El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi resolvió apartar a cinco inversores que actuaban como querellantes en la causa que investiga el lanzamiento del token $LIBRA. La decisión respondió a un planteo formulado por la defensa del empresario Mauricio Novelli, uno de los imputados en el expediente.
Los inversores excluidos son Juan Patricio Marchetto, Alan Vega, Matías Alejandro Paris, Braian Emanuel Quintero y Martín Romeo, quienes habían sido admitidos como querellantes en distintas etapas del proceso. Según la resolución, ninguno logró acreditar dos requisitos esenciales: haber sufrido un perjuicio directo derivado del hecho investigado y demostrar de manera fehaciente que eran titulares de las billeteras virtuales utilizadas para adquirir el token.
Los fundamentos del fallo
El magistrado hizo lugar a una «excepción de falta de acción» presentada por la defensa de Novelli. En su resolución sostuvo que la legitimación para intervenir como querellante requiere acreditar una afectación concreta, directa e individualizada, y que la sola invocación de pérdidas económicas por la compra del activo digital no resulta suficiente.
Martínez de Giorgi recordó que el Código Procesal Penal de la Nación exige una afectación «real, especial y suficientemente individualizada» para reconocer esa calidad procesal.
Al analizar el caso, el juez también se refirió a la naturaleza del activo investigado. Describió a $LIBRA como una memecoin, un criptoactivo caracterizado por su elevada volatilidad y por operar en un mercado con regulación limitada. En ese contexto, señaló que su cotización depende en gran medida de factores especulativos y de la percepción de los usuarios, por lo que las variaciones de precio no pueden atribuirse automáticamente a una conducta ilícita ni constituyen, por sí solas, un daño directo imputable a los acusados.
Las pruebas presentadas
El tribunal consideró insuficientes los elementos aportados por los cinco inversores. Entre la documentación presentada figuraban capturas de pantalla, enlaces y manifestaciones vinculadas con la posesión de claves privadas, pero no se acompañó respaldo documental adicional que permitiera verificar de manera fehaciente la titularidad de las billeteras virtuales ni el origen de los fondos utilizados para adquirir el token.
La resolución también analiza las características propias de la tecnología blockchain y de las billeteras de autocustodia utilizadas en este tipo de operaciones. Si bien permiten seguir el recorrido de las transacciones, no identifican necesariamente a las personas físicas detrás de cada dirección, lo que introduce un grado de anonimato o pseudonimato que dificulta acreditar la titularidad en sede judicial.
Para el juez, la trazabilidad de blockchain demuestra movimientos entre direcciones, pero no acredita por sí sola la identidad de los usuarios ni el control efectivo de las cuentas, aspecto que resultó determinante para rechazar la legitimación de los querellantes en esta etapa.
Cómo continúa la investigación
La decisión fue adoptada en el marco del artículo 82 del Código Procesal Penal de la Nación, que habilita a intervenir como querellante a quien resulte «particularmente ofendido» por un delito de acción pública. Según el tribunal, ese estándar no quedó acreditado en este caso.
Si la resolución queda firme, los cinco inversores perderán su condición de parte querellante, dejarán de tener acceso al expediente y no podrán solicitar medidas de prueba ni impulsar actuaciones dentro del proceso. No obstante, la decisión puede ser apelada ante la Cámara Federal.
El apartamiento de los querellantes no implica el cierre de la causa. La investigación continúa bajo la órbita del fiscal federal Eduardo Taiano, quien mantiene activas distintas líneas de investigación sobre presuntas maniobras vinculadas al lanzamiento del activo digital, así como eventuales delitos económicos y contra la administración pública.
Además de Novelli, entre los imputados figuran Hayden Mark Davis, de Kelsier Ventures; Julian Peh, de KIP Protocol; Manuel Terrones Godoy, de Tech Forum Argentina; Bartosz Lipinski, de Cube Exchange; y Sergio Daniel Morales.
La causa se originó tras la publicación realizada por Javier Milei el 14 de febrero de 2025 en su cuenta de X para promocionar el token $LIBRA. Luego de esa difusión, el activo registró una suba abrupta seguida de una fuerte caída en su cotización, situación que habría provocado pérdidas para parte de los inversores y ganancias concentradas en determinados tenedores de billeteras virtuales. El expediente continúa en trámite.
