La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso el foco sobre los honorarios judiciales mediante la Resolución General 5824/2026. La norma moderniza el régimen de emisión de comprobantes, reemplazando y modificando aspectos de la histórica RG 1415, y elimina excepciones que durante años permitieron a determinados profesionales operar con esquemas simplificados dentro del ámbito judicial.
Hasta ahora, los abogados y peritos que percibían honorarios mediante libranzas judiciales o transferencias ordenadas por los tribunales podían, en muchos casos, prescindir de la emisión de comprobantes electrónicos, ya que la propia documentación judicial funcionaba como respaldo suficiente de la operación. Con la nueva regulación, esa excepción desaparece.
De esta manera, a partir del 1 de julio de 2026, quienes perciban honorarios y retribuciones por vía judicial deberán emitir una factura electrónica por cada regulación cobrada.
Cronograma de implementación
Aunque la resolución se encuentra vigente desde su publicación en el Boletín Oficial, ARCA estableció un período de adecuación técnica y administrativa para los contribuyentes alcanzados.
Según precisó Errepar, las nuevas obligaciones de emisión para quienes pierden la excepción —entre ellos directores de sociedades y abogados que cobran honorarios judiciales— serán aplicables a las operaciones realizadas desde el 1 de julio de 2026.
Los principales cambios para los profesionales
Entre las modificaciones introducidas por la RG 5824/2026 figura la actualización de los parámetros para la identificación del consumidor final. A partir de ahora, será obligatoria la identificación mediante DNI o CUIL cuando el importe de la operación sea igual o superior a $10.000.000.
Sin embargo, cuando el cliente necesite computar el gasto para deducciones en el Impuesto a las Ganancias, deberá ser identificado con CUIT, independientemente del monto involucrado.
La norma también incorpora cambios vinculados a los puntos de venta. Entre ellos, se prohíbe reutilizar numeraciones correspondientes a puntos de emisión dados de baja y se habilita la vinculación de cada punto de venta con una actividad económica específica previamente declarada.
Para los abogados que perciben honorarios judiciales de manera ocasional, la medida implicará nuevas tareas administrativas vinculadas con la habilitación de servicios y la generación de comprobantes electrónicos, incluso cuando se trate de ingresos esporádicos.
Ante este escenario, especialistas recomiendan que abogados, peritos y demás profesionales alcanzados revisen con anticipación su situación registral para evitar inconsistencias que puedan afectar su operatoria ante el organismo recaudador.
Pedido de prórroga
En paralelo, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires presentó una nota ante ARCA solicitando la postergación de la entrada en vigencia de las modificaciones introducidas por la Resolución General 5824/2026.
El pedido apunta especialmente a los nuevos contribuyentes que pasarán a estar obligados a emitir facturas, entre ellos directores, síndicos, socios administradores de sociedades y quienes perciben honorarios u otras retribuciones por vía judicial.
La entidad sostiene que una extensión de los plazos permitiría una adecuación más ordenada de los sistemas y procedimientos necesarios para cumplir con las nuevas exigencias establecidas por el organismo.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso que, desde el 1 de julio de 2026, abogados, peritos y otros profesionales que perciban honorarios por vía judicial deberán emitir factura electrónica por cada cobro. La medida elimina una excepción vigente durante años y generó pedidos de prórroga por parte de entidades profesionales debido al impacto administrativo y operativo que implicará su implementación.
Resumen generado automáticamente por inteligencia artificial
Factura electrónica por cada honorario judicial. Desde julio, lo que antes quedaba respaldado por una libranza o una transferencia ordenada por un juzgado también deberá pasar por el mostrador digital del fisco.
La excepción sobrevivió décadas. Como esos electrodomésticos que siguen funcionando pese a los años, estaba ahí, silenciosa, cumpliendo su tarea. Hasta que apareció una resolución nueva y decidió que todo debía quedar prolijamente archivado, numerado y emitido en PDF.
La Resolución General 5824/2026 no sólo actualiza reglas sobre comprobantes. También elimina beneficios administrativos que muchos profesionales del ámbito judicial daban por descontados. Abogados, peritos y otros actores que cobran honorarios mediante órdenes judiciales deberán emitir una factura electrónica por cada regulación percibida.
La lógica oficial apunta a uniformar procedimientos y ampliar los controles. La lógica del profesional que cobra un honorario esporádico apunta a algo más sencillo: cobrar y seguir trabajando. Entre ambas lógicas aparece un nuevo trámite, nuevas verificaciones y la obligación de revisar la situación registral antes de que llegue la fecha límite.
La resolución ya está vigente, pero la obligación operativa comenzará el 1 de julio de 2026. Un plazo de adaptación que, para algunos, parece razonable. Para otros, insuficiente. Tanto que el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ya pidió una postergación de la entrada en vigor.
La norma también endurece el manejo de los puntos de venta y actualiza los montos para la identificación obligatoria de clientes. Porque en Argentina nunca falta una reforma tributaria que llegue acompañada de formularios, sistemas y claves fiscales nuevas. Es casi una tradición nacional no declarada.
Mientras tanto, abogados, contadores, síndicos y directores de sociedades revisan registros, actividades y configuraciones. El expediente ahora también tiene versión electrónica. Y siempre pide una copia más.
