El Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) registró un nuevo incremento en junio de 2026 y quedó fijado en $367.800 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, según lo establecido por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 9/2026, publicada en el Boletín Oficial y firmada por Claudia Silvana Testa, presidenta alterna del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

La normativa también definió los valores que regirán hasta agosto de 2026 para los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y otros organismos del Estado nacional que actúen como empleadores.

Cuánto cobra el salario mínimo en junio

De acuerdo con el texto oficial, el SMVM para junio quedó establecido en $367.800 mensuales para quienes cumplen la jornada legal completa prevista por la Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744.

En el caso de los trabajadores jornalizados, el valor mínimo fue fijado en $1.839 por hora.

La resolución contempla además las situaciones especiales previstas en los artículos 92 ter y 198 de la legislación laboral, para las cuales el salario mínimo deberá liquidarse en forma proporcional según la jornada efectivamente trabajada.

Los aumentos previstos hasta agosto

El cronograma establecido por el Gobierno nacional prevé nuevas actualizaciones para los próximos meses:

• Desde el 1 de junio de 2026: $367.800
• Desde el 1 de julio de 2026: $372.400
• Desde el 1 de agosto de 2026: $376.600

La actualización de junio representa un incremento del 1,32% respecto del salario mínimo de mayo, que había sido de $363.000.

Sin embargo, el aumento quedó por debajo del 2,1% registrado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) para el quinto mes del año.

Impacto sobre la prestación por desempleo

El Salario Mínimo, Vital y Móvil cumple una función clave dentro del sistema laboral argentino, ya que sirve como referencia para distintas prestaciones sociales, entre ellas la Prestación por Desempleo que administra la ANSES.

Según establece la normativa vigente, el beneficio equivale al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida por el trabajador durante los seis meses previos a la finalización de la relación laboral.

La resolución también establece límites para el cálculo del beneficio. En ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente ni superar el 100% del SMVM correspondiente al período en cuestión.

De esta manera, el nuevo valor fijado para junio impactará tanto en los pisos salariales establecidos por la legislación como en distintas prestaciones vinculadas al sistema de seguridad social.