El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi apartó a cinco inversores de la causa que investiga el lanzamiento del token $LIBRA tras un planteo de la defensa del empresario Mauricio Novelli. El magistrado entendió que no lograron acreditar un perjuicio directo ni demostrar de manera fehaciente la titularidad de las billeteras virtuales utilizadas para adquirir el activo digital.
Resumen generado automáticamente por inteligencia artificial
Cinco querellantes menos. En una causa que gira alrededor de una criptomoneda nacida entre promesas de revolución financiera y una volatilidad capaz de marear a un electrocardiograma, el primer filtro terminó siendo demostrar que las billeteras eran realmente suyas. Parece sencillo hasta que descubrís que blockchain registra movimientos, no caras.
Es como presentarte a reclamar un auto con una foto de las llaves y asegurar que el garage existe. El problema no es que la tecnología no deje huellas; el problema es que muchas veces deja demasiadas, pero ninguna con nombre y apellido. El expediente terminó pidiendo algo bastante menos futurista: pruebas.
La defensa de Mauricio Novelli encontró ahí una puerta procesal y la aprovechó. El juez coincidió en que para ser querellante no alcanza con afirmar que se perdió dinero después del desplome del token. La ley exige una afectación concreta, directa e individualizada. Traducido al castellano judicial: no alcanza con decir «yo también estaba ahí».
La paradoja tiene algo de estos tiempos. Un mercado que celebra el anonimato cuando sube y necesita identidad certificada cuando llega el juzgado. La misma tecnología que promete transparencia absoluta sobre las transacciones también puede convertir en una misión compleja demostrar quién controlaba cada dirección.
Mientras tanto, la investigación sigue. Nadie cerró el expediente ni resolvió el fondo del asunto. Lo único que cambió es quién puede empujar la causa desde adentro. El resto permanece igual: una memecoin, una promoción presidencial, una montaña rusa financiera y una Justicia intentando encontrar nombres propios donde el sistema sólo muestra caracteres alfanuméricos. El futuro llegó hace rato. La burocracia también.
Contenido humorístico generado por inteligencia artificial
El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi resolvió apartar a cinco inversores que actuaban como querellantes en la causa que investiga el lanzamiento del token $LIBRA. La decisión respondió a un planteo formulado por la defensa del empresario Mauricio Novelli, uno de los imputados en el expediente.
Los inversores excluidos son Juan Patricio Marchetto, Alan Vega, Matías Alejandro Paris, Braian Emanuel Quintero y Martín Romeo, quienes habían sido admitidos como querellantes en distintas etapas del proceso. Según la resolución, ninguno logró acreditar dos requisitos esenciales: haber sufrido un perjuicio directo derivado del hecho investigado y demostrar de manera fehaciente que eran titulares de las billeteras virtuales utilizadas para adquirir el token.
Los fundamentos del fallo
El magistrado hizo lugar a una «excepción de falta de acción» presentada por la defensa de Novelli. En su resolución sostuvo que la legitimación para intervenir como querellante requiere acreditar una afectación concreta, directa e individualizada, y que la sola invocación de pérdidas económicas por la compra del activo digital no resulta suficiente.
Martínez de Giorgi recordó que el Código Procesal Penal de la Nación exige una afectación «real, especial y suficientemente individualizada» para reconocer esa calidad procesal.
Al analizar el caso, el juez también se refirió a la naturaleza del activo investigado. Describió a $LIBRA como una memecoin, un criptoactivo caracterizado por su elevada volatilidad y por operar en un mercado con regulación limitada. En ese contexto, señaló que su cotización depende en gran medida de factores especulativos y de la percepción de los usuarios, por lo que las variaciones de precio no pueden atribuirse automáticamente a una conducta ilícita ni constituyen, por sí solas, un daño directo imputable a los acusados.
Las pruebas presentadas
El tribunal consideró insuficientes los elementos aportados por los cinco inversores. Entre la documentación presentada figuraban capturas de pantalla, enlaces y manifestaciones vinculadas con la posesión de claves privadas, pero no se acompañó respaldo documental adicional que permitiera verificar de manera fehaciente la titularidad de las billeteras virtuales ni el origen de los fondos utilizados para adquirir el token.
