La investigación judicial sobre el patrimonio de Manuel Adorni registró este viernes un cambio significativo. El fiscal federal Gerardo Pollicita concluyó que las pruebas reunidas no resultan suficientes para sostener una acusación por enriquecimiento ilícito contra el exfuncionario nacional. Sin embargo, consideró necesario continuar con las actuaciones para determinar si existieron posibles maniobras de evasión tributaria.

En un dictamen presentado ante el juez federal Ariel Lijo, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que el expediente sea remitido a la Justicia Nacional en lo Penal Económico, competente para investigar eventuales delitos vinculados con impuestos nacionales.

La decisión quedó ahora en manos del magistrado, quien deberá resolver si acepta el planteo de incompetencia formulado por la fiscalía y dispone el traslado de las actuaciones.

El punto central del análisis de Pollicita es que no pudo acreditarse que los fondos cuestionados se hubieran generado durante el ejercicio de funciones públicas. Según la interpretación expuesta en el dictamen, ese requisito resulta fundamental para configurar el delito de enriquecimiento ilícito.

La defensa de Adorni sostuvo que una parte relevante de su patrimonio provenía de inversiones en criptomonedas realizadas antes de diciembre de 2023, cuando ingresó a la administración nacional. La fiscalía consideró que los elementos probatorios disponibles no permitieron descartar esa explicación.

El pronunciamiento no constituye un sobreseimiento ni implica el cierre definitivo de la investigación. Por el contrario, abre la posibilidad de que otro fuero examine el tratamiento impositivo de los bienes, ingresos en efectivo y operaciones financieras que fueron objeto de análisis.

El origen de la denuncia y la investigación patrimonial

La causa comenzó a partir de una denuncia presentada por la diputada nacional Marcela Pagano, quien cuestionó la evolución del patrimonio de Adorni durante su paso por el Gobierno nacional.

A partir de esa presentación, la fiscalía impulsó medidas destinadas a reconstruir los ingresos, gastos, adquisiciones inmobiliarias, movimientos financieros y declaraciones patrimoniales de quien se desempeñó como vocero presidencial y posteriormente como jefe de Gabinete.

El período examinado comprendió desde diciembre de 2023 hasta junio de 2026. Durante la instrucción se analizaron compras de propiedades, pagos en efectivo, operaciones con activos digitales y distintos gastos personales.

La hipótesis inicial apuntaba a determinar si el crecimiento patrimonial del funcionario podía justificarse mediante ingresos legítimos o si existía un incremento injustificado producido durante su desempeño en el Estado.

Tras evaluar la documentación incorporada al expediente y las explicaciones de la defensa, Pollicita entendió que no se habían reunido pruebas suficientes para demostrar que el dinero investigado tuviera su origen en el período de ejercicio de la función pública.

El fiscal tampoco pudo descartar que los fondos provinieran de operaciones anteriores, particularmente de inversiones en Bitcoin realizadas entre 2014 y 2018.

Esta conclusión debilitó la hipótesis de enriquecimiento ilícito, aunque dejó pendientes interrogantes sobre la situación fiscal de determinados activos y operaciones económicas.

Por qué la causa podría pasar al fuero Penal Económico

El dictamen de Pollicita propone modificar el eje de la investigación. En lugar de continuar examinando exclusivamente un posible enriquecimiento ilícito, plantea que la Justicia determine si los fondos utilizados por Adorni fueron correctamente declarados ante los organismos tributarios.

La diferencia entre ambas figuras es relevante desde el punto de vista jurídico.

El delito de enriquecimiento ilícito requiere acreditar un incremento patrimonial apreciable e injustificado vinculado con el desempeño de funciones públicas, conforme a los requisitos previstos en la legislación penal.

En cambio, una investigación por evasión tributaria se concentra en establecer si existieron incumplimientos penalmente relevantes en la declaración de bienes, ingresos u operaciones económicas y en el pago de los impuestos correspondientes.

En ese escenario, el origen temporal de los fondos no elimina por sí mismo la posibilidad de que existan obligaciones tributarias pendientes o irregularidades en su declaración.

Por esa razón, el fiscal solicitó que las actuaciones sean enviadas a la Justicia Nacional en lo Penal Económico, especializada en delitos tributarios, aduaneros y otras infracciones comprendidas dentro de su competencia.

