El Gobierno cambiaría las reglas del transporte marítimo y la contratación de personal

Redacción Cuyo News
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El Gobierno de Javier Milei prepara el envío al Congreso Nacional de un nuevo paquete de reformas impulsado por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. El anteproyecto, que ya comenzó a circular, tiene una extensión de 144 páginas.

El objetivo declarado por el oficialismo es eliminar o modificar normas que, según su criterio, generan sobrecostos, limitan la competencia o dificultan el funcionamiento de los mercados.

La iniciativa abarca sectores como salud, energía, producción agropecuaria, transporte marítimo, cultura, mercado inmobiliario y sistema financiero. En materia de navegación, propone una apertura significativa del cabotaje y una serie de cambios laborales, fiscales y operativos.

Apertura del cabotaje a buques extranjeros

Uno de los principales puntos del proyecto permite que barcos de bandera extranjera realicen transporte de cargas y pasajeros entre puertos argentinos, una actividad históricamente reservada a embarcaciones nacionales.

El Título VII, comprendido entre los artículos 67° y 71°, establece que el cabotaje podrá ser realizado por buques de bandera argentina, embarcaciones con tratamiento de bandera nacional y barcos extranjeros.

En este último caso, los operadores deberán informar a la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) su incorporación al régimen, el período durante el cual prestarán servicios y la vigencia de los seguros y la documentación exigida.

El proyecto también deroga el Decreto-Ley 19.492 de 1944, que constituyó durante décadas la base legal de la reserva del cabotaje para la bandera argentina.

De aprobarse la reforma, el mercado quedará abierto a compañías extranjeras, aunque con obligaciones laborales, fiscales y previsionales que aumentarán de manera progresiva según el tiempo de permanencia en el país.

Incorporación progresiva de tripulación argentina

Durante los primeros 90 días de operación, los buques extranjeros no tendrán obligación de contratar trabajadores argentinos ni residentes permanentes.

Entre los días 91 y 180, al menos el 20% de la dotación deberá estar compuesta por ciudadanos argentinos, residentes permanentes o nacionales de países integrantes del Mercosur.

El porcentaje se elevará al 40% entre los días 181 y 360, mientras que las operaciones que superen un año deberán contar con una integración local mínima del 75%.

Una vez transcurridos los primeros 90 días, los armadores tendrán que registrar a los trabajadores alcanzados dentro del sistema argentino de seguridad social, efectuar los aportes y contribuciones correspondientes y garantizar remuneraciones no inferiores a las establecidas por el Acuerdo TCC Uniforme de la Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte (ITF).

Cambios en las dotaciones y en la contratación laboral

Entre los artículos 72° y 77°, la propuesta modifica la Ley de Navegación 20.094 e introduce cambios en la organización del personal embarcado, las dotaciones de los buques y la documentación del transporte marítimo.

La iniciativa diferencia entre la dotación mínima de seguridad y la dotación de explotación operativa. La primera estará integrada por el personal indispensable para garantizar una navegación segura y responder ante emergencias.

La Prefectura Naval Argentina continuará certificando esa dotación mediante el Certificado de Dotación Mínima de Seguridad.

En cambio, la dotación de explotación operativa quedará bajo responsabilidad del armador, que podrá definirla según las características del servicio y su plan de negocios. La ANPyN solo estará facultada para emitir lineamientos técnicos no obligatorios.

En materia laboral, el proyecto mantiene la exigencia de que el 75% de la maestranza y marinería de los buques argentinos esté integrada por ciudadanos argentinos o extranjeros con residencia permanente.

Sin embargo, los armadores podrán solicitar excepciones cuando no encuentren personal disponible. Si la autoridad competente no responde dentro de los diez días hábiles, la solicitud quedará aprobada mediante silencio administrativo positivo.

También se contemplan exenciones temporales de hasta 24 meses para embarcaciones altamente especializadas que participen en proyectos estratégicos de infraestructura energética o explotación offshore.

Otra modificación establece que el armador podrá contratar libremente a cualquier persona habilitada para desempeñar el cargo. En ese marco, las bolsas de trabajo gremiales tendrán carácter “no vinculante”.

Importación de buques usados e incentivos fiscales

Los artículos 78° a 84° están incluidos dentro del apartado denominado “Competitividad de la Marina Mercante Nacional” y contemplan incentivos fiscales, aduaneros y de promoción de inversiones.

El proyecto permite que los armadores nacionales accedan a los beneficios del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) para financiar la construcción, adquisición, importación, modernización, transformación o reequipamiento de buques y artefactos navales.

Para las compañías que no sean consideradas pequeñas o medianas empresas, la inversión mínima exigida será de nueve millones de dólares.

Asimismo, la propuesta elimina el Derecho de Importación Extrazona para buques nuevos y usados de hasta 20 años de antigüedad que se incorporen a la matrícula argentina.

La alícuota pasará al 0%, con el objetivo de reducir los costos de adquisición y favorecer la ampliación y renovación de la flota mercante.

Finalmente, el proyecto invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a establecer exenciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicado al combustible naval utilizado por buques de bandera argentina dedicados al cabotaje.

El paquete deberá atravesar el debate legislativo, donde se pondrán en discusión el impacto de la apertura a operadores extranjeros, la protección del empleo marítimo nacional y los efectos de los incentivos sobre la competitividad del sector.

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