La resolución también analiza las características propias de la tecnología blockchain y de las billeteras de autocustodia utilizadas en este tipo de operaciones. Si bien permiten seguir el recorrido de las transacciones, no identifican necesariamente a las personas físicas detrás de cada dirección, lo que introduce un grado de anonimato o pseudonimato que dificulta acreditar la titularidad en sede judicial.
Para el juez, la trazabilidad de blockchain demuestra movimientos entre direcciones, pero no acredita por sí sola la identidad de los usuarios ni el control efectivo de las cuentas, aspecto que resultó determinante para rechazar la legitimación de los querellantes en esta etapa.
Cómo continúa la investigación
La decisión fue adoptada en el marco del artículo 82 del Código Procesal Penal de la Nación, que habilita a intervenir como querellante a quien resulte «particularmente ofendido» por un delito de acción pública. Según el tribunal, ese estándar no quedó acreditado en este caso.
Si la resolución queda firme, los cinco inversores perderán su condición de parte querellante, dejarán de tener acceso al expediente y no podrán solicitar medidas de prueba ni impulsar actuaciones dentro del proceso. No obstante, la decisión puede ser apelada ante la Cámara Federal.
El apartamiento de los querellantes no implica el cierre de la causa. La investigación continúa bajo la órbita del fiscal federal Eduardo Taiano, quien mantiene activas distintas líneas de investigación sobre presuntas maniobras vinculadas al lanzamiento del activo digital, así como eventuales delitos económicos y contra la administración pública.
Además de Novelli, entre los imputados figuran Hayden Mark Davis, de Kelsier Ventures; Julian Peh, de KIP Protocol; Manuel Terrones Godoy, de Tech Forum Argentina; Bartosz Lipinski, de Cube Exchange; y Sergio Daniel Morales.
La causa se originó tras la publicación realizada por Javier Milei el 14 de febrero de 2025 en su cuenta de X para promocionar el token $LIBRA. Luego de esa difusión, el activo registró una suba abrupta seguida de una fuerte caída en su cotización, situación que habría provocado pérdidas para parte de los inversores y ganancias concentradas en determinados tenedores de billeteras virtuales. El expediente continúa en trámite.
El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi apartó a cinco inversores de la causa que investiga el lanzamiento del token $LIBRA tras un planteo de la defensa del empresario Mauricio Novelli. El magistrado entendió que no lograron acreditar un perjuicio directo ni demostrar de manera fehaciente la titularidad de las billeteras virtuales utilizadas para adquirir el activo digital.
Cinco querellantes menos. En una causa que gira alrededor de una criptomoneda nacida entre promesas de revolución financiera y una volatilidad capaz de marear a un electrocardiograma, el primer filtro terminó siendo demostrar que las billeteras eran realmente suyas. Parece sencillo hasta que descubrís que blockchain registra movimientos, no caras.
Es como presentarte a reclamar un auto con una foto de las llaves y asegurar que el garage existe. El problema no es que la tecnología no deje huellas; el problema es que muchas veces deja demasiadas, pero ninguna con nombre y apellido. El expediente terminó pidiendo algo bastante menos futurista: pruebas.
La defensa de Mauricio Novelli encontró ahí una puerta procesal y la aprovechó. El juez coincidió en que para ser querellante no alcanza con afirmar que se perdió dinero después del desplome del token. La ley exige una afectación concreta, directa e individualizada. Traducido al castellano judicial: no alcanza con decir «yo también estaba ahí».
La paradoja tiene algo de estos tiempos. Un mercado que celebra el anonimato cuando sube y necesita identidad certificada cuando llega el juzgado. La misma tecnología que promete transparencia absoluta sobre las transacciones también puede convertir en una misión compleja demostrar quién controlaba cada dirección.
Mientras tanto, la investigación sigue. Nadie cerró el expediente ni resolvió el fondo del asunto. Lo único que cambió es quién puede empujar la causa desde adentro. El resto permanece igual: una memecoin, una promoción presidencial, una montaña rusa financiera y una Justicia intentando encontrar nombres propios donde el sistema sólo muestra caracteres alfanuméricos. El futuro llegó hace rato. La burocracia también.