El Poder Ejecutivo firmó el Decreto 1204/2026 el 16 de octubre y el Boletín Oficial lo publicó este lunes 19 de octubre. La norma prorrogó por un año, contado desde el 1 de septiembre, la vigencia del Decreto 514/2021 y de sus normas complementarias y aclaratorias.

Ese régimen permite a trabajadores rurales temporarios y estacionales acceder a un empleo registrado y conservar determinadas prestaciones sociales, bajo las condiciones de cada programa. El decreto no establece una exclusión para San Juan.

A quién alcanza el régimen

El Decreto 514/2021 alcanza a personas contratadas como trabajadoras temporarias o permanentes discontinuas bajo la Ley 26.727. También incluye a quienes desarrollan actividades agropecuarias con la modalidad eventual del artículo 96 de la Ley de Contrato de Trabajo.

La Resolución Conjunta 8/2021 suma a los trabajadores rurales comprendidos en Convenios de Corresponsabilidad Gremial. Conservar una prestación depende de los requisitos de ese programa: el decreto de prórroga no trae un listado único de todos los planes compatibles.

Qué prestaciones pueden seguir

Las asignaciones familiares que correspondan a quienes estén contratados bajo esas modalidades no pueden ser inferiores al 100% del valor general de la Asignación Universal por Hijo, siempre que cumplan los requisitos vigentes. La norma no establece que toda persona contratada reciba esa asignación de forma automática.

La asignación de Volver al Trabajo es compatible con el empleo rural temporario o estacional para quienes ya son titulares del programa y cumplen sus reglas. La compatibilidad no inscribe automáticamente a nuevos beneficiarios.

La normativa vigente también declara compatible el Programa de Acompañamiento Social con los trabajos rurales temporarios del Decreto 514/2021. Sus titulares deben seguir cumpliendo las demás condiciones propias del programa.

Los trabajadores rurales temporarios, los permanentes discontinuos y quienes realicen actividades agropecuarias bajo la modalidad eventual pueden acceder a la Prestación Alimentar o continuar cobrándola. Quedan afuera si los ingresos propios y familiares superan los límites que condicionan las asignaciones familiares. También deben reunir los requisitos generales vigentes de la prestación.

Qué hay que hacer y qué no cubre

La extensión nacional no vuelve compatibles por sí sola las prestaciones sociales provinciales o municipales. El artículo 4 del Decreto 514/2021 invita a las provincias y a los municipios a adoptar el régimen o a dictar medidas de igual alcance.

El Decreto 1204/2026 no establece un formulario ni un trámite individual nuevo para esta prórroga. Quienes reciben Volver al Trabajo deben mantener actualizados sus datos personales, las vías de contacto y la historia laboral en Portal Empleo, y cumplir las demás obligaciones del programa.

Para consultas sobre Volver al Trabajo, el Ministerio de Capital Humano publica el teléfono 0800-222-2220 y el correo [email protected].

Desde cuándo corre el plazo

El régimen fue creado en 2021 por dos años. El Decreto 423/2023 lo prorrogó por otros dos desde el 1 de septiembre de 2023. El Decreto 777/2025 lo extendió por un año desde el 1 de septiembre de 2025. La prórroga nueva vuelve a contar desde el 1 de septiembre y se publicó el lunes 19 de octubre.

Antes de la prórroga, UATRE advirtió que la falta de continuidad ponía en riesgo alrededor de 120.000 puestos de trabajo rurales en todo el país. Ese aviso es el de los empleos rurales que quedaron atados a un decreto.