El mercado laboral argentino incorporará desde el próximo 1° de noviembre una nueva herramienta de previsión financiera: el Fondo de Asistencia Laboral (FAL). El mecanismo obligará a las empresas del sector privado a destinar mensualmente un porcentaje de las remuneraciones que integran la base para las contribuciones patronales al SIPA a una cuenta individual vinculada con cada compañía.
El objetivo es que las empresas acumulen de manera progresiva recursos destinados a afrontar determinadas obligaciones indemnizatorias futuras cuando se produzca una desvinculación laboral. De esta forma, parte del impacto económico deja de concentrarse exclusivamente en el momento de finalización del vínculo.
Alejandra Guzmán, gerente del área Legal de Grupo Gestión, explicó que el FAL “no reemplaza la obligación indemnizatoria del empleador”, sino que funciona como una herramienta para “anticipar parte de ese pasivo y ordenar su impacto financiero”. La cuenta comenzará a responder una vez cumplido un período de carencia de seis meses de aportes.
Mariano Muñoz, coordinador de la Comunidad de Asuntos Laborales y miembro de la Comisión Directiva de la Asociación de Recursos Humanos de Argentina, sostuvo que el fondo incorpora “una lógica de previsión frente a una eventual desvinculación”. Según explicó, el sistema permite anticipar recursos de manera gradual en lugar de concentrar todo el costo sobre la empresa al momento de la salida del trabajador.
Cuánto deberán aportar las empresas
El esquema contempla dos alícuotas. Las grandes empresas deberán aportar mensualmente el 1% de las remuneraciones que constituyen la base para las contribuciones patronales al SIPA, mientras que las MiPyMEs deberán aportar el 2,5%.
La diferencia entre ambas alícuotas busca contemplar las distintas dimensiones empresariales. Muñoz señaló que, más allá del porcentaje, la lógica del sistema será la misma: conformar progresivamente un respaldo para afrontar eventuales obligaciones laborales.
Un aspecto central del mecanismo es que la normativa contempla una reducción de las contribuciones patronales a la seguridad social equivalente al aporte realizado al FAL. Por ese motivo, el impacto económico no debe analizarse únicamente como un nuevo desembolso, sino considerando también esa compensación.
Cómo funcionará el Fondo de Asistencia Laboral
La principal modificación estará en el momento en que se comienza a afrontar una eventual contingencia laboral. En el esquema tradicional, la empresa debe reunir los recursos cuando ocurre una desvinculación. Con el FAL, una parte de esa obligación comienza a acumularse con anticipación.
“Los recursos se destinan específicamente a afrontar determinadas obligaciones laborales futuras”, explicó Muñoz, quien definió al mecanismo como una forma de construir un “patrimonio de afectación específica” destinado a gestionar rupturas de vínculos laborales.
Para Guzmán, las empresas deberán controlar no sólo cuánto aportan mensualmente, sino también cómo evoluciona el saldo, qué rendimiento obtiene, cuáles son los costos de administración y qué nivel de cobertura alcanza frente a las posibles contingencias laborales.
Fernando Galante, economista y CEO de Chimpay Inversiones, calificó al FAL como una “revolución PYME” por la previsibilidad que, según sostuvo, puede aportar frente a contingencias laborales sin representar un costo adicional dentro del esquema de contribuciones. También destacó el posible impacto sobre el mercado de capitales al canalizar los recursos hacia distintos instrumentos de inversión.
Los fondos ingresarán al mercado de capitales
El dinero acumulado no permanecerá inmovilizado. Las empresas deberán seleccionar una entidad habilitada y un vehículo de inversión. En caso de que no realicen esa elección, la Comisión Nacional de Valores asignará uno de oficio.
La entidad administradora deberá contar con autorización de la Comisión Nacional de Valores y estará encargada de administrar, invertir y resguardar los recursos, además de intervenir en los procesos de verificación y pago cuando corresponda.
El mecanismo obligará a las empresas a considerar variables que hasta ahora no formaban parte central de la gestión cotidiana de las obligaciones laborales, como la política de inversión, la liquidez, los costos de administración, la trazabilidad del dinero y la información disponible para monitorear el fondo.
La normativa establece además un límite del 1% para las comisiones y gastos de administración y prohíbe que el empleador seleccione una organización en la que tenga participación directa o indirecta.
Qué ocurre cuando llega un despido
El FAL no elimina ni reduce la responsabilidad del empleador. Si el saldo acumulado no alcanza para cubrir una indemnización, la empresa seguirá siendo responsable por el total de la obligación y deberá completar la diferencia.
“El FAL no modifica la responsabilidad del empleador ni limita los derechos que correspondan al trabajador”, sostuvo Muñoz. El fondo podrá cubrir total o parcialmente una obligación, pero la insuficiencia de recursos no modifica el monto que corresponda abonar.
Si una empresa atraviesa varios años sin desvinculaciones, los fondos permanecerán acumulados y continuarán integrando la previsión. Guzmán indicó que la normativa incluso contempla la posibilidad de solicitar una suspensión temporal de las contribuciones cuando el saldo alcance determinados niveles de cobertura respecto de la nómina.
El efecto ante una reestructuración
Uno de los escenarios en los que el mecanismo busca tener mayor impacto es el de las empresas que atraviesan una crisis y necesitan realizar múltiples desvinculaciones. En esos casos, la existencia de recursos acumulados previamente permitiría que una parte de las obligaciones ya cuente con cobertura financiera.
Para Guzmán, el fondo apunta a generar mayor previsibilidad ante períodos de incremento de las desvinculaciones y permite que parte del costo de una eventual reestructuración haya sido provisionada con anticipación.
Muñoz sostuvo que esa previsibilidad también puede beneficiar al trabajador, al sumar mayores garantías respecto del cumplimiento de las obligaciones indemnizatorias. El nuevo esquema comenzará a funcionar desde noviembre y obligará a las empresas a incorporar una lógica de planificación financiera permanente frente a futuras desvinculaciones.
Desde el 1° de noviembre, las empresas privadas deberán comenzar a aportar al Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo pensado para anticipar parte de las futuras obligaciones indemnizatorias. El esquema prevé aportes mensuales del 1% para grandes empresas y del 2,5% para MiPyMEs, con recursos administrados a través de entidades habilitadas.
Desde noviembre, despedir a alguien dejará de ser solamente un problema del día en que ocurre: una parte del costo empezará a juntarse mucho antes. El Fondo de Asistencia Laboral, o FAL, obligará a las empresas privadas a acumular recursos todos los meses para afrontar futuras obligaciones indemnizatorias.
La lógica es simple: en vez de esperar a que llegue la desvinculación con la delicadeza financiera de una heladera cayéndose por la escalera, el sistema propone armar un respaldo de manera progresiva. Las grandes empresas aportarán el 1% de la base salarial alcanzada y las MiPyMEs, el 2,5%.
El fondo no reemplaza la indemnización ni libera al empleador de pagar lo que corresponda. Si la cuenta alcanza, ayuda; si no alcanza, la empresa deberá completar la diferencia, porque la contabilidad puede modernizarse, pero la obligación no desaparece por arte de reglamentación.
Además, el dinero no quedará inmóvil en una cuenta esperando tiempos peores. Deberá invertirse a través de entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores, lo que incorpora al área de Recursos Humanos una nueva preocupación: además de contratos, recibos y legajos, ahora también habrá que mirar rendimientos, comisiones y cobertura.
El nuevo sistema busca darle previsibilidad a empresas y trabajadores ante despidos o reestructuraciones. La indemnización seguirá existiendo; lo novedoso es que, desde noviembre, empezará a tener alcancía.