La medida fue confirmada este viernes 6 de noviembre por el organismo recaudador porteño y beneficiará a 83.415 contribuyentes, lo que representa al 61% de las 136.317 personas humanas que integran el padrón del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias. El beneficio alcanza a trabajadores independientes, pequeños comerciantes y emprendedores, tanto inscriptos en la categoría local de la Ciudad de Buenos Aires como aquellos bajo el régimen de Convenio Multilateral que desarrollan actividades en más de una jurisdicción.

Desde el organismo precisaron que la disposición no implica una exención del impuesto a los Ingresos Brutos, sino la eliminación del anticipo que actualmente se debita de forma automática ante cada acreditación bancaria. En un comunicado oficial, el organismo remarcó que «en la práctica, la exclusión del padrón representa un alivio financiero» para el sector productivo de menor escala.

Sin trámites y con alcance en billeteras virtuales

Los contribuyentes alcanzados por el nuevo parámetro no tendrán que realizar ninguna gestión presencial ni digital. El organismo recaudador confeccionará el padrón de forma automática a partir del cruce de datos de la facturación acumulada durante el año 2026, dejando fuera de las retenciones a quienes no alcancen el límite de los $127 millones.

En paralelo, la Ciudad de Buenos Aires confirmó su adhesión al Sistema de Recaudación y Control sobre Cuentas de Pago, el esquema que aplica retenciones sobre los fondos acreditados en billeteras virtuales y cuentas de pago digital, al que ya adhirieron 21 de las 24 jurisdicciones del país. Como este mecanismo emplea el mismo padrón que el régimen bancario tradicional, las 83.415 personas humanas excluidas tampoco sufrirán descuentos automáticos en sus aplicaciones de cobro digital.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires sostuvo en un comunicado que la medida «se enmarca en un proceso que la Ciudad viene llevando adelante para actualizar su sistema tributario y sus regímenes de recaudación, a fin de avanzar hacia una mayor armonización fiscal». Los fondos que se descuentan por el régimen bancario deben computarse como pago a cuenta en la declaración jurada mensual del tributo, y cuando superan el impuesto determinado generan saldos a favor que los contribuyentes deben gestionar ante el fisco.