también permite usar otros mecanismos de reducción, pero no establece una fórmula para combinar el 25% y el 50%. Por eso, no corresponde presentarlos como una quita automática del 75%.
Qué cambia para Ganancias 2025
Quienes presentaron Ganancias 2025 por el régimen general antes de la entrada en vigor del decreto pueden pasar al simplificado si cumplen los requisitos y rectifican antes del vencimiento de presentación, el viernes 30 de octubre.
La Resolución General 5911/2026 consigna por separado el vencimiento para pagar el saldo: 27 de julio. El 30 de octubre corresponde a la presentación, no al pago. Para obtener el efecto liberatorio, el pago o la adhesión al plan debe realizarse dentro del plazo aplicable.
Qué controles y pasos siguen vigentes
La ley exige canalizar operaciones mediante medios autorizados por el BCRA o la CNV. La condición se cumple cuando el ingreso al sistema financiero formal ocurre en el origen o en el destino; también se contempla el efectivo entregado al otorgar escrituras públicas sobre derechos reales de inmuebles.
La norma mantiene las obligaciones de prevención del lavado y debida diligencia de los sujetos obligados. El decreto encomienda a ARCA dictar reglas operativas y prevé un mecanismo de adhesión, con ratificación anual de permanencia o solicitud de baja.
El Decreto 1253/2026 reglamentó el régimen simplificado de Ganancias el viernes 23 de octubre. Pueden optar personas humanas y sucesiones indivisas residentes, sin topes de ingresos ni patrimonio, con excepciones para ciertos grupos. La norma establece reducciones del 25% y del 50% para multas formales bajo condiciones distintas. Para Ganancias 2025, el plazo de presentación vence el viernes 30 de octubre.
Ganancias simplificado queda sin topes de ingresos ni patrimonio, pero no sin condiciones. El Decreto 1253/2026 rige desde el viernes 23 de octubre y precisa quiénes pueden optar y qué multas admiten rebajas. No es un blanqueo general: «simplificado» llegó con una valija de excepciones.
Personas humanas y sucesiones indivisas residentes pueden optar; para Ganancias 2025 no hace falta haber residido todo el año. Grandes Contribuyentes Nacionales y ciertos funcionarios solo pueden presentar y pagar, sin presunciones ni demás beneficios. La puerta abre, pero tiene molinete: algunos entran y otros apenas dejan la carpeta.
ARCA precarga la declaración con datos propios y de responsables o terceros; el contribuyente puede modificarla, confirmarla y presentarla. Si declara y paga a tiempo —o se adhiere antes a un plan de facilidades— obtiene efecto liberatorio para Ganancias del período base y una presunción de exactitud para declaraciones de Ganancias e IVA no prescriptas, con excepciones legales. El formulario pone la mesa; igual hay que mirar el plato.
ARCA puede impugnar, entre otros casos, si el impuesto sube o el quebranto baja al menos 15% y la diferencia supera el piso del 5% ligado a evasión simple. Facturas apócrifas y retenciones, percepciones o anticipos mal computados pueden contar por cualquier importe. Si se rectifica dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación de una liquidación administrativa o de una determinación de oficio y se cancela o regulariza el saldo con intereses, esa diferencia no cuenta para configurar la discrepancia significativa. Hasta el error tiene reloj fichador.
El 25% alcanza multas formales de ciertos artículos para MiPyMEs, personas humanas, sucesiones y entidades sin fines de lucro, con exclusión de los Grandes Contribuyentes. El 50% cubre otras infracciones, con requisitos de fecha, firmeza, pago y regularización. Si se discute la multa, aceptar exige allanarse por lo no rebajado y renunciar a acciones. El decreto no establece una suma automática: 25 más 50 no viene en combo.
Quienes presentaron Ganancias 2025 por el régimen general pueden rectificar y pasar al simplificado, si cumplen los requisitos, antes del viernes 30 de octubre. La Resolución General 5911/2026 consigna por separado el pago del saldo para el 27 de julio. El decreto encarga a ARCA instrumentar la adhesión y la ley mantiene obligaciones antilavado. El legislador entrega el mapa; el trámite todavía necesita el picaporte.
