El Gobierno de Mendoza agiliza el reparto de fondos públicos con un nuevo régimen

Redacción
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El Gobierno de Mendoza aprobó un nuevo régimen para la autorización de transferencias de fondos públicos con el objetivo de simplificar los procedimientos administrativos y acelerar la ejecución de programas financiados con recursos provinciales, nacionales e internacionales.

La medida fue establecida mediante el Decreto Acuerdo 1303, firmado el 30 de junio por el gobernador Alfredo Cornejo y su gabinete, y publicado este lunes. La norma derogó los decretos 4096 de 2007 y 893 de 2014, que regulaban hasta ahora el procedimiento.

Un solo régimen para ordenar las transferencias

Según explicó el Ejecutivo mendocino, la coexistencia de distintas normas y sus modificaciones parciales había generado dificultades para interpretar el procedimiento vigente. Por ese motivo, se decidió unificar toda la reglamentación en un único instrumento.

El principio general se mantiene: toda transferencia imputada a la partida principal de Transferencias, ya sea corriente o de capital, deberá contar con autorización mediante decreto del Poder Ejecutivo, independientemente de la fuente de financiamiento.

Qué transferencias ya no necesitarán un decreto

El nuevo régimen incorpora una serie de excepciones que podrán tramitarse mediante un procedimiento simplificado. Entre ellas se encuentran las becas, los fondos de Ayuda Social Directa y las erogaciones del Fondo de Inversión y Desarrollo Social financiadas con recursos nacionales.

También quedaron comprendidos los subsidios otorgados por el Fondo Provincial de la Cultura y el Fondo Especial de Asistencia Cultural para las Bibliotecas Populares, además de premios, distinciones y asignaciones económicas entregadas como reconocimiento a trayectorias o como incentivo en concursos.

En el ámbito deportivo, la simplificación alcanzará a los subsidios destinados a programas específicos para clubes y federaciones deportivas. Lo mismo ocurrirá con los recursos del Fondo de Promoción Turística destinados a entidades sin fines de lucro que desarrollen proyectos vinculados con la actividad.

Más agilidad para programas con financiamiento externo

Uno de los cambios más relevantes se aplica a las transferencias financiadas total o parcialmente con aportes provenientes del Estado nacional, organismos públicos internacionales, municipios, otras provincias u organismos multilaterales.

Para acceder al procedimiento simplificado, esos recursos deberán tener un destino previamente establecido mediante una ley, convenio, tratado, contrato de préstamo, resolución, programa u otro acto administrativo, y destinarse al cumplimiento de objetivos específicos.

El Gobierno provincial explicó que la modificación busca evitar demoras en la ejecución de programas sujetos a plazos y exigencias de rendición de cuentas, ya que el sistema anterior obligaba a gestionar un decreto del Ejecutivo para cada transferencia.

Se mantienen los controles

Las transferencias alcanzadas por las excepciones podrán ser autorizadas por la máxima autoridad del organismo responsable, siempre que exista disponibilidad presupuestaria. En determinados programas aprobados previamente por decreto, esa facultad también podrá delegarse expresamente en otros funcionarios.

En los casos de recursos afectados provenientes de otros organismos públicos o multilaterales, la autorización podrá realizarse mediante resolución del ministro competente, quien deberá verificar tanto la existencia de crédito presupuestario como el cumplimiento de las condiciones establecidas para la utilización y posterior rendición de los fondos.

El Decreto Acuerdo 1303 aclara que continuarán vigentes todos los mecanismos de control presupuestario, financiero y administrativo previstos en la legislación provincial. El objetivo, según el texto oficial, es agilizar la gestión sin modificar las herramientas de fiscalización sobre el uso de los recursos públicos.

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