La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizará la tabla de categorías del Monotributo durante julio, en línea con el mecanismo de actualización semestral que se realiza en enero y julio de cada año.

El ajuste modificará los valores del impuesto integrado, los aportes previsionales y la cuota destinada a la obra social. Sin embargo, los cambios no impactarán en el pago correspondiente a julio, ya que los nuevos valores serán publicados después de que se conozca la inflación de junio.

Cuándo empiezan a regir los nuevos valores

Según el cronograma previsto, ARCA difundirá la nueva tabla el 15 de julio, luego de que el 14 de julio se publique el dato oficial de inflación correspondiente a junio.

Por ese motivo, durante julio continuarán vigentes los valores anteriores. En cambio, quienes abonen el Monotributo en agosto ya deberán hacerlo con el impacto completo de la actualización.

La próxima recategorización del Monotributo vence el 5 de agosto. Hasta esa fecha, los contribuyentes podrán modificar su situación para evitar una eventual recategorización de oficio por parte del organismo.

Cuánto podrían pagar las categorías del Monotributo

Especialistas estiman que la actualización podría ubicarse alrededor del 14,3%. De acuerdo con esas proyecciones, las cuotas mensuales quedarían aproximadamente de la siguiente manera:

  • Categoría A: $42.386,74.
  • Categoría B: $48.250,78.
  • Categoría C: $56.501,85 para servicios y $55.227,06 para bienes.
  • Categoría D: $72.414,10 para servicios y $70.661,26 para bienes.
  • Categoría E: $102.537,97 para servicios y $92.658,35 para bienes.
  • Categoría F: $129.045,32 para servicios y $111.198,27 para bienes.
  • Categoría G: $197.108,23 para servicios y $135.918,34 para bienes.
  • Categoría H: $447.346,93 para servicios y $272.063,40 para bienes.
  • Categoría I: $824.802,26 para servicios y $406.512,05 para bienes.
  • Categoría J: $999.007,65 para servicios y $497.059,41 para bienes.
  • Categoría K: $1.381.687,90 para servicios y $600.879,51 para bienes.

Nuevos límites de facturación y riesgos de exclusión

Además de los montos a pagar, la actualización modificará los topes máximos de facturación anual para permanecer dentro del régimen simplificado.

Las estimaciones ubican esos límites cerca de los $12 millones anuales para la categoría A, $17,6 millones para la categoría B, $24,7 millones para la categoría C, $82,1 millones para la categoría H, $105,3 millones para la categoría J y alrededor de $127 millones para la categoría K.

ARCA puede disponer la exclusión del Monotributo cuando detecta que un contribuyente superó los límites establecidos. El organismo calcula la salida desde el momento exacto en que se produjo la causa que la originó, como el día en que se excedió el tope de facturación.

En esos casos, el contribuyente debe afrontar el pago de IVA e Impuesto a las Ganancias por las operaciones realizadas desde la exclusión, además de los aportes correspondientes al régimen de Autónomos, intereses y posibles multas.

Qué hacer ante una exclusión

Una vez notificado mediante el Domicilio Fiscal Electrónico, el contribuyente debe pasar al régimen general y modificar su esquema de facturación.

Esto implica dejar de emitir Facturas C y comenzar a utilizar Facturas A o B, además de presentar declaraciones juradas mensuales de IVA y anuales de Ganancias y Bienes Personales.

La salida del Monotributo puede darse por dos vías: una exclusión de oficio, cuando ARCA detecta inconsistencias mediante cruces de información, o una exclusión voluntaria, cuando el propio contribuyente advierte que superó los límites y realiza el cambio al régimen general.

Como regla general, quienes quedan excluidos no pueden volver al Monotributo durante tres años calendarios completos. En caso de una exclusión de oficio considerada incorrecta, existe un plazo de 15 días hábiles para presentar un recurso de apelación digital.