Si Lijo acepta el planteo, los tribunales de ese fuero deberán evaluar si existieron omisiones o inconsistencias vinculadas con Ganancias, Bienes Personales u otros impuestos nacionales, y determinar si eventualmente alcanzan la gravedad necesaria para configurar un delito.

La resolución representa un alivio judicial parcial para Adorni, debido a que la fiscalía considera insuficiente la prueba para sostener la acusación de enriquecimiento ilícito. No obstante, su situación tributaria podría quedar sometida a nuevas medidas de investigación y pericias contables.

Las operaciones con Bitcoin y la explicación sobre los US$ 591.000

Uno de los aspectos centrales del expediente es la explicación presentada por Adorni y su esposa, Bettina Angeletti, acerca del origen de una parte de los fondos utilizados en distintas operaciones patrimoniales.

Según la documentación aportada por la defensa, ambos realizaron durante 2017 inversiones en criptomonedas por US$ 199.883,20 y posteriormente vendieron esos activos en 2018 por US$ 591.544,61.

El descargo sostuvo que las transacciones se concretaron mediante encuentros presenciales y pagos en efectivo. También identificó ocho direcciones de Bitcoin que, según afirmó, se encontraban bajo el control de Adorni, aunque no figuraban registradas formalmente a su nombre.

De acuerdo con esa versión, el dinero obtenido permaneció en efectivo y fue utilizado posteriormente para afrontar gastos, adquirir propiedades y vehículos, además de financiar viajes.

La defensa indicó que, hacia fines de 2025, todavía quedaban US$ 209.961,52 de aquellos fondos.

Para examinar esa explicación, la fiscalía dispuso una verificación criptográfica de las ocho direcciones de Bitcoin aportadas al expediente.

El procedimiento iniciado a comienzos de octubre permitió comprobar la existencia de las billeteras y verificar que las claves privadas se encontraban bajo control de la defensa de Adorni al momento de la diligencia, lo que posibilitaba generar firmas digitales válidas.

También se constató que las direcciones habían registrado actividad entre 2014 y 2018 y que, al momento de la verificación, no mantenían saldo.

Sin embargo, esas comprobaciones técnicas no permitieron reconstruir de manera completa todas las operaciones ni verificar integralmente la explicación económica presentada por el exfuncionario.

Un informe de la Policía Federal Argentina identificó 41 movimientos vinculados con las direcciones examinadas. De ese total, 17 no habrían tenido contacto con plataformas de intercambio, mientras que los restantes estarían relacionados con servicios del exterior cuyos plazos de conservación de información ya habrían vencido.

Estas limitaciones impidieron obtener determinados registros que podrían haber contribuido a reconstruir las transacciones. En consecuencia, la fiscalía no logró confirmar ni refutar de manera concluyente las justificaciones presentadas por Adorni.

El expediente también incorporó información sobre la situación económica previa del matrimonio.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) informó que Adorni y Angeletti registraron hasta 2014 ingresos en pesos equivalentes a aproximadamente US$ 335.000.

Por su parte, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comunicó que durante ese período se habían registrado compras de moneda extranjera por US$ 85.000.

Estos antecedentes fueron incorporados al análisis sobre la capacidad económica previa del exfuncionario y el posible origen de los fondos utilizados en operaciones posteriores.

Otro de los puntos examinados corresponde a las refacciones efectuadas en una vivienda ubicada en el country Indio Cuá.

Adorni rechazó haber abonado US$ 245.000 al contratista Matías Tabar y sostuvo que el costo real de los trabajos había sido de US$ 175.000.

La defensa también respondió 20 observaciones formuladas por la fiscalía respecto de la evolución patrimonial registrada entre diciembre de 2023 y junio de 2026.

Entre ellas figuraba una diferencia patrimonial de $43.068.549, que los representantes del exfuncionario calificaron como residual y consideraron respaldada mediante documentación contable y técnica.

Con estos elementos, Pollicita concluyó que no correspondía sostener, con las pruebas disponibles, una acusación por enriquecimiento ilícito. Sin embargo, entendió que las dudas relacionadas con el tratamiento tributario de los fondos justifican la continuidad de las actuaciones.

El próximo paso dependerá de la decisión del juez Ariel Lijo, quien deberá determinar si acepta el pedido de la fiscalía y remite el expediente al fuero Penal Económico. De concretarse el traslado, la investigación continuará enfocada en establecer si las operaciones patrimoniales y financieras examinadas fueron correctamente declaradas y si existieron eventuales incumplimientos tributarios con relevancia penal.