La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal revisó las condenas de los cinco prefectos que participaron en el operativo en el que murió Rafael Nahuel en 2017 y resolvió hacer lugar a los recursos presentados por las defensas. La decisión implicó una reducción de las penas y la eliminación de la inhabilitación especial para integrar fuerzas de seguridad.
Sergio Cavia recibió tres años de prisión en suspenso; Juan Ramón Obregón, dos años y seis meses; Francisco Javier Pintos y Carlos Valentín Sosa, dos años y tres meses; mientras que Sergio Damián García fue condenado a dos años.
Los camaristas Carlos Mahiques, Mariano Borinsky y Guillermo Yacobucci mantuvieron, sin embargo, la condena por participar de un homicidio agravado por la utilización de armas de fuego, con exceso en la legítima defensa.
Además de reducir las penas, los jueces resolvieron quitar la inhabilitación especial que pesaba sobre los cinco integrantes de la Prefectura Naval, por lo que esa sanción dejó de impedirles desempeñarse en las fuerzas de seguridad.
El reclamo de la familia de Rafael Nahuel
El abogado de la familia de Nahuel, Rubén Marigo, cuestionó la resolución y sostuvo que el fallo no contempla adecuadamente la gravedad de los hechos. “No nos satisface el fallo porque se trató de un claro ilícito de violencia institucional”, aseguró.
Marigo señaló que la decisión “sobrevalora la conducta particular de los asesinos sobre la de la víctima, que es Rafael”. El abogado recordó además que la posibilidad de una modificación de las penas ya había sido planteada pese a la ratificación de la Cámara Federal de las condenas de cumplimiento efectivo.
Según explicó, esa instancia había considerado como agravante los 150 disparos efectuados por los prefectos durante el episodio.
“Si bien nosotros reclamamos prisión perpetua por homicidio agravado por uso de armas de fuego y ser miembros de fuerza de seguridad, se mantuvo que el delito es doloso. Por supuesto, no nos satisface el fallo porque se trató de un claro ilícito de violencia institucional”, agregó Marigo.
La muerte de Nahuel y la discusión judicial
Rafael Nahuel murió en 2017 durante un operativo en el que participaron integrantes de un equipo especial de la Prefectura Naval. El caso derivó en un proceso judicial que terminó con condenas para los cinco agentes involucrados.
La resolución conocida ahora mantiene la calificación del homicidio agravado por el uso de armas de fuego, aunque modifica las penas y elimina la inhabilitación especial.
Para Marigo, la decisión implica un tratamiento que considera insuficiente frente a la conducta de los prefectos. “Era de esperarse esta posibilidad pese a la ratificación de la Cámara Federal para que tuvieran condena efectiva, porque valoró los 150 disparos de los prefectos como agravante”, sostuvo.
El abogado también cuestionó el alcance de la resolución al señalar que “se premia el homicidio por la espalda de un miembro de los pueblos originarios en un tema de disputa territorial”.
De este modo, el fallo de Casación mantiene la responsabilidad penal establecida en la causa, pero modifica de manera sustancial las consecuencias para los cinco condenados, tanto por el carácter condicional de las penas como por el levantamiento de la inhabilitación para integrar fuerzas de seguridad.
La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal redujo las condenas de los cinco prefectos juzgados por la muerte de Rafael Nahuel, ocurrida en 2017. Los agentes recibieron penas de entre dos y tres años de prisión en suspenso y fueron beneficiados con el retiro de la inhabilitación especial para integrar fuerzas de seguridad. La condena por homicidio agravado se mantuvo.
Dos años de prisión en suspenso por un homicidio con armas de fuego. La Justicia bajó las penas de los cinco prefectos condenados por la muerte de Rafael Nahuel y, además, les quitó la inhabilitación para seguir integrando fuerzas de seguridad.
El expediente tiene 150 disparos, una muerte y ahora penas que se miden en años que no necesariamente se cumplen detrás de una puerta. El trámite judicial parece tener esa particularidad argentina: la realidad entra con sirenas, armas y un operativo, pero sale con una calculadora bastante más pequeña.
La Sala III de Casación hizo lugar a los recursos de las defensas y modificó las condenas. Sergio Cavia recibió tres años en suspenso; Juan Ramón Obregón, dos años y seis meses; Francisco Javier Pintos y Carlos Valentín Sosa, dos años y tres meses; y Sergio Damián García, dos años.
La condena por homicidio agravado por el uso de armas de fuego, con exceso en la legítima defensa, quedó en pie. Lo que cambió fue la consecuencia penal: las penas pasaron a ser de cumplimiento condicional y también desapareció la inhabilitación especial para desempeñarse en las fuerzas de seguridad.
El abogado de la familia de Nahuel, Rubén Marigo, cuestionó la decisión y sostuvo que el fallo sobrevalora la conducta de los acusados frente a la de la víctima. También recordó que la Cámara Federal había ratificado condenas efectivas y considerado los 150 disparos de los prefectos como un agravante.
En un país donde hasta una multa de tránsito puede convertirse en una saga administrativa, el caso de Rafael Nahuel vuelve a recorrer los pasillos de la Justicia con una discusión central: cuánto pesa una condena cuando la pena se vuelve condicional y la puerta de la fuerza de seguridad sigue abierta.
El homicidio quedó probado en la sentencia. La discusión ahora parece estar en cuánto dura una consecuencia.