La decisión se tomó en la sesión ordinaria de este jueves 22 de octubre, según informaron medios locales. El Expediente 2298, que remitió el Poder Ejecutivo, figuraba en el temario oficial como una modificación de la Ley 1810-A para sumar un régimen complementario de disposición final: subasta pública o compactación.

El cambio habilita rematar los vehículos que puedan recuperarse para que vuelvan a circular, y mantiene las otras dos salidas: aprovechar autopartes o compactar las unidades que no sirvan.

Qué vehículos podrán subastarse

La modificación alcanza a autos, camionetas y motos, según informaron medios locales. Los que puedan recuperarse en su funcionamiento podrán subastarse enteros para volver a circular. También se prevé usar unidades o partes como autopartes, de acuerdo con el informe de cada caso.

Esos informes los elaboran la Secretaría de Ambiente y la Secretaría de Seguridad. Las dos reparticiones tienen que determinar si el vehículo puede volver a utilizarse, según informaron medios locales.

La compactación y la venta como chatarra continúan para los vehículos que no estén en condiciones de recuperarse, según informaron medios locales.

Qué pasa con la plata y con el remate

El temario oficial señala que lo recaudado se destinará a obras, programas y acciones sociales o ambientales.

El paso siguiente es la reglamentación del Poder Ejecutivo. Esa norma definirá cómo se seleccionarán los vehículos y cómo se harán las subastas. La fecha de inicio todavía no se informó.