Contenido humorístico generado por inteligencia artificial
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso el foco sobre los honorarios judiciales mediante la Resolución General 5824/2026. La norma moderniza el régimen de emisión de comprobantes, reemplazando y modificando aspectos de la histórica RG 1415, y elimina excepciones que durante años permitieron a determinados profesionales operar con esquemas simplificados dentro del ámbito judicial.
Hasta ahora, los abogados y peritos que percibían honorarios mediante libranzas judiciales o transferencias ordenadas por los tribunales podían, en muchos casos, prescindir de la emisión de comprobantes electrónicos, ya que la propia documentación judicial funcionaba como respaldo suficiente de la operación. Con la nueva regulación, esa excepción desaparece.
De esta manera, a partir del 1 de julio de 2026, quienes perciban honorarios y retribuciones por vía judicial deberán emitir una factura electrónica por cada regulación cobrada.
Cronograma de implementación
Aunque la resolución se encuentra vigente desde su publicación en el Boletín Oficial, ARCA estableció un período de adecuación técnica y administrativa para los contribuyentes alcanzados.
Según precisó Errepar, las nuevas obligaciones de emisión para quienes pierden la excepción —entre ellos directores de sociedades y abogados que cobran honorarios judiciales— serán aplicables a las operaciones realizadas desde el 1 de julio de 2026.
Los principales cambios para los profesionales
Entre las modificaciones introducidas por la RG 5824/2026 figura la actualización de los parámetros para la identificación del consumidor final. A partir de ahora, será obligatoria la identificación mediante DNI o CUIL cuando el importe de la operación sea igual o superior a $10.000.000.
Sin embargo, cuando el cliente necesite computar el gasto para deducciones en el Impuesto a las Ganancias, deberá ser identificado con CUIT, independientemente del monto involucrado.
La norma también incorpora cambios vinculados a los puntos de venta. Entre ellos, se prohíbe reutilizar numeraciones correspondientes a puntos de emisión dados de baja y se habilita la vinculación de cada punto de venta con una actividad económica específica previamente declarada.
Para los abogados que perciben honorarios judiciales de manera ocasional, la medida implicará nuevas tareas administrativas vinculadas con la habilitación de servicios y la generación de comprobantes electrónicos, incluso cuando se trate de ingresos esporádicos.
Ante este escenario, especialistas recomiendan que abogados, peritos y demás profesionales alcanzados revisen con anticipación su situación registral para evitar inconsistencias que puedan afectar su operatoria ante el organismo recaudador.
Pedido de prórroga
En paralelo, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires presentó una nota ante ARCA solicitando la postergación de la entrada en vigencia de las modificaciones introducidas por la Resolución General 5824/2026.
El pedido apunta especialmente a los nuevos contribuyentes que pasarán a estar obligados a emitir facturas, entre ellos directores, síndicos, socios administradores de sociedades y quienes perciben honorarios u otras retribuciones por vía judicial.
La entidad sostiene que una extensión de los plazos permitiría una adecuación más ordenada de los sistemas y procedimientos necesarios para cumplir con las nuevas exigencias establecidas por el organismo.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso que, desde el 1 de julio de 2026, abogados, peritos y otros profesionales que perciban honorarios por vía judicial deberán emitir factura electrónica por cada cobro. La medida elimina una excepción vigente durante años y generó pedidos de prórroga por parte de entidades profesionales debido al impacto administrativo y operativo que implicará su implementación.
Factura electrónica por cada honorario judicial. Desde julio, lo que antes quedaba respaldado por una libranza o una transferencia ordenada por un juzgado también deberá pasar por el mostrador digital del fisco.
La excepción sobrevivió décadas. Como esos electrodomésticos que siguen funcionando pese a los años, estaba ahí, silenciosa, cumpliendo su tarea. Hasta que apareció una resolución nueva y decidió que todo debía quedar prolijamente archivado, numerado y emitido en PDF.
La Resolución General 5824/2026 no sólo actualiza reglas sobre comprobantes. También elimina beneficios administrativos que muchos profesionales del ámbito judicial daban por descontados. Abogados, peritos y otros actores que cobran honorarios mediante órdenes judiciales deberán emitir una factura electrónica por cada regulación percibida.
La lógica oficial apunta a uniformar procedimientos y ampliar los controles. La lógica del profesional que cobra un honorario esporádico apunta a algo más sencillo: cobrar y seguir trabajando. Entre ambas lógicas aparece un nuevo trámite, nuevas verificaciones y la obligación de revisar la situación registral antes de que llegue la fecha límite.
La resolución ya está vigente, pero la obligación operativa comenzará el 1 de julio de 2026. Un plazo de adaptación que, para algunos, parece razonable. Para otros, insuficiente. Tanto que el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ya pidió una postergación de la entrada en vigor.
La norma también endurece el manejo de los puntos de venta y actualiza los montos para la identificación obligatoria de clientes. Porque en Argentina nunca falta una reforma tributaria que llegue acompañada de formularios, sistemas y claves fiscales nuevas. Es casi una tradición nacional no declarada.
Mientras tanto, abogados, contadores, síndicos y directores de sociedades revisan registros, actividades y configuraciones. El expediente ahora también tiene versión electrónica. Y siempre pide una copia más.