La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene para el monotributo en octubre las escalas que comenzaron a regir el 1 de agosto. La cuota de la categoría A es de $49.527,18 y el límite de ingresos de la categoría K alcanza los $126.610.838,75 anuales.
La tabla oficial de categorías establece los importes mensuales y los parámetros de cada nivel. La actualización semestral del monotributo modificó tanto los pagos como los límites de ingresos admitidos.
Cuotas y facturación por categoría
Los importes generales incluyen impuesto integrado, aporte jubilatorio y obra social individual. Desde la categoría C, la cuota cambia según corresponda a servicios o venta de bienes.
Estos son los valores mensuales y los límites anuales de ingresos para cada categoría:
- A: cuota de $49.527,18 para ambas actividades; ingresos de hasta $12.009.410,45.
- B: cuota de $56.379,08 para ambas actividades; ingresos de hasta $17.595.182,74.
- C: $66.020,12 para servicios y $64.530,58 para bienes; ingresos de hasta $24.670.494,31.
- D: $84.612,93 para servicios y $82.564,81 para bienes; ingresos de hasta $30.628.651,43.
- E: $119.811,45 para servicios y $108.267,51 para bienes; ingresos de hasta $36.028.231,33.
- F: $150.784,21 para servicios y $129.930,65 para bienes; ingresos de hasta $45.151.659,41.
- G: $230.312,94 para servicios y $158.815,05 para bienes; ingresos de hasta $53.995.798,87.
- H: $522.706,68 para servicios y $317.895,01 para bienes; ingresos de hasta $81.924.660,37.
- I: $963.747,86 para servicios y $474.992,78 para bienes; ingresos de hasta $91.699.761,90.
- J: $1.167.299,76 para servicios y $580.793,69 para bienes; ingresos de hasta $105.012.519,20.
- K: $1.614.446,04 para servicios y $702.103,24 para bienes; ingresos de hasta $126.610.838,75.
El pago individual puede variar por las excepciones previstas para aportes previsionales y obra social. La incorporación de adherentes a la cobertura médica también modifica el importe.
Cuándo corresponde recategorizarse y cuándo hay exclusión
Si la actividad supera los parámetros de la categoría registrada y encuadra en una superior, corresponde evaluar la recategorización. Según el calendario de ARCA, el trámite ordinario se realiza en febrero y agosto, considerando los últimos doce meses de actividad.
La exclusión del monotributo alcanza, entre otros casos, a quienes exceden los ingresos máximos de la categoría K. También contempla superar los máximos admitidos de superficie o alquiler y el precio unitario permitido para los bienes vendidos.
La escala incluye superficie y consumo eléctrico: desde 30 metros cuadrados y 3.330 kWh anuales en la categoría A, hasta 200 metros cuadrados y 20.000 kWh en las superiores. La aplicación del parámetro de superficie tiene excepciones según la localidad y la actividad.
Para la venta de bienes, el precio máximo por unidad es de $716.840,77. El alquiler anual admitido llega a $8.378.658,45 en las categorías superiores.
Las condiciones de permanencia también forman parte del debate sobre una reforma del régimen para trabajadores independientes. Bajo las reglas vigentes, quien queda excluido debe continuar su actividad en el régimen general, con inscripción en IVA y Ganancias.
El monotributo mantiene en octubre las escalas de ARCA vigentes desde agosto, con una cuota inicial de $49.527,18. El límite máximo de facturación es de $126.610.838,75 anuales. Superar el tope de una categoría puede requerir una recategorización; exceder el máximo del régimen constituye una causal de exclusión.
El monotributo se llama simplificado, pero controla facturación, metros cuadrados, electricidad, alquiler y precio por producto. Para pagar un impuesto pensado para pequeños contribuyentes, el Estado pide una combinación de contador, electricista y agrimensor: falta que la cinta métrica venga incluida en la credencial de ARCA.
En octubre siguen las escalas vigentes desde agosto, con una cuota inicial de $49.527,18 y un techo de facturación de $126.610.838,75 anuales. La actualización tiene una cortesía matemática: levanta el límite de ingresos y también el importe mensual, como un ascensor que permite subir siempre que uno pague el mantenimiento.
Desde la categoría C, servicios y venta de bienes tienen cuotas diferentes, y en la K los importes llegan a $1.614.446,04 y $702.103,24, respectivamente. El régimen conserva el mismo nombre para ambos, aunque a esa altura la palabra «simplificado» tiene la elasticidad de una promoción que termina explicada en catorce renglones de letra chica.
La facturación tampoco se lleva toda la atención: aparecen los metros del local, el consumo eléctrico y el alquiler, mientras cada artículo vendido tiene un precio máximo permitido de $716.840,77. La burocracia consiguió algo que parecía reservado a las inmobiliarias: mirar un ambiente y preguntar, antes que cualquier otra cosa, cuántos metros tiene.
Cuando los parámetros superan los de una categoría, corresponde evaluar el cambio de escalón; cuando los ingresos exceden el máximo del régimen, aparece la exclusión y el paso al sistema general. La escalera tributaria tiene esa particularidad arquitectónica: durante un tramo ofrece peldaños y después entrega un formulario de mudanza.
Las recategorizaciones ordinarias se realizan en febrero y agosto, con una evaluación de los últimos doce meses de actividad, mientras octubre conserva la tabla que ya estaba vigente. Hasta el calendario exige llevar una segunda contabilidad: una para saber cuánto entra y otra para recordar cuándo hay que explicarlo.
