La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los montos que bancos, entidades financieras y plataformas de servicios de pago deben considerar para cumplir con los regímenes de información sobre determinadas operaciones.

Los valores establecen desde qué nivel de movimientos las entidades alcanzadas deben reportar información vinculada con cuentas, ingresos, egresos, saldos y determinadas transacciones. Superar esos importes no implica por sí mismo la aplicación de un impuesto o una sanción, sino que activa obligaciones informativas para bancos y plataformas.

Cuáles son los límites para billeteras virtuales

Para las operaciones realizadas desde abril de 2026, las billeteras virtuales deben informar cuando los ingresos o egresos totales mensuales sean iguales o superiores a $50 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas. Los mismos valores se aplican al saldo final registrado al último día hábil de cada mes. :chatgpt-content-reference{index=»5″}

Además, el régimen contempla un umbral de $2,5 millones para determinadas transferencias bancarias o virtuales. :chatgpt-content-reference{index=»6″}

Las plataformas alcanzadas deben informar, entre otros datos, la identificación de los titulares, la cantidad de cuentas asociadas, el tipo y número de cuenta, los ingresos y egresos registrados y el saldo mensual disponible. :chatgpt-content-reference{index=»7″}

Desde el período fiscal correspondiente a abril de 2026, el esquema contempla todos los movimientos que modifiquen el saldo disponible del usuario y sean visibles dentro de la plataforma.

Qué pasa con dólares y criptomonedas

Cuando las operaciones están expresadas en moneda extranjera, los importes deben convertirse a pesos utilizando el tipo de cambio comprador del Banco de la Nación Argentina correspondiente al cierre del último día hábil del mes informado. :chatgpt-content-reference{index=»8″}

En el caso de monedas digitales o criptomonedas, la conversión se realiza tomando el último valor de cotización comprador fijado por el sujeto obligado para ese activo al último día del mes. :chatgpt-content-reference{index=»9″}

Los umbrales que rigen para los bancos

Las entidades financieras también deben cumplir con límites específicos. Para las acreditaciones mensuales, el piso vigente es de $50 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas. Los mismos valores se aplican a los saldos de las cuentas al cierre del período mensual. :chatgpt-content-reference{index=»10″}

En las extracciones mensuales en efectivo, el umbral es de $10 millones. Para los depósitos a plazo, en tanto, se fijó un límite de $100 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas. :chatgpt-content-reference{index=»11″}

Los consumos realizados con tarjetas de débito dentro del país también integran el régimen cuando los montos acumulados alcanzan o superan los $50 millones mensuales en cada cuenta informada. :chatgpt-content-reference{index=»12″}

De esta manera, ARCA mantiene distintos parámetros según el tipo de operación y de contribuyente, con montos específicos para billeteras virtuales, cuentas bancarias, transferencias, depósitos, extracciones y consumos con tarjeta de débito.