La votación cerró con 241 votos afirmativos, un voto negativo y cinco abstenciones, según informaron medios. El voto negativo fue el de Marcela Pagano. Las abstenciones correspondieron al Frente de Izquierda y a Mónica Frade. El proyecto tiene que pasar por el Senado para convertirse en ley.
El temario oficial de la sesión especial del miércoles 21 de octubre incluyó el Orden del Día 349, sobre sistemas de trazabilidad de medicamentos de alto riesgo y de sus ingredientes farmacéuticos activos.
Qué medicamentos alcanza el dictamen
Ese dictamen define como medicamentos de alto riesgo los productos inyectables que se administran por vía intravenosa, intraarterial, intramuscular o intratecal. También incluye los ingredientes farmacéuticos activos que se usan para elaborarlos.
Propone registrar en forma digital cada operación, desde la importación, la producción y la elaboración hasta el almacenamiento, la distribución, la dispensa clínica y la administración. La administración queda vinculada al lote y a un identificador del paciente. El texto también establece resguardos para los datos personales.
Qué plazos prevé el texto
El dictamen exige a las instituciones de salud notificar de inmediato y en simultáneo los eventos adversos presuntamente asociados a contaminación. El aviso va a las autoridades sanitarias correspondientes, al Ministerio de Salud de la Nación y a la ANMAT. También prevé una notificación de casos sospechosos o confirmados dentro de las 24 horas de imputado el evento.
Cuando haya elementos para presumir de manera razonable una contaminación, la autoridad de aplicación debe activar la Alerta Sanitaria Inmediata en un máximo de seis horas desde que recibe la notificación. Esa alerta implica restringir el uso del lote e inmovilizarlo de forma preventiva en todo el país.
El texto crea un programa de controles e inspecciones periódicas. Las sanciones contempladas incluyen multas de 30 a 1.600 unidades fijas, suspensiones, clausuras e inhabilitaciones. La ANMAT es la autoridad de aplicación en el ámbito de sus competencias.
La aplicación está prevista en todo el país. En los establecimientos que no dependen de la Nación, las funciones de implementación quedan en las autoridades sanitarias provinciales, también las de San Juan, y en las de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El dictamen invita a esas jurisdicciones a adherir en lo que es competencia local y deja la coordinación federal en el COFESA. No fija un día de inicio: el Poder Ejecutivo debe reglamentar la norma dentro de los 120 días de la promulgación, y esa reglamentación tiene que prever una implementación progresiva en un plazo no menor a 180 días.
Diputados dio media sanción el miércoles 21 de octubre a un proyecto para rastrear medicamentos de alto riesgo y sus ingredientes activos. El Orden del Día 349 prevé registrar el camino del producto hasta el paciente y una alerta de la ANMAT de hasta seis horas para inmovilizar el lote. La votación fue de 241 a favor, según informaron medios. El proyecto debe pasar por el Senado: si se promulga, el Ejecutivo tiene 120 días para reglamentarlo.
Media sanción, 241 votos a favor y el remedio todavía sin rastreador. El miércoles 21 de octubre Diputados aprobó el proyecto para seguir los medicamentos inyectables de alto riesgo y sus ingredientes activos. Hubo un voto en contra, el de Marcela Pagano, y cinco abstenciones, según informaron medios. Para ser ley tiene que pasar por el Senado. En este país un colectivo del centro a veces cruza antes la ciudad que un expediente el pasillo hasta la otra Cámara.
El Orden del Día 349 apunta a los inyectables por vía intravenosa, intraarterial, intramuscular o intratecal. El plan es anotar el recorrido desde que el producto entra al país, se fabrica o se elabora, hasta el depósito, la distribución, la dispensa y la aplicación. En ese último paso el lote queda unido a un identificador del paciente, con resguardos para los datos personales. La ampolla tendría que dejar más rastro que una encomienda, y el paciente no quedar publicado en el grupo del consorcio.
Si aparece un evento adverso que se presume ligado a contaminación, el dictamen manda avisar en el acto y al mismo tiempo a la autoridad sanitaria, al Ministerio de Salud de la Nación y a la ANMAT. Para los casos sospechosos o confirmados suma otro plazo: 24 horas desde que se imputa el evento. Y si la sospecha de contaminación es razonable, la Alerta Sanitaria Inmediata tiene un máximo de seis horas para restringir el uso del lote y dejarlo quieto en todo el país. Seis horas para frenar una caja. Después, si algún día hay ley, el Poder Ejecutivo se toma 120 para escribir el reglamento.
Ese reglamento tiene que estirar la puesta en marcha de forma progresiva durante no menos de 180 días. El dictamen no elige un día de largada. Mientras tanto prevé controles, inspecciones y multas de 30 a 1.600 unidades fijas, más suspensiones, clausuras e inhabilitaciones. La ANMAT queda al frente en lo que ya es su cancha. Las provincias, San Juan entre ellas, y la Ciudad de Buenos Aires tienen la implementación donde el establecimiento no es nacional, con una invitación a adherir y la mesa del COFESA para coordinar. Adherir suena prolijo en un dictamen. En la práctica federal suele parecerse a «lo charlamos».
La media sanción ya hizo su parte: salió de Diputados. El rastreador de los medicamentos de alto riesgo sigue en lista de espera, del otro lado de una puerta que se llama Senado.
