La Cámara Federal de Casación Penal resolvió que la causa por presunto lavado de activos vinculada a una casaquinta de Pilar valuada en USD 17 millones deberá volver al fuero federal de Campana, luego de determinar que el delito investigado no corresponde a la competencia del fuero Penal Económico de la Ciudad de Buenos Aires.

La investigación busca determinar si la propiedad fue adquirida por presuntos testaferros de dirigentes de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y continuará en el Juzgado Federal de Campana, a cargo de Adrián González Charvay.

Casación ordenó que el expediente sea enviado primero a la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín para que, “sin dilaciones”, lo derive nuevamente al juzgado que había intervenido previamente.

El tribunal fundamentó la decisión en la garantía constitucional del juez natural y en la necesidad de preservar “una buena y pronta administración de justicia”.

Casación definió que el lavado corresponde al fuero federal

La resolución fue adoptada por los jueces Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, con una disidencia parcial de Alejandro Slokar.

Slokar consideró que el recurso debía declararse inadmisible por razones formales, al entender que no se estaba ante una sentencia definitiva ni equiparable a tal. Sin embargo, coincidió en que el delito de lavado de activos corresponde a la competencia de la Justicia Federal y no al fuero Penal Económico.

El fallo sostuvo que el fuero Penal Económico posee una competencia especializada establecida expresamente por ley y que no puede ampliarse hacia figuras penales que no hayan sido asignadas de manera específica.

Los magistrados remarcaron que no existe una norma que atribuya a ese fuero la investigación del lavado de activos previsto en el artículo 303 del Código Penal, delito “que es de competencia estrictamente federal”.

La sentencia también aclaró que la remisión del expediente no implica retroceder la investigación, invalidar medidas ya realizadas ni dejar sin efecto pruebas producidas hasta el momento.

Casación convalidó así lo actuado y ordenó que la pesquisa continúe desde el punto en el que se encuentra.

El expediente volverá a Campana

El mes pasado, González Charvay había remitido la investigación al Juzgado Penal Económico Nº 10 de la Ciudad de Buenos Aires por decisión de la Cámara del fuero.

Ese juzgado se encontraba subrogado por Verónica Straccia, quien había delegado la investigación en la fiscalía de Claudio Navas Rial.

Con la nueva resolución, el expediente deberá realizar el camino inverso y regresar al Juzgado Federal de Campana.

La decisión fue adoptada después de una audiencia en la que la defensa de Luciano Pantano y su madre Ana Conte, señalados como presuntos testaferros, reclamó que el expediente volviera a esa jurisdicción por razones territoriales.

El abogado Mariano Morán sostuvo que la propiedad investigada se encuentra en Pilar y, por lo tanto, dentro de la jurisdicción de Campana.

La fiscalía a cargo de Mario Villar se opuso al planteo y argumentó que la investigación incluye hechos más amplios, algunos de ellos originados en la Ciudad de Buenos Aires.

Cómo comenzó la investigación

La causa se inició en diciembre de 2025 a partir de una denuncia contra Luciano Pantano y Ana Conte, propietarios de la sociedad Real Central, que figura como compradora de la casaquinta ubicada en Villa Rosa, partido de Pilar.

La hipótesis investigada es que los ingresos declarados por quienes aparecen formalmente como propietarios no serían suficientes para justificar una inversión de USD 17 millones.

Por ese motivo, la investigación busca determinar si Pantano y Conte podrían haber actuado como presuntos testaferros de dirigentes vinculados con la AFA.

Durante un allanamiento realizado en la propiedad se encontraron además objetos que pertenecerían al tesorero de la Asociación del Fútbol Argentino, Pablo Toviggino.

En otro procedimiento relacionado con la causa se halló una flota de 54 vehículos de colección y alta gama valuada en casi USD 4 millones.

El primer magistrado que intervino en el expediente fue el juez federal Daniel Rafecas, quien remitió inicialmente la causa al fuero Penal Económico.

Allí se rechazó la competencia bajo el argumento de que la especialización en delitos económicos no resultaba suficiente para asumir una investigación por lavado de activos sin una norma específica que así lo estableciera.

Posteriormente, diferentes decisiones judiciales derivaron en una disputa de competencia que llegó a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico.

En junio, ese tribunal resolvió que la investigación permaneciera en el Juzgado Penal Económico Nº 10, entonces subrogado por Marcelo Aguinsky. La defensa apeló esa decisión y el conflicto llegó a Casación.

El nuevo fallo determinó finalmente que el carácter económico o financiero de los hechos no alcanza para justificar la intervención del fuero Penal Económico.

Los jueces recordaron que esa jurisdicción entiende en delitos específicos como evasión tributaria, contrabando, balances falsos y cuestiones vinculadas con el régimen penal cambiario, pero no en lavado de activos.

Con esta decisión, la investigación continuará en la Justicia Federal para intentar determinar el origen de los fondos utilizados en la compra de la propiedad y la eventual participación de las personas investigadas.